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El Gobierno presentó un proyecto de ley que, en papel, busca “modernizar” el régimen sancionatorio del sector transporte. En esa tarea, el Ministerio de Transporte redefine como actividades ilegales y sancionables los servicios de transporte prestados con vehículos particulares a través de plataformas digitales como Uber, DiDi, Cabify o InDrive.
El efecto práctico sería cerrar, por vía regulatoria, un mercado que hoy usan millones de personas y del que dependen cientos de miles de conductores para generar ingresos al no ofrecer ningún mecanismo de habilitación legal para estos servicios.
Hasta hoy, los servicios prestados por plataformas con vehículos particulares han operado en una zona de ambigüedad profunda. José Daniel López, presidente ejecutivo de Alianza In, el gremio del sector, señaló que la medida va contra las sentencias de la Corte Suprema de Justicia y el Tribunal Administrativo de Cundinamarca. “La CSJ ha dicho, por ejemplo, que en estos servicios se materializa el derecho humano a disfrutar de los avances científicos y tecnológicos”, dijo.
“Los conductores que trabajan honradamente con sus vehículos particulares a través de apps serían víctima de inmovilizaciones de 60 días la primera vez, 90 días la segunda y 120 las siguientes”, dijo López en X.
2️⃣ Los conductores que trabajan honradamente con sus vehículos particulares a través de apps serían víctima de inmovilizaciones de 60 días la primera vez, 90 días la segunda y 120 las siguientes. pic.twitter.com/qQgoqZoHL1
— José Daniel López (@lopezjosedaniel) February 2, 2026
De este modo, el proyecto le pone el dedo en la llaga a la posibilidad de regular el fenómeno de las plataformas, en cambio, asegura el gremio, lo proscribe.
López subrayó que las multas para usuarios y plataformas podrían rondar hasta los 4,7 millones por cada viaje, por “facilitación del transporte ilegal”.
Y la propiedad horizontal, bajo el artículo 88, podría acarrear sanciones de COP 726 millones si conjuntos residenciales no colaboran con los controles.
1️⃣0️⃣ ¡Y la tapa! Hasta las propiedades horizontales llevan. Se fijan sanciones de hasta $726,6 millones de pesos (60.000 UVB) a las unidades de propiedad horizontal que no se sumen a esta gran cruzada nacional contra plataformas, conductores y usuarios. pic.twitter.com/JAjT4PZsSl
— José Daniel López (@lopezjosedaniel) February 2, 2026
Uno de los puntos más sensibles es que la Superintendencia de Transporte, las alcaldías y las áreas metropolitanas podrían ordenar la suspensión inmediata de plataformas o de líneas completas de servicio, sin necesidad de una decisión judicial previa.
Esto le abre la puerta a cierres preventivos, bloqueos administrativos y decisiones abiertas con impacto masivo en usuarios y trabajadores digitales.
Desde el sector se advierte que este punto afecta principios básicos como la neutralidad de red (igual trato a los servicios digitales sin discriminación arbitraria).
El artículo que más alarma ha generado (el 68) declara estos servicios como un factor de potencial alteración del orden público: “Los servicios de transporte ilegales son un factor con la potencialidad de afectar el orden público y la convivencia pacífica y en ese sentido, es su control a su vez una obligación de la Policía Nacional en atención al carácter preventivo de sus funciones”, señala el proyecto.
Es decir, normativamente, el conductor de app deja de ser tratado como un trabajador informal y pasa a ser abordado como un problema de seguridad.
Los funcionarios públicos no se salvan. López advirtió que los congresistas y alcaldes tendrán una “mordaza” de límite al debate público, que el proyecto en su artículo 69 llama “obligaciones especiales”, en la que el funcionario tendrá la “obligación de abstenerse de realizar, en ejercicio de sus funciones, manifestaciones públicas dirigidas a promocionar, fomentar o incentivar la prestación de servicios informales o ilegales de transporte”.
López sostiene que el proyecto contradice lo acordado con el Gobierno en 2023 y que el sector no fue tenido en cuenta en la concertación. Desde su lectura, la iniciativa “acabaría con las plataformas de movilidad” y con una fuente de ingresos clave para cientos de miles de familias “y la libertad de elegir de millones de usuarios”.
El trasfondo es complejo. El proyecto aparece en un momento de crecimiento moderado de la economía (el PIB crecería 2,9 % en 2025, según el Banrep), alta informalidad (55,4 %) y bajo desempleo (8,9 %, una de las más bajas desde comienzos de siglo, de acuerdo con el DANE).
Sin embargo, solo en 2025, hubo 112.000 personas más trabajando en el sector transporte y almacenamiento, para un total de 1,8 millones de empleos en el rubro. Solo Uber tiene más de 100.000 arrendadores de vehículos, de los cuales cerca de 25.000 son taxistas.
De este modo, el proyecto congelaría la informalidad pero podría aumentar el desempleo y los desocupados por el efecto disuasorio de las sanciones.
El proyecto no enumera una lista que los conductores de plataformas puedan completar para operar legalmente. Por el contrario, define como obligatorios documentos que solo existen dentro de modalidades de transporte reguladas, lo que en la práctica deja por fuera a los servicios prestados con vehículos particulares a través de aplicaciones digitales.
Según la lógica del proyecto, solo podría prestar el servicio sin sanciones quien cumpla con:
- Vehículo inscrito en una modalidad de transporte reconocida por la ley.
- Vinculación a una empresa habilitada (cuando aplique).
- Documentos de transporte vigentes exigidos para esa modalidad.
- Cumplimiento de tarifas, controles y despachos regulados.
En ese mismo sentido, un conductor de Uber, DiDi, Cabify, etc., quedaría por fuera del universo jurídico donde esos papeles existen, porque no puede obtener una Tarjeta de Operación, Tener FUEC válido, portar Tarjeta de Control de Tarifas, ni Planilla de Despacho. Esas figuras solo existen para vehículos adscritos a empresas habilitadas (taxis, especial, carga, entre otros).
Atrás quedaron los días en que el debate giraba en torno a cómo regular la operación de las plataformas de transporte, en medio del roce recurrente con el gremio de los taxis.
El proyecto presentado por el Gobierno plantea un escenario distinto: ya no se trata de ordenar la convivencia entre modelos, sino de definir cuáles actividades pueden existir y cuáles no dentro del sistema de movilidad.
Incluso los conductores de taxi —registrados y formales— podrían verse afectados por un esquema de control más rígido y sancionatorio, por puntos ambiguos del proyecto, especialmente porque el viaje debe ejecutarse bajo las reglas del régimen taxi y no bajo las lógicas propias de la plataforma.
La última palabra, por ahora, la tendrá el Congreso de la República.
Si prospera, no solo cambiará la forma de moverse en las ciudades; cambiará la idea de cómo la innovación se bifurca entre la ley y la economía digital. Y el talón de Aquiles será el mismo problema que intenta resolver: la inconformidad pública con el transporte.
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