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Caso Nicolás Petro: defensa se opone a medida de aseguramiento carcelaria solicitada por Fiscalía

El hijo mayor del presidente Gustavo Petro enfrenta una nueva imputación por cuatro delitos más: interés indebido en la celebración de contratos, falsedad en documento público, tráfico de influencias y peculado por apropiación. Un juez de control de garantías de Barranquilla definirá mañana si lo enviará o no a la cárcel de forma preventiva.

Redacción Judicial

18 de diciembre de 2025 - 02:10 p. m.
Según la Fiscalía, Nicolás Petro Burgos se habría apropiado irregularmente de $111 millones entre 2021 y 2022, por medio de la Fundación Conciencia Social.
Foto: Archivo Particular
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Durante cuatro jornadas se han extendido las audiencias de imputación y solicitud de medida de aseguramiento en contra de Nicolás Petro Burgos, el hijo mayor del presidente Gustavo Petro, ahora investigado por cuatro delitos más: interés indebido en la celebración de contratos, falsedad en documento público, tráfico de influencias y peculado por apropiación. La diligencia continuó este jueves 18 de diciembre, en Barranquilla, y terminó a las 12:02 p.m.

Ante el despacho del juez 14 de control de garantías de la capital del Atlántico, la Fiscalía solicitó la medida de aseguramiento preventiva en contra de Petro Burgos, quien ahora es investigado por su presunta participación en un entramado de corrupción por medio del cual, al parecer, COP 111 millones que iban para proyectos de atención a adultos mayores, habrían ido a parar a sus bolsillos cuando era diputado del departamento de Atlántico.

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Pese a la solicitud de la Fiscalía, en la última jornada de la audiencia, que se adelantó el pasado 15 de diciembre, el representante de la Procuraduría le lanzó un salvavidas al hijo mayor del presidente Gustavo Petro y no pidió la medida de aseguramiento. “No representa ni un peligro para la comunidad y no se observa tampoco que, con la misma, pueda obstruir la justicia y mucho menos que pueda evadir el proceso y el eventual cumplimiento de una pena en caso de ser condenado”, dijo el delegado Henry Bustos.

Para la diligencia de este jueves está prevista la intervención de las víctimas del caso, que no solo ha salpicado a Petro Burgos, sino también a su expareja, Day Vásquez, quien, según la Fiscalía, habría sido la persona determinada por el entonces diputado para que tendiera los puentes y conversaciones necesarias para desviar recursos públicos, por medio de contratos a la Fundación Conciencia Social (Fucoso). Después de esta jornada, el juez del caso tendrá que decidir si ordena o no la medida de aseguramiento.

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Siga la audiencia minuto a minuto:

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Defensa de Nicolás Petro niega riesgos de fuga

Para finalizar su argumentación de porqué Nicolás Petro no debería seguir el proceso en un centro carcelario de Barranquilla, como lo solicitó la fiscal Lucy Laborde, el abogado defensor Alejandro Carranza señaló que no existe riesgo de fuga por parte de su cliente.

“La Fiscalía sostiene que existe un riesgo de fuga, pero la realidad procesal desmiente esa aseveración, su señoría. Nicolás Fernando Petro Burgos reside en la ciudad de Bogotá y la Fiscalía lo sabe, y lo sabe porque yo se lo he dicho”, afirmó Carranza ante el despacho judicial. Según explicó, el traslado de Barranquilla a Bogotá se dio junto a todo su núcleo familiar y fue informado formalmente al ente acusador mediante documentos enviados por correo electrónico.

El defensor recordó que su cliente ha sido objeto de “varias amenazas graves” durante el proceso y que, precisamente por esa situación, dos jueces de garantías, uno municipal y otro de conocimiento, revocaron este año la medida no privativa de la libertad que le prohibía salir de Barranquilla. “En primera y en segunda instancia, su señoría, se revocó esa medida”, señaló.

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Carranza subrayó que en esas audiencias la Fiscalía nunca alegó riesgo de fuga como argumento para oponerse a la revocatoria. “Usted podrá observar que la Fiscalía jamás mencionó que Nicolás Fernando Petro supuestamente tuviera intención de fugarse”, insistió.

