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Consejo de Estado decreta ‘muerte política’ de Iván Name por caso de corrupción de la Ungrd

En septiembre de 2023, Carlos Ramón González, entonces director del Departamento Administrativo de la Presidencia (Dapre), habría ordenado a Olmedo López y Sneyder Pinilla, quienes estaban al frente de la Ungrd, conseguir y entregar COP 3.000 millones al entonces presidente del Senado, Iván Name.

25 de septiembre de 2026 - 05:21 p. m.
El entonces presidente del Senado, Iván Name, habría recibido COP 3.000 millones proveniente de contratos de la Ungrd.
Foto: El Espectador - José Vargas
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El Consejo de Estado, con ponencia del consejero Jorge Edison Portocarrero Banguera, decretó la pérdida de investidura del excongresista e integrante del Partido Alianza Verde, Iván Leonidas Name Vásquez, en el marco del escándalo de corrupción de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres (Ungrd).

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La decisión responde a una demanda presentada por Juan Carlos Calderón España, en representación de la Veeduría Ciudadana Nacional Recursos Sagrados, quien buscaba que Name perdiera su condición de senador de la República para el período 2022-2026, al invocar la causal de tráfico de influencias.

Según la acusación, en septiembre de 2023 Carlos Ramón González, entonces director del Departamento Administrativo de la Presidencia (Dapre), le ordenó a Olmedo López, director de la Ungrd, y a Sneyder Pinilla, subdirector de la entidad, conseguir y entregar COP 3.000 millones al entonces presidente del Senado, Iván Name.

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El dinero, proveniente del contrato de los carrotanques de La Guajira, habría sido entregado en dos ocasiones, el 12 y el 13 de octubre de 2023, a través de Sandra Ortiz, consejera presidencial para las regiones, hasta la residencia de Name. Según el expediente, el propósito del pago era agilizar el trámite de reformas legislativas del Gobierno Nacional, en particular la reforma pensional, y aportar recursos a la campaña política al Concejo de Bogotá de su hija, María Clara Name.

En su defensa, el exsenador negó haber incurrido en tráfico de influencias o haber recibido beneficios indebidos. Argumentó que las acusaciones se sustentaban únicamente en versiones dadas por los medios de comunicación por parte de investigados, y afirmó que su postura pública en el Congreso fue siempre de oposición a las reformas impulsadas por el Ejecutivo.

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En su fallo, el Consejo de Estado ratificó que el proceso de pérdida de investidura constituye una acción pública relacionada con “el incumplimiento de los compromisos y responsabilidades de carácter ético, jurídico y político ante la colectividad, que generan consecuencias particulares, al romperse el pacto político entre la sociedad, el elector y el elegido, principio fundamental de la democracia representativa”.

Para sustentar su decisión, el alto tribunal construyó lo que denominó una cadena indiciaria sólida, basada en pruebas testimoniales, documentales y técnicas trasladadas del proceso que se adelanta en la Corte Suprema de Justicia. A ello se sumaron las declaraciones coincidentes de Olmedo López y Sneyder Pinilla, chats de WhatsApp, registros de la compra y fotografías de maletas usadas presuntamente para empacar el dinero, y la ubicación de celulares que ubicaron a Sandra Ortiz en el apartamento de Name en las fechas señaladas, versión que fue respaldada por los relatos de los conductores del esquema de seguridad de la Unidad Nacional de Protección (UNP).

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La Sala también identificó lo que calificó como un patrón en el trámite legislativo de la reforma pensional. Según el fallo, la contraprestación de Name no habría consistido en votar a favor del proyecto, sino en ceder el control institucional de las plenarias. De las 16 sesiones en las que se discutió y votó la reforma, el exsenador se ausentó o cedió la dirección en 14 de ellas a la senadora María José Pizarro, sin que mediara incapacidad médica, vacancia o imposibilidad material que lo justificara. Bajo la conducción de Pizarro, señaló el tribunal, el trámite avanzó con celeridad, incluso mediante mecanismos como la votación de articulados en bloque.

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El alto tribunal concluyó que Name actuó con dolo premeditado y consciente. El fallo sostiene que, dada su amplia trayectoria parlamentaria y su rol como presidente de la corporación, el exsenador conocía con rigor sus deberes reglamentarios, y señala que disfrazó su conducta bajo una "falsa oposición" pública, mientras que, según la Sala, facilitó de forma sistemática y por fuera de la escena pública el avance de la iniciativa legislativa acordada a cambio de una dádiva económica.

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