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Ismael Peña se pronunció tras la sesión extraordinaria del Consejo Superior Universitario (CSU) de la Universidad Nacional que se llevó a cabo ayer, lunes 24 de noviembre. A través de un comunicado, el profesor aseguró que este órgano “desconoció abiertamente la validez” de su designación, que “fue declarada como ajustada a derecho por el Consejo de Estado”.
Peña cuestionó que el CSU aceptara la renuncia de Leopoldo Múnera, teniendo en cuenta que el Consejo de Estado declaró nula su designación en una sentencia conocida el pasado jueves 20 de noviembre. Cabe recordar que, durante la sesión extraordinaria, Diego Torres, miembro del CSU como representante de los profesores, argumentó que por esa misma razón no podía votarse si aceptar o no la renuncia de Múnera, por lo cual se abstuvo.
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Los demás integrantes del órgano que sí votaron a favor de aceptar la renuncia de Múnera fueron: Ricardo Moreno, viceministro de Educación Superior; Danna Nataly Garzón Polanía y María Alejandra Rojas, delegadas del presidente; Víctor Manuel Moncayo, del Consejo de Educación Superior y Lucía Botero Espinoza, del Consejo Académico. El CSU, entonces, declaró la vacancia del cargo y designó como rector encargado al profesor Andrés Felipe Mora, actual vicerrector general.
En su carta, Peña afirmó que el análisis del CSU “no consideró el sentido integral ni las lógicas implicaciones” de los fallos del Consejo de Estado. Las decisiones adoptadas por el órgano universitario, agregó el profesor, exponen a la institución a “riesgos jurídicos, económicos, administrativos y reputacionales, al desconocer la autoridad derivada de los fallos judiciales y comprometer su seguridad jurídica”.
Según Peña, las determinaciones del CSU podrían constituir faltas disciplinarias graves y derivar en responsabilidades penales. “Estoy presto a asumir la Rectoría de la Universidad con el firme compromiso de cumplir con las obligaciones propias del cargo”, concluyó.
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Cabe aclarar que, en un primer momento, el Consejo de Estado determinó no anular la elección de José Ismael Peña Reyes como rector de la Universidad Nacional, a través de una sentencia conocida el pasado 4 de septiembre. Sin embargo, el alto tribunal subrayó que dicho fallo no significaba su retorno al cargo. En efecto, se ha generado una gran discusión legal en torno a las interpretaciones de las decisiones del Consejo de Estado.
Algunos juristas, entre ellos Rodrigo Uprimny, columnista de El Espectador (y quien representó legalmente a Múnera), sostienen que las dos sentencias no restablecen automáticamente a Peña en la rectoría. En su opinión, ambos fallos son de nulidad electoral simple, lo que significa que solo determinan si una elección es válida o no, pero no pueden ordenar el regreso de alguien a un cargo del que ya se había separado. Esto, a menos que exista una demanda de nulidad y restablecimiento, algo que Peña nunca presentó.
Uprimny sostiene que incluso si el CSU intentara nombrarlo de nuevo, ese acto sería inválido por no cumplir con el procedimiento estatutario, que exige consulta previa a la comunidad universitaria y la participación de estudiantes y profesores que ingresaron en los últimos semestres.
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Desde esta perspectiva, la solución, señala Uprimny, no sería restituir a Peña, sino declarar la vacancia del cargo, nombrar un rector encargado (como se ha hecho hasta ahora) y convocar a un nuevo proceso de elección con todas las garantías.
Pero no todos piensan así. Otros creen que, aún cuando las sentencias del Consejo de Estado no restablecen explícitamente a Peña, el efecto práctico de anular la elección de Múnera y validar la de Peña deja un “vacío” que el CSU debe llenar, y que la salida más lógica es reconocerlo nuevamente como rector.
Para ese sector, el alto tribunal dejó claro que el CSU se equivocó al desconocer la designación previa de Peña y que corregir ese error implicaría, en la práctica, devolverle el cargo. Desde esa lectura, el CSU no estaría “nombrándolo de nuevo”, sino corrigiendo la decisión administrativa que lo reemplazó, de manera que el reconocimiento a Peña sería la consecuencia natural de las sentencias acumuladas.
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