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El abogado también se refirió a los chats de 2022 citados por la Fiscalía para sustentar ese riesgo. “No son unos chats en los que Nicolás, estando imputado, hubiera dicho que quería fugarse. No son unos chats en los que Nicolás esté diciendo que quiere evadir la justicia”, aseguró. Según explicó, se trata de conversaciones privadas con su entonces pareja, Laura Ojeda, que ya habían sido debatidas en 2023 ante otro juez de garantías.

“Esa discusión ya se dio ante el juez 74 con función de garantías de Bogotá en el año 2023, y allá se expusieron todas estas razones”, sostuvo Carranza, quien cuestionó la “actualización automática” de argumentos que ya habían sido analizados y resueltos.

El defensor recordó que, tras la revocatoria de la restricción de movilidad en Barranquilla, permanecen vigentes otras medidas: la prohibición de salir del país, de participar en política y de acercarse a testigos del proceso. A su juicio, esas condiciones descartan cualquier intención de evasión.

Finalmente, Carranza agregó que el hecho de que Nicolás Petro esté incluido en la Lista Clinton, al igual que su padre, refuerza la inexistencia de un riesgo de fuga, y descarta que algún país pueda otorgarle asilo para evadir sus procesos judiciales en Colombia.

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Relacionado: Fiscalía pide prisión preventiva para Nicolás Petro por presuntas irregularidades en millonarios contratos

El juez de control de garantías suspendió la audiencia a las 12:02 p.m. La diligencia se reanudará mañana 18 de diciembre a las 2:00 p. m., donde se definirá si se impone o no la medida de aseguramiento contra Nicolás Petro.

Actualización claveHace 14 horas

Abogado insiste que hay una doble incriminación

Continuando su intervención en la audiencia de solicitud de medida de aseguramiento, el abogado Alejandro Carranza advirtió que la Fiscalía estaría incurriendo en una doble incriminación contra Nicolás Petro, al variar los hechos y la calificación jurídica entre la imputación y la petición de detención preventiva.

“También le he hablado, su señoría, de que existe una doble incriminación en este proceso y en las relaciones previas de la señora Daysuris del Carmen, porque la Fiscalía incurre en ese riesgo al variar la calificación de la conducta y de los hechos imputados entre la audiencia de imputación y la solicitud de la medida de aseguramiento”, sostuvo Carranza ante el juez.

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Según la defensa, el ente acusador estaría intentando sustentar la medida privativa de la libertad con hechos, calidades y pruebas que no fueron incluidos en la imputación formal, una práctica que, advirtió, está expresamente prohibida en el proceso penal. “Se pretende sustentar la medida en hechos, calidades y pruebas no incluidas en la imputación formal, lo que está prohibido”, recalcó.

Carranza también aseguró que la defensa aportó elementos que demostrarían que las eventuales relaciones de tráfico de influencias no involucraban a su cliente. “Además, su señoría, esta defensa está aportando la evidencia de que las relaciones previas de Daysuris con la gobernadora (Elsa Noguera) acreditan que cualquier relación de tráfico de influencias es de ellas, no de Nicolás con ellas”, afirmó.

El abogado extendió ese argumento a otros actores políticos mencionados en el expediente, como Pedro Name, y reiteró que Nicolás Petro no habría tenido injerencia alguna en los procesos contractuales. Según dijo, “no se trató de una relación de Nicolás con Pedro Name y la gobernadora”, y agregó que su defendido, además, era opositor político y carecía de control sobre la contratación pública.

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Actualización claveHace 14 horas

Carranza señala que la Fiscalía no aportó pruebas suficientes

Enfatizando sobre la presunta falta de pruebas de la fiscal Lucy Laborde, el abogado Alejandro Carranza señaló que varios de los elementos que la fiscal mencionó en su intervención no fueron aportados ni exhibidos ante el juez de control de garantías. Carranza afirmó que durante la diligencia no se proyectaron documentos clave. “A usted no le trajeron nada de eso, su señoría. Ni la inspección a SECOP, ni las inspecciones a lugares o sitios supuestamente que se hicieron a la Gobernación, a Fucoso”, sostuvo.

