Así le fue a Colombia en la lucha contra la impunidad en casos de periodistas en 2019

El Espectador publica un capítulo del informe anual 2019 de la Fundación contra la Libertad de Prensa "Callar y fingir, la censura de siempre". Este capítulo detalla que "se han logrado algunos avances en búsqueda de justicia en crímenes contra periodistas pero no son suficientes ni trascendentales".

Fundación para la Libertad de Prensa (FLIP)
09 de febrero de 2020 - 03:33 p. m.
Julio Daniel Chaparro, Guillermo Cano (director de El Espectador), Jaime Garzón y Nelson Carvajal. / Archivo El Espectador y la FLIP
Julio Daniel Chaparro, Guillermo Cano (director de El Espectador), Jaime Garzón y Nelson Carvajal. / Archivo El Espectador y la FLIP

Durante el 2019, la justicia colombiana e interamericana lograron avances para superar la impunidad en algunos crímenes contra la prensa en nuestro país. Sin embargo, la gran mayoría de las decisiones que adoptó la Fiscalía General de la Nación, y que son presentadas como pasos trascendentales en las investigaciones, en realidad son avances procesales que no constituyen decisiones de fondo. Además, se fundamentan en elementos materiales probatorios y evidencia que reposan desde hace varios años en las investigaciones, es decir, son decisiones que se pudieron proferir con mucha anterioridad.

Detrás de los anuncios grandilocuentes de justicia que ocasionalmente aparecen, persisten las dilaciones injustificadas, la falta de investigaciones serias, imparciales y eficientes, así como la judicialización y sanción de los crímenes contra la prensa. A continuación, se presenta un análisis de las decisiones más significativas del año.

Julio Daniel Chaparro y Jorge Enrique Torres

En el caso de Julio Daniel Chaparro y Jorge Enrique Torres, el 1 de febrero la Fiscalía General decidió hacer apertura de instrucción y llamado a indagatoria a Nicolás Rodríguez Bautista, alias “Gabino”; Israel Ramírez Pineda, alias “Pablo Beltrán”; y Eliécer Herlinto Chamorro, alias “Antonio García”, miembros del Comando Central del Ejército de Liberación Nacional (ELN). Igualmente, se emitió orden de captura en su contra, con el fin de que comparezcan al proceso. Posteriormente, el 1 de octubre, la Fiscalía resolvió situación jurídica de los tres, profiriéndoles medida de aseguramiento privativa de la libertad.

(Le puede interesar: Orden de captura contra cúpula del Eln por homicidio de periodistas de El Espectador)

En este caso es claro cómo la justicia llega de manera tardía: la Fiscalía presentó estos avances como trascendentales para el caso, sin embargo, son decisiones que se debieron adoptar años atrás. En 2019, la Fiscalía contaba con los elementos para iniciar la fase de juicio, sin embargo esto no ocurrió ¿Cuánto tiempo tendrá que seguir transcurriendo?

Jineth Bedoya Lima

Por los hechos de secuestro, tortura y violencia sexual contra la periodista Jineth Bedoya Lima, ocurridos el 25 de mayo de 2000, se presentaron importantes avances en los procesos que se adelantan en el orden nacional y ante el Sistema Interamericano de Derechos Humanos.

En el ámbito nacional, el 6 de mayo, el Juzgado Quinto Penal del Circuito Especializado de Bogotá emitió sentencia condenatoria contra Alejandro Cárdenas Orozco, alias “JJ”, y Jesús Emiro Pereira Rivera, alias “Huevoepizca”. Pereira Rivera fue condenado a cuarenta años y seis meses de prisión por los delitos de secuestro, tortura y acceso carnal violento. Por su parte a Cárdenas Orozco, sobre quien ya pesaba una condena previa por secuestro y tortura por este mismo caso, se le impuso una pena de treinta años de prisión por el delito de acceso carnal violento.

