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Aprueban acuerdo para reparar a la familia de Guillermo Cano, exdirector de El Espectador

Como parte del acuerdo, el Estado reconoce su culpa en el crimen por no haber protegido al periodista e indemnizará a los familiares de Guillermo Cano.

Redacción Judicial

04 de septiembre de 2026 - 05:33 p. m.
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En la noche del 17 de diciembre de 1986, el cartel de Medellín asesinó a don Guillermo Cano Izasa, entonces director del diario El Espectador. El periodista, que expuso a través de investigaciones a los carteles del narcotráfico y la guerra que desataron en el país, nunca recibió por parte del Estado la protección que necesitaba y que hubiera podido salvar su vida. Casi 40 años después de su asesinato, la justicia aprobó un acuerdo para que el Estado reconozca su responsabilidad en el crimen e indemnice a la familia Cano.

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La decisión que dio luz verde al acuerdo entre el Estado y la familia del exdirector de El Espectador fue adoptada por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca el pasado 27 de agosto. Esa instancia verificó el daño que el crimen de lesa humanidad causó a la esposa e hijos de don Guillermo Cano. Además, esa instancia reprochó la falta de acción del Estado y la demora en reconocer su responsabilidad y reparar a las víctimas. La dilación, dijo el Tribunal, “evidencia un retardo injustificado del Estado colombiano en la adopción de medidas de reparación a las víctimas”.

Según se lee en la decisión, en el crimen de don Guillermo Cano el Estado desconoció “el principio de buena fe en el cumplimiento de obligaciones internacionales; el deber de adoptar medidas inmediatas y eficaces frente a violaciones graves de derechos humanos y vulnera el derecho de las víctimas a una reparación integral en términos razonables”.

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Según ha reconocido la propia Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), con su trabajo periodístico Guillermo Cano Isaza “se convirtió en un estandarte de la postura que favorecía el juzgamiento de los llamados ‘extraditables’ en los Estados Unidos, además de ilustrar a la opinión pública sobre las consecuencias del tráfico de drogas y su influencia en la sociedad colombiana”, una labor que “lo convirtió en blanco de ataque de los carteles de la droga, en particular del Cartel de Medellín”.

Eso fue recogido por el Tribunal Administrativo en su decisión, que puso de presente que “con anterioridad a su asesinato, el señor Cano Isaza reconoció públicamente que su vida corría peligro como resultado de su actividad investigativa”. Asimismo, señaló que el Estado falló en “arbitrar las medidas necesarias para garantizar el derecho a la vida” del exdirector de El Espectador. En su decisión, esta instancia señaló también que las investigaciones y procesos adelantados por la justicia fueron accidentadas y dilatadas en las últimas décadas.

El Tribunal Administrativo puso de presente que aunque el 6 de octubre de 1996 el juzgado 73 de Bogotá condenó a prisión varios cómplices del crimen, decisión confirmada por la Corte Suprema de Justicia dos años después, esa investigación no logró desmantelar todo el aparato criminal detrás del asesinato del director de El Espectador.

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En su análisis, el Tribunal Administrativo recordó que fue solamente hasta el 2 de julio de 2010 que la Unidad Nacional de Derechos Humanos de la Fiscalía declaró que su homicidio constituía un “crimen de lesa humanidad”. El propio sistema de justicia reconoció que el proceso “se prolongó por más de 10 años durante los cuales la investigación y el juzgamiento de los sindicados vieron sujetos a actos de violencia y, en algunos casos alegada corrupción, que cubrieron el esclarecimiento del asesinato con un manto de impotencia, impunidad y falta de reparación”.

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El tribunal también reconoció que, ante la inoperancia de la justicia colombiana fue la Sociedad Interamericana de Prensa la que acudió a la justicia internacional el 20 de febrero de 1997, denunciando al Estado ante la CIDH. Cuatro años después, el organismo internacional profirió decisiones trascendentales: el 11 de octubre de 2001 emitió su Informe de Fondo Final por el caso de don Guillermo Cano. Allí, la Comisión declaró la responsabilidad internacional de la Nación por la violación de los derechos a la vida, libertad de expresión y garantías judiciales, y recomendó expresamente al Estado colombiano “adoptar las medidas necesarias para que los familiares de Guillermo Cano Isaza sean debidamente reparados”.

A pesar de la claridad de esa decisión, las medidas de reparación estuvieron congeladas durante casi dos décadas, hasta que el 12 de julio de 2018 la CIDH reactivó el seguimiento del cumplimiento de sus recomendaciones. Como consecuencia de esta reactivación, las autoridades colombianas finalmente reaccionaron con una resolución suscrita por un Comité de Ministros. A través de este acto, el Gobierno resolvió “emitir concepto favorable para el cumplimiento de las recomendaciones” hechas por la autoridad internacional.

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Como consecuencia, designó formalmente a la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado para que adelantara el trámite de conciliación e indemnización a favor de los familiares del periodista. El acuerdo finalmente se consolidó entre 2025 y 2026. Antes de materializarse, debía ser validado por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, que recientemente le dio luz verde a finales de agosto pasado. Una decisión que recorrió, por cuatro décadas, el sistema judicial dentro y fuera del país. Y que, finalmente, le da una respuesta a la familia de don Guillermo Cano, exdirector de El Espectador.

Para conocer más sobre justicia, seguridad y derechos humanos, visite la sección Judicial de El Espectador.

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