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Ateos, en pelea contra Alcaldía de Ibagué por nombre de dos escenarios deportivos

Una tutela busca que la administración de la capital tolimense le cambie el nombre a un coliseo y un parque deportivo por, supuestamente, vulnerar la laicidad del Estado y la libertad de conciencia y cultos. Este es el pleito que llegó a la Corte Constitucional.

Jhordan C. Rodríguez

27 de agosto de 2025 - 07:02 a. m.
El nombre del escenario deportivo en Ibagué, según los tutelantes, atentaría contra la libertad de culto.
Foto: IMDRI
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Al despacho del magistrado Vladimir Fernández Andrade, de la Corte Constitucional, llegó un proceso que toca las fibras de la libertad de culto y del Estado laico en Colombia. Dos periodistas ateos se fueron de frente contra la Alcaldía de Ibagué (Tolima) por, supuestamente, no respetar a las personas que no son creyentes y dar nombres relacionados con la creencia de un dios, a dos de los escenarios deportivos más grandes de la ciudad. Aunque los dos hombres pidieron a la administración local y a un juzgado de primera instancia cambiar las denominaciones de los lugares, en ambos casos se les negó la petición y en el alto tribunal estuvo a muy poco de que se le cerraran también las puertas.

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En septiembre de 2023, el alcalde de ese momento, Andrés Fabián Hurtado, del Partido de la U, recibió las obras del Coliseo Mayor y del Parque Deportivo de Ibagué. Las obras, en esa administración, quedaron bautizadas como Coliseo Mayor La Fe en Dios y Parque Deportivo La Gloria de Dios. Aunque las obras representaron un avance para la capital tolimense, el nombre incomodó a algunos ciudadanos que no son creyentes. En octubre de 2024, casi un año después de la entrega de ambos proyectos, los dos hombres presentaron un derecho de petición a la Alcaldía para que cambiaran los nombres de las construcciones, pues, explicaron, “vulneran la laicidad del Estado y la libertad de conciencia y cultos”.

Sin embargo, la Alcaldía de Ibagué se negó a la petición, porque, a su parecer, “la denominación de estos espacios no vulnera derechos fundamentales, puesto que todas las confesiones religiosas son igualmente libres ante la ley”. También, la administración sostuvo que el Estado “permite la coexistencia de diversas manifestaciones religiosas”, por lo cual los nombres alusivos a un dios, no chocarían de frente contra los derechos señalados por los dos ciudadanos ateos. Ante la negativa, los hombres escalaron el caso a los estrados judiciales, donde las respuestas, hasta el momento, no han sido mejores para sus pretensiones de que se cambien las denominaciones de los escenarios deportivos.

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En enero de este año, estos hombres presentaron una tutela al juzgado séptimo penal de control de garantías de Ibagué. El documento señalaba que incluir a un dios en el nombre de los escenarios deportivos de la ciudad atenta directamente contra la Constitución Política, pues “vulnera los derechos fundamentales a la libertad de conciencia, libertad de cultos, aparte de vulnerar el principio de laicidad del Estado, afectando la igualdad y pluralidad que debe garantizarse en un Estado democrático”. Además, según ellos, los nombres con los que bautizaron el Coliseo Mayor y el Parque Deportivo “constituyen una afrenta a personas que no necesariamente comparten la fe en la existencia de un Dios, o de varios”.

En su documento, también resaltaron que “la laicidad es un principio constitucional en Colombia, que impone el deber al Estado de ser neutral en materia religiosa. Por tal motivo, el Estado —en este caso la Alcaldía de Ibagué y el Instituto Municipal para el Deporte y la Recreación— no pueden promover una creencia (en este caso en un solo dios) o religión específica”. Además de cambiar el nombre de estos lugares para que sean “laicos y representativos de toda la ciudadanía”, piden que esa modificación “se lleve a cabo mediante un proceso participativo que permita la consulta y opinión de la ciudadanía, deliberación por parte del Concejo Municipal y garantizando que refleje pluralidad, diversidad e inclusión”.

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Dentro de la tutela, también se resaltó que la negativa de la Alcaldía de Ibagué podría obedecer a cuestiones políticas. En el expediente se señaló que el exalcalde Hurtado (Partido de la U) y la actual alcaldesa, Johana Aranda (Centro Democrático), “pertenecen a iglesias evangélicas cristianas”. Incluso, pusieron de presente que “en su campaña, la señora Aranda fue apoyada por 300 iglesias cristianas en Ibagué, como lo reseña una publicación periodística de la ciudad”. A pesar de la argumentación y de que dijeron que los nombres de los escenarios deportivos “no solo afectan a los vecinos de la ciudad de Ibagué, sino a los colombianos”, el juzgado no les dio la razón.

Según el fallo de primera instancia, ese juzgado no era el competente para atender el caso, pues el nombre de los escenarios deportivos se materializó a través de un acto administrativo, por lo cual debía ser un juzgado de lo contencioso administrativo el que conociera del proceso. A eso, el despacho añadió que “no existe prueba alguna de que los tutelantes se encuentren en una situación económica, que les resulte imposible acceder a la administración de justicia ni se encuentran en cabeza de un perjuicio irremediable”. Aunque impugnaron la decisión, en segunda instancia la respuesta fue exactamente la misma y la acción fue declarada improcedente.

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En abril pasado, tocaron las puertas de la Corte Constitucional, que inicialmente rechazó la tutela, pero una insistencia de la Defensoría del Pueblo le tiró un salvavidas. El 1 de julio de este año, la Defensoría le pidió a la Corte que reconsiderara su decisión, pues “se cumplen los criterios subjetivo de necesidad de materializar un enfoque diferencial y objetivo al ser un asunto novedoso y al constituir una violación o desconocimiento de un precedente de la Corte Constitucional”. Además, dijo la entidad, que el caso “encierra la aplicación de los principios de laicidad y neutralidad del Estado y el respeto a los derechos fundamentales a la libertad de conciencia y de cultos por parte de las autoridades estatales”.

Las palabras de la Defensoría tuvieron efecto y el proceso ahora reposa en el escritorio del magistrado Fernández, quien tendrá que adelantar su estudio y llevar un proyecto de fallo para tomar una decisión con dos otros dos togados que conocerán del caso. Ahora está en manos del alto tribunal decidir si se cambiarán los nombres de los escenarios deportivos de la capital tolimense y, además, marcarle los límites a las autoridades locales, regionales y nacionales, sobre “la libertad de conciencia, libertad de cultos y el principio de laicidad del Estado colombiano en sus actividades cotidianas”.

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Por Jhordan C. Rodríguez

Periodista y creador de contenido con más de cuatro años de experiencia cubriendo fuentes de poder político y judicial.@JhordanR11jrodriguez@elespectador.com
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