(Le puede interesar: Confirman condena contra exparamilitares victimarios de la periodista Jineth Bedoya)

La decisión reconoce algo trascendental: las amenazas que la periodista Jineth Bedoya recibió antes del secuestro, y que eran de conocimiento de las autoridades, se cumplieron. Advirtió que a partir de las pruebas allegadas al proceso se puede evidenciar la posible responsabilidad penal de terceras personas, especialmente de servidores públicos. Por lo tanto compulsó copias a la Fiscalía General de la Nación, con el fin de que se adelante una investigación en contra del General (r) José Leonardo Gallego.

El fallo fue apelado por la defensa de los procesados. Sin embargo, el 28 de octubre la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá confirmó la condena en su contra. Por otro lado, en el sistema interamericano, donde se evalúa la responsabilidad del Estado colombiano, el 29 de enero la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) notificó la aprobación de su informe de fondo en el caso que se adelanta por las violaciones a los derechos humanos de las que fue víctima Bedoya. Posteriormente, el 17 de julio, ante el incumplimiento de las recomendaciones dadas al Estado colombiano en tal informe, la CIDH decidió presentar el caso de la periodista contra el Estado de Colombia ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH), el más alto tribunal de derechos humanos de la región.

Guillermo Cano

El 27 de mayo la Fiscalía impuso medida de aseguramiento en establecimiento carcelario contra Jhon Jairo Velásquez Vásquez, alias “Popeye”, como presunto coautor del delito de homicidio agravado. De acuerdo con la Fiscalía, existen indicios de la participación de Velásquez Vásquez en la reunión en la cual el Cartel de Medellín concertó el homicidio del periodista Guillermo Cano Isaza.

(Lea aquí una editorial sobre este caso: Que se sepa la verdad sobre el asesinato de Guillermo Cano)

Por otro lado, la Fiscalía estableció que Gustavo Gutiérrez Arrubla, alias “Maxwell”, exintegrante del Cartel de Medellín, presuntamente realizó labores de inteligencia, con el fin de identificar movimientos y rutinas de Cano Isaza, las cuales fueron determinantes para que el grupo de sicarios pudiese atentar contra la vida del periodista. En consecuencia, le impuso una medida de aseguramiento no privativa de la libertad consistente en la presentación periódica ante la justicia, la prohibición de salir del país, mantener una buena conducta, no establecer comunicación con las víctimas y constituir una caución de diez salarios mínimos legales mensuales vigentes.

Esta es la primera decisión relevante que se profiere en contra de presuntos coautores del crimen desde el 16 de enero de 2008. El Estado colombiano sigue pendiente en su obligación de investigar, juzgar y sancionar esta grave violación a los derechos humanos.

Guzmán Quintero

El 12 de septiembre, la Fiscalía General de la Nación declaró el homicidio de Guzmán Quintero, ocurrido el 16 de septiembre de 1999, como un crimen de lesa humanidad, haciendo que el delito se torne imprescriptible. En su decisión, la Fiscalía reconoció que los hechos hicieron parte de un ataque sistemático y generalizado contra la prensa en Colombia. La decisión se dio a cuatro días de cumplirse veinte años del asesinato, fecha en la que habría prescrito.

(Le puede interesar: Fiscalía declara como crimen de lesa humanidad asesinato de periodista Guzmán Quintero)

Lo anterior se debe contrastar con los pocos avances de la Fiscalía en la identificación y judicialización de toda la cadena criminal que participó en el homicidio del periodista. Pocos días después de iniciar la investigación, se capturó a Jorge Eliécer Espinel Velásquez, alias “El Parce”, y a Rodolfo Nelson Rosado, alias “El Pichi”, autores materiales de los hechos, a quienes se les condenó a 472 meses de prisión. Sin embargo, la Fiscalía no ha logrado consolidar una línea de investigación en torno a los determinadores del crimen.

