De cacerolas a esposas: así funcionan las detenciones en las protestas

La figura de traslados por protección, una forma de detención que le permite a la Policía privar a alguien de su libertad hasta por 12 horas, han tenido un aumento drástico en las recientes protestas. Cifras, testimonios y hasta un informe de la ONU, alertan de arbitrariedades.

MutanteOrg - Felipe Morales Sierra
17 de marzo de 2020 - 03:00 a. m.
Entre el 21 de noviembre y el 12 de diciembre de 2019, 1.662 personas fueron detenidas en todo el país. / Ilustraciones de Juan Pablo Gaviria
Entre el 21 de noviembre y el 12 de diciembre de 2019, 1.662 personas fueron detenidas en todo el país. / Ilustraciones de Juan Pablo Gaviria

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Desde que iniciaron las movilizaciones del Paro Nacional en Colombia, el 21 de noviembre de 2019, Francisco*, estudiante universitario de Bogotá, ha salido con sus pinturas, su cacerola y sus amigos  varias veces a la calle. La última vez que lo hizo fue el el 21 de febrero, el mismo día que terminó en un calabozo. La Policía lo detuvo, lo esposó y se lo llevó al Centro de Traslado por Protección (CTP) de Puente Aranda, el único que existe en la ciudad; un lugar creado para llevar a personas tan “exaltadas”, que suponen un riesgo para sí mismas o para los demás. Esta forma de detención, aunque por razones constitucionales debería ser excepcional, ha aumentado en las recientes protestas: solo entre el 21 de noviembre y el 12 diciembre, 1.662 personas fueron detenidas en todo el país, según las cifras registradas en el informe del Alto Comisionado para los Derechos Humanos de la ONU (Acnudh).

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Ese día, Francisco y sus amigos llegaron a las 6:00 de la mañana al Portal de Suba de Transmilenio, uno de los más concurridos del sistema de transporte público de la capital. Atendían a una convocatoria que les llegó por redes sociales, pero cuando llegaron solo había un puñado de manifestantes, superados por los casi 50 policías alrededor. Se alertaron: “Yo les dije a mis compañeros: vámonos, la Policía ya nos identificó como ‘los capuchos’ y si algo feo pasa, nos van a echar la culpa”, cuenta Francisco. Caminaron por la Avenida Suba, que conecta esta localidad de Bogotá con el centro y occidente de la ciudad y está a la altura de la estación La Campiña. Allí, dice,  dos policías en moto los requisaron y los intimidaron con judicializarlos. 

“Nos pusieron a los siete contra la pared y empezaron a llegar más motos. Nos requisaron y nos encontraron guantes, banderas, y todo lo fueron extendiendo en el suelo. Aunque solo éramos siete, llegaron como seis motos, cada una con patrullero y copiloto”, asegura Francisco. Luego, según su versión, los subieron a una patrulla con esposas en las manos, ninguno accedió a entregar su celular sin una orden judicial y, en cambio, aprovecharon para avisarle a sus contactos de confianza que estaban siendo detenidos. Entre las personas a las que les escribieron estaba alguno de los miembros de la Campaña Defender la Libertad, una iniciativa de organizaciones sociales como el Comité de Solidaridad con Presos Políticos (Cspp) y el Colectivo de Abogados José Alvear (Cajar), que acompañan protestas para velar por el respeto de los derechos de los manifestantes.

Como todas las denuncias que les llegan, recibieron el reporte por Whatsapp: siete jóvenes detenidos en Suba desde las 9:30 de la mañana, al parecer solo por estar en la protesta. La Campaña alertó por redes sociales y se puso en diálogo con la Policía, el Ministerio Público y otras organizaciones. Además, les dieron instrucciones a los jóvenes de cómo actuar. Por la presión que generaron, la Personería de Bogotá pidió un reporte a la Policía de lo ocurrido y la respuesta fue que a los detenidos les habían encontrado “elementos contundentes, pañoletas, pasamontañas y más elementos para ser utilizados durante las marchas”.