El defensor agregó que, más allá de las afirmaciones del ente acusador, no existe respaldo documental en el expediente. “Nos quedamos solo con las palabras de la Fiscalía diciendo que lo hizo. Y en los elementos compartidos posteriormente por el despacho fiscal a través del Drive, no aparece soporte alguno de eso, su señoría. Ni informe, ni archivo que corresponda con esas actuaciones”, señaló.

En su intervención, Carranza cuestionó la solidez de la inferencia razonable planteada por la Fiscalía. “Así que, en el criterio de este abogado, respecto a la inferencia razonable, la Fiscalía sustentó su solicitud de medida de aseguramiento en elementos materiales que no fueron debidamente acreditados para señalar a Nicolás Petro; todo lo contrario, señala a otras personas”, afirmó.

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El abogado recalcó que dichos elementos no fueron entregados al despacho judicial, pese a que sobre ellos se hicieron interpretaciones relevantes durante la audiencia. Como ejemplo, mencionó la supuesta participación de un escolta en la recepción de dinero. “Hablan del escolta que fue a recibir un dinero, pero no le trajeron una entrevista de ese escolta; dicen que fueron a buscar cómo se organizó el contrato dentro de la Gobernación, pero no le trajeron la inspección a lugares o sitios. No le trajeron a usted, su señoría, nada de eso”, enfatizó.

Para la defensa, lo presentado por la Fiscalía carece de cohesión probatoria. “Lo que tenemos es, de forma deshilvanada, un montón de argumentaciones, lo digo con respeto, no evidencias. No hay nada que vincule”, dijo Carranza.

Incluso, advirtió que el material aportado resulta contraproducente para la tesis de la Fiscalía. “Al contrario, lo que le han traído es muy grave, porque la testigo exculpa a Nicolás y vincula y le explica a la Fiscalía y a este despacho, en esas voces, realmente quién hacía el tráfico, presuntamente, realmente quién tenía la idea criminal, realmente cómo fue que se instrumentalizó esos contratos”. Y concluyó de manera tajante: “No Nicolás”.

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Carranza sostuvo que la testigo Daysuris del Carmen no menciona a Nicolás Petro como partícipe, beneficiario, gestor o conocedor de los hechos investigados, y que su relato contradice la versión expuesta por la Fiscalía durante la audiencia. “Ella no sabe cómo se consiguió el contrato y eso se contradice con lo que le dijo usted la Fiscalía en esta audiencia, que es que Nicolás la instrumentalizó. ¿Cuál elemento le mostró para evidenciar que Nicolás instrumentalizó a su esposa? Ninguno”.

Actualización claveHace 16 horas

“Hay una ausencia total de vinculación de Nicolás Petro con Fucuso”: Carranza

El abogado Carranza insistió ante el juez 14 de control de garantías de Barranquilla en que no existe ningún elemento probatorio que vincule a su cliente con la Fundación Conciencia Social (Fucoso), señalada por la Fiscalía como eje del presunto entramado de corrupción.

“Hay una ausencia total de vinculación de Nicolás Petro con Fucoso, a partir de los elementos materiales probatorios y evidencias físicas que presuntamente sustentan la medida de aseguramiento por parte de la Fiscalía”, sostuvo Carranza.

El defensor cuestionó que el ente acusador hiciera referencia verbal a diversas diligencias sin haberlas aportado formalmente al despacho judicial, lo que, según dijo, impide ejercer un adecuado derecho de contradicción. En ese contexto, resaltó que las declaraciones de Daysuris del Carmen Vázquez Castro no comprometen directamente a Petro Burgos con la fundación.

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“Se destaca que las diligencias practicadas a la señora Daysuris del Carmen, consideradas en este nuevo proceso como un acervo probatorio, evidencian que la mencionada declarante no vinculó de manera directa jamás al señor Nicolás Petro Burgos con Fucoso. Jamás, su señoría”, enfatizó.

Carranza aseguró que en los chats, declaraciones y demás elementos aportados por la Fiscalía no existe referencia alguna que relacione a Nicolás Petro con reuniones, directrices, control o interacción con Fucoso ni con su representante legal. “Usted no encuentra eso en ninguna de las evidencias que le trajo la Fiscalía. En consecuencia, se llega a la conclusión de que no existe un solo elemento material ni una evidencia legalmente obtenida que le permita acreditar a la Fiscalía que Nicolás tenía relación, control, administración, dominio o interacción con Fucoso, ni una sola”, afirmó.

