Corte Suprema niega tutela a Nicolás Petro y deja en firme juicio en su contra

La Corte Suprema de Justicia le negó una tutela al hijo del presidente Petro, en la que aseguraba que le habían violado varios de sus derechos en la audiencia de imputación. El alto tribunal lo invitó a que despliegue, dentro de su proceso, “los actos de defensa que considere convenientes” para defender su inocencia.

10 de abril de 2024 - 10:02 p. m.
Corte Suprema niega tutela a Nicolás Petro y deja en firme juicio en su contra

La Corte Suprema de Justicia le acaba de negar una tutela al exdiputado Nicolás Petro, hijo del presidente Gustavo Petro, con la que buscaba retroceder todo el proceso penal que tiene en su contra por presunto enriquecimiento ilícito y lavado de activos. Nicolás Petro alegaba que le habían violado su derecho fundamental al debido proceso, pero, cero y van tres, la Corte Suprema de Justicia confirmó lo que ya había determinado un juzgado y el Tribunal Superior de Barranquilla.

Nicolás Petro ha asegurado que el Juez 74 penal de Garantías de Bogotá, el que avaló su imputación en agosto pasado, cometió un error procedimental relacionado con su calidad de servidor público al momento de presuntamente enriquecerse ilícitamente. Según la Fiscalía, el hijo del presidente no tendría cómo probar de dónde sacó hasta $1.000 millones, los cuales habría intentado ocultar en compra de propiedades y vehículos de alta gama puestos a nombre de terceros.

Ninguna autoridad de la justicia le ha hecho caso a Nicolás Petro en su acción de tutela y, de hecho, la Fiscalía lo llamó a juicio en enero pasado. Con la tutela, el exdiputado buscaba retroceder todo el proceso a la primera instancia. No obstante, la Corte Suprema de Justicia le recordó que la acción de tutela es un recurso que no puede intervenir indebidamente en procesos que están en curso. De lo contrario, los procesos penales serían interminables, si se interpusiera una tutela en cada decisión que a un investigado no le parezca justa.

“Como principio, el juez constitucional está autorizado para adentrarse en el análisis cuando advierta una situación tal que haga imperativa la intervención excepcional e inmediata para remediarla; cuando el debate no compromete aspectos neurálgicos cuyos efectos pueden ser debatidos en el devenir del proceso, su intervención está vedada”, concluyó la Corte Suprema.

La Corte Suprema le recordó a Petro que, además, el juzgado que lleva su caso ya le había advertido que no intentara realizar maniobras dilatorias. Que el proceso sigue en trámite, por lo cual sigue abierta la posibilidad para que Nicolás Petro ejerza sus derechos y despliegue los actos de defensa que considere convenientes, siempre y cuando sea en el escenario natural donde pueda hacerlo.

“Si se pretende invalidar lo actuado, sea cual fuere el motivo, tiene las posibilidades del proceso penal, mediante la postulación de nulidad en el alegato de cierre, o la interposición de eventuales recursos, ordinarios y extraordinarios, contra eventuales decisiones desfavorables, siempre dentro del proceso”, concluyó la Corte Suprema.

La Fiscalía, por su parte, se mantiene firme en vincular a Nicolás Petro con un incremento patrimonial injustificado en un total de $1.053 911.056 millones. Tal cantidad de dinero no sería “producto de su labor como Diputado, y, al no haber reportado, ni encontrado, otra actividad económica legal y regular que le genere ingresos, ni apalancamiento financiero, estos se reputan como un incremento patrimonial injustificado, y lo es, porque estos no son el resultado y fruto de su trabajo, sino de los constantes ingresos clandestinos de dinero desde mayo de 2021 hasta finales del año 2022, recibidos en efectivo”.

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William(16260)11 de abril de 2024 - 12:22 a. m.
Mamertos corruptos. Que se aplique el artículo 109 de la Constitución Política contra la dupla funesta del gobierno “ DEL CAMBIO” por parte del Congreso .
Juan(16036)11 de abril de 2024 - 01:38 a. m.
Yo no lo crié...
Gustavo(34793)10 de abril de 2024 - 10:48 p. m.
Igualito al que no lo crió
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