Nelson Carvajal Carvajal

La Fiscalía General de la Nación decidió declarar como crimen de lesa humanidad el homicidio del periodista Nelson Carvajal Carvajal, ocurrido el 12 de abril de 1998 en Pitalito, Huila. Esta decisión se adoptó después de un año del fallo en el que la Corte IDH condenó al Estado colombiano por el homicidio de Carvajal Carvajal. Este es el primer caso en que una corte internacional condena a un Estado por un homicidio relacionado con el ejercicio periodístico de la víctima. Pese a lo anterior, es importante que el Estado avance en una investigación seria, imparcial y dentro de un tiempo razonable que logre sancionar a los responsables.

(Le puede interesar: “Es un paso para saber quiénes están callando a los periodistas”: hermana de Nelson Carvajal)

Javier Ortega, Paúl Rivas y Efraín Segarra

El 12 de diciembre de 2019, el Equipo de Seguimiento Especial (ESE) designado por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) presentó el informe final de seguimiento de las medidas cautelares otorgadas por la Comisión a favor de Javier Ortega, Paúl Rivas y Efraín Segarra. El equipo periodístico del diario El Comercio fue secuestrado y asesinado en 2018 por el Frente Óliver Sinisterra en la zona fronteriza entre Ecuador y Colombia.

Este informe marca una hoja de ruta para las acciones que deben desplegar los Estados de Colombia y Ecuador, en aras de lograr el esclarecimiento de los hechos y la reparación de las víctimas. En la presentación del informe el Estado colombiano manifestó estar en desacuerdo con el informe presentado por el ESE, alegando que existió una extralimitación en las funciones asignadas por parte de la CIDH.

(Lea: Frontera cautiva: una investigación sobre la muerte de los periodistas ecuatorianos en Colombia)

La FLIP hará seguimiento a la implementación de las recomendaciones formuladas por el ESE al Estado, pues las mismas constituyen una oportunidad para que el Estado ratifique su compromiso con la garantía de los derechos fundamentales a la justicia, la verdad, la reparación y las garantías de no repetición que le asisten a las víctimas, y a su vez adoptar medidas para que hechos como los sucedidos con el equipo periodístico de El Comercio no se repitan.

Jaime Garzón Forero

Por otro lado, en el caso del periodista Jaime Garzón, El Tribunal Superior de Bogotá, en el proceso que se sigue contra el general (r) José Miguel Narváez, confirmó la decisión de primera instancia de no declarar el crimen de Jaime Garzón como un crimen de lesa humanidad. Según explicó el Tribunal, al momento de la comisión de los hechos no estaban tipificados los crímenes de lesa humanidad en el ordenamiento colombiano, en consecuencia, adoptar dicha calificación jurídica agravaría la situación de Narváez. Por otro lado, el Tribunal consideró que el juicio se centró en dar por probada la responsabilidad de Narváez, mas no en demostrar la configuración de los elementos de un crimen de lesa humanidad.

(Le puede interesar:Veinte años sin Jaime Garzón, la risa que nos hizo pensar::)

Esta decisión desconoce los estándares nacionales e internacionales para la investigación y juzgamiento de las graves violaciones a los derechos humanos, pues para la fecha de los hechos sí existía normatividad aplicable en Colombia que reconoce la existencia y características de los crímenes de lesa humanidad.

CASOS PRESCRITOS

Durante el 2019 prescribieron cinco casos de asesinatos a periodistas: Hernando Rangel Moreno, Rodolfo Julio Torres, Alberto Sánchez Tovar, Luis Alberto Rincón y Pablo Emilio Medina Motta. De estos asesinatos, sólo el caso de Pablo Emilio Medina Motta se encuentra activo. En total son 88 casos de homicidios contra periodistas que ya han prescrito.

Por Fundación para la Libertad de Prensa (FLIP)

Temas recomendados:

 

Sin comentarios aún. Suscribete e inicia la conversación
Este portal es propiedad de Comunican S.A. y utiliza cookies. Si continúas navegando, consideramos que aceptas su uso, de acuerdo con esta política.
Aceptar