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Admiten demanda contra Benedetti y Roy Barreras por renunciar a su partido

El caso quedó en manos del magistrado Guillermo Sánchez Luque en el Consejo de Estado. La acción pide la “muerte política” para ambos congresistas tras su salida del Partido de la U.

04 de noviembre de 2020 - 12:24 a. m.
Armando Benedetti y Roy Barreras.
Armando Benedetti y Roy Barreras.
Foto: Archivo El Espectador

El Consejo de Estado admitió para su estudio una demanda de pérdida de investidura en contra de los congresistas Armando Benedetti y Roy Barreras Montealegre, luego que ambos renunciaran al Partido de La U. La acción judicial fue presentada por el abogado Pedro Alexander Rodríguez Matallana quien asegura que la salida de ambos senadores del partido por el que fueron electos constituye un acto de indisciplina y genera un caos interno en el movimiento político. “Están renunciando y queriendo ostentar sus curules, queriendo decir que son de ellos y no de los partidos, cosa que no es cierta”, dijo el demandante.

“Las posiciones públicas que han presentado los senadores Roy Barreras y Armando Benedetti ante los medios de comunicación, haciendo públicas sus renuncias, contenidos de las mismas, posturas públicas en contra del partido y de su bancada, denotan de forma inmediata de ellas, un interés directo, particular y actual moral o económico, capaz de afectar la subjetividad del funcionario y, en tal sentido, apto para tejer un manto de duda sobre su ecuanimidad, ponderación y desinterés en el momento de participar –con su deliberación, discusión y voto– en el proceso de configuración legislativa”, dice la demanda.

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Las renuncias de Barreras y de Benedetti se dieron el pasado 15 de octubre luego que los senadores manifestaran su desacuerdo con las posturas de su colectividad en relación con varios temas de interés nacional como las actuaciones del ministro de Defensa, Carlos Holmes Trujillo, entre otros. Para el demandante, con las posturas públicas que ambos expresaron en contra de su colectividad, los senadores habrían incurrido en causal de pérdida de investidura por conflicto de intereses al interponer su interés personal a la representación política de la bancada y Partido de la U.

“Si bien es cierto el régimen de bancadas conforme al criterio de la Corte Constitucional prevé excepcionalmente la labor individual de los congresistas por objeción de conciencia conforme al tramite legal, debe tenerse en cuenta que es una medida excepcional y no permanente como lo ocurrido con los congresistas demandados, quienes renunciaron a su partido político, o al partido mediante el cual se avalaron y eligieron, y ahora pretenden actuar individualmente, hecho legalmente imposible, con la curul de Senadores, cuando ella como se ha determinado pertenece y corresponde es al Partido Político y no al candidato individualmente visto”, dice el recurso.

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Para el abogado Pedro Alexander Rodríguez Matallana, las críticas que realizaron los congresistas a su partido luego de renunciar, que fueron recogidas por los medios de comunicación, son prueba de que estos estarían interponiendo su interés personal al de la bancada por la cual fueron avalados. Y, con esto, “de los electores que eligieron bajo la premisa no solo de liderar sino de ser dirigentes del partido de la U”. “Adicionalmente, es muy importante tener de presente, que el límite es sobrepasado en el momento en que se insiste en conservar la curul como congresistas, el cual han traspasado a los de la Bancada, Partido y Electores del Partido, invocando que la curul es de ellos a título personal, en contravía con la ley y la constitución, y aprovechando quizás un vacío jurisprudencial al respecto”.

“Por lo tanto estos congresistas hoy, a raíz de su renuncia, sufren una disminución importante de sus facultades como miembros de la corporación a la cual pertenecen, en la medida que pierde la mayor parte de sus posibilidades de participación dentro de la corporación; queda impedido para formar bancada y ejercer los derechos que esa condición le otorga y pierde los beneficios que le otorga su pertenencia a un partido o movimiento político (financiación, acceso a medios de comunicación, etc.)”, añade la demanda.

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Esteban(29312)04 de noviembre de 2020 - 03:58 a. m.
Estoy de acuerdo con el abogado ,estás ratas no meresen estar en ese puesto ,Ratas Ratas Ratas es lo único que son
Carmiña(64585)04 de noviembre de 2020 - 01:36 a. m.
Estamos cada vez peor, acaso no hay libertad de retirarse de un partido político?...que clase de país es este?
  • AC(66800)06 de noviembre de 2020 - 08:23 p. m.
    si señor. tienen toda la libertad para retirarse del partido por el cual salieron elegidos, y por esa razon pierden la curul. la curul es del partido, no de las personas.
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