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Sube la tasa de usura en noviembre: estos son los créditos que serán más costosos

Tenga en cuenta cuál es el interés máximo que le pueden cobrar, pues si se excede el monto se estaría incurriendo en un delito.

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31 de octubre de 2025 - 10:03 p. m.
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Para noviembre, la Superintendencia Financiera certifica nuevas tasas de interés, como lo hace cada mes. Estas se realizan con base en la información reportada por los establecimientos comerciales que se obtiene entre el 3 de octubre al 24 de octubre de 2025.

Es así como para el crédito de consumo y ordinario se certificó una tasa del 16,66 % efectivo anual. Esta tasa regirá entre el 1 y el 30 de noviembre. La cifra representa un incremento de 42 puntos básicos (0,42 %) frente a la vigente en octubre (16,24 %).

Crédito de consumo y ordinario

Las siguientes certificaciones del Interés Bancario Corriente estarán vigentes entre el 1 y el 30 de noviembre de 2025:

Modalidad Efectivo anual
Crédito de consumo de bajo monto 44,28 %
Crédito productivo de mayor monto 26,88 %
Crédito productivo rural 18,26 %
Crédito productivo urbano 38,78 %
Crédito popular productivo rural 49,04 %
Crédito popular productivo urbano 59,18 %

El interés bancario corriente es la base para el cálculo del valor máximo de los intereses remuneratorio y moratorio definidos en el Código de Comercio.

Esto quiere decir que establece el monto conocido como tasa de usura y superarla conlleva sanciones definidas en el Código Penal:

Modalidades de crédito Interés remuneratorio
y de mora
(efectivo anual)
Usura
(efectivo anual)
Crédito de consumo y ordinario 24,99% 24,99%
Crédito de consumo de bajo monto 66,42% 66,42%
Crédito productivo de mayor monto 40,32% 40,32%
Crédito productivo rural 27,39% 27,39%
Crédito productivo urbano 58,17% 58,17%
Crédito popular productivo rural 73,56% 73,56%
Crédito popular productivo urbano 88,77% 88,77%

¿Qué pasa si me cobran más de la tasa de usura?

Tenga en cuenta que la usura es un delito tipificado en el código penal. Quien reciba o cobre, de forma directa o indirecta, a cambio de préstamos de dinero o por concepto de venta de bienes o servicios a plazo, utilidad o ventaja que exceda en la mitad del interés bancario corriente.

Cualquiera sea la forma utilizada para hacer constar la operación, ocultarla o disimular, incurrirá en prisión de 32 a 90 meses y multa de 66,66 a 300 salarios mínimos legales mensuales vigentes.

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