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El traspaso de propiedad a persona indeterminada es la salida jurídica creada para quienes vendieron su vehículo sin formalizar el cambio de dueño y, con el tiempo, perdieron cualquier contacto con el automotor y con su tenedor. En términos prácticos, permite inscribir el vehículo a nombre de “Persona Indeterminada” en el RUNT, cortando la cadena de responsabilidades futuras del propietario registrado en materia de multas, embargos y complicaciones legales y fiscales ligados al automotor.
Esta figura aplica cuando se demuestra que han transcurrido al menos tres años desde que se perdió la posesión y que han sido infructuosas las gestiones para ubicar al comprador o al vehículo. Esa exigencia temporal se gestiona a través de las ventanillas de tránsito (por ejemplo, la Ventanilla Única de Servicios de Bogotá), que piden la declaración juramentada del propietario y verifican paz y salvo de comparendos y ausencia de medidas cautelares sobre el bien.
El marco regulatorio está en la Resolución 3282 de 2019 del Ministerio de Transporte, que fijó requisitos y el procedimiento especial para inscribir ante el organismo de tránsito el traspaso a persona indeterminada, así como la posibilidad de suspender esa inscripción si luego se identifica al tenedor real y se puede reorientar el registro.
A partir de esta resolución, los organismos de tránsito adoptaron flujos y listas de chequeo para canalizar el trámite con soporte documental suficiente.
El peso de este marco legal se amplió en la Resolución 20223040044765 de 2022 del Ministerio de Transporte, que originalmente fijó su vigencia hasta el 6 de agosto de 2025.
Ante la masiva acogida del procedimiento, con 292.600 trámites realizados bajo esta normativa, el Ministerio expidió la Resolución 20253040030725 del 5 de agosto de 2025, ampliando el plazo por cuatro meses adicionales.
Esta prórroga hasta diciembre de 2025 responde a la necesidad de facilitar que más colombianos regularicen su situación vehicular. Según la Secretaría de Movilidad de Bogotá, durante 2025 se han presentado 4.407 solicitudes, evidenciando la magnitud del problema que busca resolver esta figura jurídica.
Requisitos esenciales para el trámite
- Declaración juramentada: documento central, donde el propietario manifiesta bajo la gravedad del juramento la fecha y circunstancias en que perdió la posesión del vehículo, declarando específicamente que no ha tenido contacto con el automotor ni con su poseedor en los últimos tres años.
- Paz y salvo obligatorios: estar al día en el pago de multas por infracciones de tránsito a nivel nacional y en las obligaciones tributarias del vehículo de los últimos cinco años, a menos que goce de exención.
- No se exige SOAT ni revisión técnico-mecánica, dado que el vehículo no está bajo control del solicitante.
- Ausencia de medidas cautelares: el vehículo no debe tener embargos, prendas u órdenes judiciales que restrinjan la propiedad, ni estar involucrado en procesos judiciales o administrativos relacionados con su propiedad o con accidentes de tránsito.
- Documentación personal y del vehículo: presentar cédula de ciudadanía original o contraseña, formulario de solicitud del Registro Nacional Automotor, y comprobante de pago de la retención en la fuente (excepto para personas autorretenedoras).
Costos asociados al proceso
Los valores del trámite varían según el tipo de vehículo. Para carros particulares, el costo asciende a COP 213.200 más el 1 % sobre el avalúo comercial como retención en la fuente.
Las motocicletas tienen un valor de COP 119.800 más el mismo porcentaje de retención.
Maquinaria agrícola, industrial y de construcción, así como remolques y semirremolques, pagan COP 213.200 más la retención correspondiente.
Beneficios prácticos del traspaso
La protección legal integral representa el beneficio principal. Al formalizar el traspaso, el propietario original se desvincula de futuras obligaciones por multas, impuestos y embargos asociados al vehículo.
La protección del historial crediticio constituye otro punto a favor. El trámite evita reportes negativos en centrales de riesgo derivados de cobros coactivos por deudas del vehículo que el propietario original no generó.
Además, reduce sustancialmente la exposición a responsabilidades penales o administrativas en caso de que el vehículo sea utilizado para cometer delitos o involucrado en accidentes de tránsito graves.
La regularización patrimonial y fiscal completa el cuadro de beneficios. Mantener actualizada la situación ante autoridades tributarias evita la acumulación de deudas en la Secretaría de Hacienda y facilita trámites financieros y comerciales que requieren demostrar la ausencia de obligaciones pendientes.
Procedimiento completo paso a paso
El proceso se inicia con la verificación del cumplimiento de todos los requisitos, especialmente el período de tres años sin contacto con el vehículo y la ausencia de medidas cautelares. Posteriormente, el solicitante debe recolectar la documentación completa, que incluye la declaración juramentada, paz y salvos, documentos de identidad, formularios y comprobantes requeridos.
El tercer paso consiste en realizar los pagos correspondientes según el tipo de vehículo y el impuesto de retención en la fuente en los bancos autorizados. Luego, debe agendarse cita previa a través del portal www.ventanillamovilidad.com.co, seleccionando el trámite correspondiente y una de las 19 sedes de la Ventanilla Única de Servicios.
El día de la cita, el solicitante debe presentarse en la fecha y hora asignadas con toda la documentación en original. La confirmación de la cita incluye un código QR que debe exhibirse.
Finalmente, una vez allegados los documentos y verificada la información, el organismo de tránsito inscribirá el vehículo a nombre de “Persona Indeterminada” en el RUNT.
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