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La Corte Constitucional falló unta tutela a favor de la madre del estudiante Sertgio Urrego Reyes, quien en agosto de 2014 tomó la trágica decisión de ponerle fin a su vida arrojándose de la terraza de un centro comercial en Bogotá debido a la presión de las directivas de su colegio por su orientación sexual. (Lea Las pruebas de Sergio)
Al resolver la acción judicial el alto tribunal determino que si se presentó una violación de los drechos de intimidad, igualdad y debido proceso por parte de los accionados. En este punto se manifiesta que se presentó una vulneración de sus derechos después que se conociera que sostenía una relación con un estudiante del mismo plantel.
“No es concebible, dentro de un Estado Social de Derecho que la trágica muerte de un joven producto de la incomprensión, sea una nueva razón, para reconocer nuestro compromiso en evitar que la realidad masiva, reiterada y estructural de la violación de los derechos fundamentales de las niñas, los niños y los adolescentes en nuestro país”, indica la decisión. (Lea Por muerte de Sergio rectora renunció)
En el pronunciamiento, la Corte manifiesta que “es imposible aspirar a una sociedad robusta, deliberativa, plural y democrática si nuestros ciudadanos son formados a partir del sobresalto y la incomprensión”. Por estos hechos le pide a todas las parte en este caso que se abstengan de hacer apreciaciones negativas y ofensivas al buen nombre de Sergio Urrego y sus familiares.
El alto tribunal exhortó al Ministerio de Educación para que en el término de un año a todas las instituciones educativas públicas o privadas del país actualizar sus manuales de convivencia frente al respeto sobre la diversidad sexual de los estudiantes, esto con el fin de garantizar su libre desarrollo de la personalidad.
Además le ordena al Colegio Gimnasio Castillo Campestre, donde estudiaba Urrego Reyes, otorgarle un grado póstumo. El cual le fue negado por decisión de la rectora, decisión que fue cuestionada por el estudiantado y los familiares del joven de 16 años al considerar que se le vulneraron todos sus derechos.
“Como una medida que busca reparar de manera integral los derechos del menor, se ordenará instalar una placa en las instalaciones del colegio con el fin de honrar la memoria del hijo de la accionante y recordar que los espacios educativos deben promover una deliberación en la diferencia, el respeto y la pluralidad”, indica la decisión.
El joven de 16 años fue llevado ante la rectora del colegio, y posteriormente ante la psicóloga del mismo centro educativo, después de que el profesor de educación física, Mauricio Ospina, se percatara de la foto de un pico entre el joven y un compañero de curso. Por ese motivo fueron obligados a poner en conocimiento de sus padres su relación sentimental, al igual que a presentar certificados de psicorientación. (Lea Un año tras la lección de Sergio)
“El acto público deberá contar con la presencia de las autoridades educativas del país, particularmente el Ministerio de Educación, como forma de asumir un compromiso público contra el fenómeno del hostigamiento escolar y la promoción del respeto por la diversidad sexual en los foros educativos”, precisa uno de los apartes de la decisión.
El mismo deberá contar “con la presencia de las personas de las personas e instituciones que, como la Unión Libertaria de Estudiantes, jugaron un rol importante en la vida de Sergio para que, más allá de sus posiciones ideológicas o políticas, puedan exaltar la memoria del joven y celebrar su legado. Adicional a esto, y como una medida del joven y celebrar su legado”.
La Fiscalía General le imputó tres delitos a la exrectora del centro educativo, Amanda Azucena Castillo Cortes; la psicóloga del colegio Ibonn Andrea Cheque Acosta y la veedora de la institución, Rosalía Ramírez Rodríguez. Ante la pregunta del juez de garantías las procesadas se declararon inocentes de los cargos de discriminación, falsa denuncia y ocultamiento de pruebas agravado.
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