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Pagos de Colombia Mayor comienzan el 30 de agosto: sepa si es beneficiario

Tendrán hasta el 10 de septiembre para reclamar los $80.000 correspondientes al pago del ciclo 8.

28 de agosto de 2021 - 09:34 p. m.
El cobro lo pueden hacer terceros si cuentan con aval de la alcaldía municipal o con un poder autenticado.
El cobro lo pueden hacer terceros si cuentan con aval de la alcaldía municipal o con un poder autenticado.
Foto: José Vargas

Prosperidad Social informó que a partir de este lunes, 30 de agosto, y hasta el próximo 10 de septiembre estará disponible el subsidio de Colombia Mayor para 1 ‘690.640 adultos mayores beneficiarios del programa.

La iniciativa busca aumentar la protección a los adultos mayores por medio de la entrega de un subsidio mensual de $80.000 a aquellos que se encuentran desamparados, que no cuentan con una pensión, o viven en la extrema pobreza.

Según la entidad, los beneficiarios podrán retirar el incentivo en más de 27.000 puntos del operador SURED y sus aliados en todo el país. Para conocer los puntos de pago por municipio, haga clic aquí.

“El Gobierno Nacional dispuso para este ciclo $147.601.885.000, garantizando los recursos para esta población”, dijo Susana Correa, directora de Prosperidad Social.

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La entidad recordó que el cobro a través de un tercero se puede realizar de dos maneras:

  1. Solicitando aval de pago: las alcaldías municipales y distritales podrán dar aval para que los terceros autorizados por adultos mayores puedan recibir la transferencia del programa. Para esto las alcaldías remitirán a las direcciones regionales de Prosperidad Social el listado de los casos avalados para pago.
  2. Con un poder autenticado ante un notario o juez: a través de un poder autenticado ante un notario o juez, un tercero autorizado por el adulto mayor beneficiario del programa podrá recibir la transferencia, presentando las cédulas originales del autorizado y del beneficiario y entregando el poder original, que no puede tener una vigencia superior a 30 días calendario, y la fotocopia de la cédula del adulto mayor.

¿Quiénes pueden ser beneficiarios de Colombia Mayor?

Según Prosperidad Social, pueden hacer parte del programa los colombianos que hayan residido durante los últimos diez años en el territorio nacional y carezcan de rentas o ingresos suficientes para subsistir. Las mujeres deben tener mínimo 51 años y los hombres, 56.

Además, se tendrán en cuenta todos los niveles de los grupos A, B y C hasta el subgrupo C1 en el Sisbén IV.

¿Cómo puede inscribirse?

En caso de cumplir todos los requisitos, el adulto mayor debe acercarse a la alcaldía de su municipio con su cédula de ciudadanía en físico.

“En la mayoría de los entes territoriales el trámite se realiza en la Oficina de Atención al Adulto Mayor. En la ciudad de Bogotá se adelanta en las subdirecciones locales de la Secretaría de Integración Social, antiguos COL”, explica la entidad en su página web.

Luego, el administrador fiduciario encargado validará el cumplimiento de los requisitos de los aspirantes, cargará la información en el sistema y le asignará un puntaje y un puesto en el listado de priorización.

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“Los listados de priorización son indispensables debido a que cada municipio tiene un cupo establecido para el programa; en la medida que se liberan cupos sigue en estricto orden de ingreso los potenciales beneficiarios”, señala la entidad.

Esto último se hace de acuerdo con criterios como la edad del aspirante, el resultado del Sisbén establecido para el ingreso al programa (el listado censal, en el caso de los pueblos indígenas), la minusvalía o discapacidad física o mental del aspirante, las personas a cargo del aspirante, si se trata de un adulto mayor que vive solo, la fecha de solicitud de inscripción y si hubo un traslado a otro municipio.

También se observará si hubo pérdida del subsidio al aporte en pensión por llegar a la edad de 65 años y no contar con capacidad económica para continuar efectuando aportes a dicho sistema.

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“En este evento el beneficiario deberá informar que con este subsidio realizará el aporte a pensión con el fin de cumplir los requisitos. Este criterio se utilizará cuando al beneficiario le hagan falta máximo 100 semanas de cotización”, dice Prosperidad Social .

Si después de los cruces de información se evidencia que el aspirante no cumple con alguno de los requisitos de ingreso, se le notificará a la alcaldía para realizar la verificación en territorio.

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Francisco(12388)29 de agosto de 2021 - 12:44 a. m.
Como engañan a un pueblo hambriento, empobrecido, mal nutrido y ante todo aprovechandose de la ignorancia de nuestros adultos.Con un presupuesto de $ 313.9 billones para el 2021 de los cuales se roban la mitad y reparten migajas solo para mantener el potencial electoral. Colombia no hace inversión social;solo hace inversión del robo y el saqueó en detrimento del adulto mayor.Verguenza Nacional.
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