El abogado también se refirió a la declaración rendida por Vásquez el 3 de marzo de 2023, señalando que dicha diligencia corresponde a otro proceso penal (lavado de activos) y no aporta sustento al caso que hoy se analiza. “Ese chat del 3 de marzo sencillamente habla de los hechos jurídicamente relevantes que están siendo juzgados en el otro proceso (lavado de activos). No se entiende para qué se lo traían aquí”, sostuvo.

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Según Carranza, la propia declarante manifestó ante la Fiscalía que su conocimiento sobre la Fundación Conciencia Social era limitado y de carácter operativo. “Ella le menciona a la Fiscalía que no tuvo contrato con la entidad, que no conoció personalmente ni tuvo amistad con el señor Gustavo de la Ossa, representante legal de la Fundación Fucoso, y que su participación se redujo a apoyar actividades del proyecto del adulto mayor”, recordó.

Carranza destacó que, de acuerdo con esa versión, quien participaba en dichas actividades era la madre de Vásquez y no Nicolás Petro. “En ningún momento le dijo que el que participaba era Nicolás, que Nicolás hubiera conocido al señor de la Ossa, que Nicolás le dijo que tenía que ser con esa fundación, que Nicolás le decía cómo repartir el dinero o que iba por el dinero. Nada de eso, su señoría”, señaló el abogado.

Actualización claveHace 16 horas

Comienza la jornada con la intervención del abogado defensor

La audiencia de medida de aseguramiento contra Nicolás Petro inició este jueves a las 8:30 a.m. con la intervención de su abogado defensor, Alejandro Carranza, quien expuso ante el juez 14 de control de garantías de Barranquilla los argumentos por los que se opone a la solicitud de detención en centro carcelario hecha por la fiscal del caso, Lucy Laborde.

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Durante su intervención, Carranza cuestionó la competencia de la Fiscalía para investigar los presuntos delitos tributarios que hacen parte del expediente. Aseguró que la legitimidad para perseguir este tipo de conductas no recae en el ente acusador, sino en la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN).

“Frente a esos delitos tributarios, su señoría, la legitimidad para perseguirlos no es de la Fiscalía, no es de la señora fiscal que hoy nos acompaña. La legitimidad para iniciar un proceso penal por delitos tributarios es del director de la DIAN. ¿Usted le trajeron algo de eso, señor juez? No”, sostuvo el defensor.

El abogado explicó que, incluso en un escenario hipotético, se estaría hablando de omisiones o irregularidades en la declaración de renta que, según dijo, corresponden a delitos especiales cuya investigación solo puede activarse a partir de una denuncia formal de la DIAN.

Carranza también reprochó que la Fiscalía no haya aportado elementos probatorios esenciales para sustentar sus inferencias, como la declaración de renta o el balance contable de su cliente. Según afirmó, Nicolás Petro no estaba obligado a llevar contabilidad, lo que impediría hacer interpretaciones sobre supuestas afectaciones al impuesto a pagar.

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“La única forma como usted puede probar, demostrar, que supuestamente un anexo afectó el impuesto a pagar (…) es con el balance del contribuyente. Y no se lo trajeron porque no está obligado a llevar contabilidad. Y si no está obligado a llevar contabilidad, la Fiscalía no puede interpretar algo sobre una declaración de renta que tampoco le trajo al señor juez”, señaló.

El defensor insistió en que las inferencias presentadas por la Fiscalía no son suficientes para justificar una medida privativa de la libertad y advirtió que acceder a esa solicitud afectaría derechos fundamentales de su cliente.

“¿Con eso le vamos a quitar la libertad a Nicolás Petro? Yo creo que no. Yo creo que sería un exceso. Va a afectar su debido proceso y sus derechos humanos, con la interpretación que ha hecho la Fiscalía (…) Esa inferencia razonable es la que estamos atacando aquí, su señoría”, señaló Carranza.

Para conocer más sobre justicia, seguridad y derechos humanos, visite la sección Judicial de El Espectador.

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