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Alexandra González, miembro de la Campaña que estuvo al frente del caso, se sabe de memoria las causales del traslado por protección, por eso precisa que portar elementos contundentes no es una de ellas. Francisco dice que, mientras tanto, los llevaron de un CAI a otro de Suba, una localidad al norte de Bogotá. Era mediodía y todavía no los trasladaban al CTP. De acuerdo con el relato de Francisco, después de siete horas de estar esposados y dando vueltas en patrullas, finalmente los trasladaron al CTP sobre las 3:00 p.m. y los dejaron salir sobre las 6:30 p.m. A pesar de que, según González, esto ocurre con frecuencia, los jóvenes decidieron no quedarse de brazos cruzados ante lo que consideraron un procedimiento ilegal. 

En una queja que interpusieron ante la Procuraduría ―máxima autoridad en procesos disciplinarios―, solicitan que los uniformados que los detuvieron sean investigados por abuso de autoridad y privación ilegal de la libertad. Por un lado, porque “con ocasión de sus funciones procedieron a efectuar un procedimiento de traslado por protección sin sustento en un marco legal”, tal como lo registraron. Y, por otro, porque “en el informe presentado por los mismos manifiestan que la detención surge como producto de una requisa y el ‘material encontrado’. Sin embargo, esto no es una causal para realizar un traslado por protección”. 

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Los traslados por protección son detenciones administrativas que le permiten a la Policía privar a un ciudadano de su libertad hasta por 12 horas cuando esté en condiciones en las que puede hacerse daño o lesionar derechos de otros. “La Policía utiliza esta figura para todo: si uno se peleó con un agente, si está en una riña en la calle, gente que se robó algo y no hay como comprobarlo”, asegura Mauricio Albarracín, subdirector del Centro de Estudios Jurídicos Dejusticia. Aunque está pensado para proteger a la persona, la escena de la detención es muy similar a la de una captura: a la persona le ponen esposas, la suben a una patrulla y luego la meten en una celda. 

Esta disposición la creó el Código de Policía de 2016 (Ley 1826) y está consignada en su artículo 155, pero nació mucho antes. “Eso ha tenido muchas nombres, porque el anterior Código de Policía (que databa de los años setenta) permitía una figura conocida como “retención transitoria”. Bajo esa norma, se podía retener por 24 horas a cualquier persona en 'alto grado de excitación'", asegura Albarracín, quien ha estudiado de cerca cómo la medida puede conducir a detenciones arbitrarias o privaciones de la libertad injustificadas, según dijo, “en especial de personas sistemáticamente discriminadas: habitantes de calle, usuarios de droga, trabajadoras sexuales, y, ahora, manifestantes”. 

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La retención transitoria fue limitada por la Corte Constitucional en 2007, en la sentencia C-720. No obstante el Congreso la revivió y la convirtió en traslado por protección en 2016. En el texto final, se definieron seis causales por las que alguien puede ser detenido con esta figura: deambular en estado de indefensión; estar en un estado de grave alteración de conciencia por condiciones psicológicas; cuando el consumo de sustancias alcohólicas o psicoactivas ponga a la persona en una situación de riesgo; involucrarse en una riña; comportamientos peligrosos; y, por último, estar en peligro de ser agredido. 

Pero el derecho a la libertad es tan importante, que por eso el artículo 155 a su vez está acompañado por una serie de parágrafos para limitar aún más este tipo de detenciones, las cuales deben ser vistas como la última medida: por ejemplo, debe intentarse entregar a la persona a un familiar o “allegado” o llevarle a su casa, de no ser esto posible, se debe acercar a la persona  a un hospital o a un centro asistencial;  en ningún caso se puede trasladar a una persona a sitios como estaciones de policía, URIs, cárceles o similares y, además, los retenidos deben ser separados por sexo. En un conversatorio organizado por Mutante, Sebastián Azuero del Cajar, explicó que tampoco existe un diseño del protocolo con un claro enfoque de género.

Asimismo, el procedimiento debe contar con acompañamiento del Ministerio Público, debe entregarse un informe escrito por parte de la policía incluyendo la motivación del traslado y las circunstancias de modo, tiempo y lugar, se debe permitir la comunicación con un allegado, y no se puede trasladar a alguien solo por el hecho de estar consumiendo alguna sustancia psicoactiva.  A pesar de todos estos controles, Albarracín dice que, en la práctica, “reina la discrecionalidad, la informalidad y la relación que se tenga con el policía”. Para él, esta norma hace que el policía se convierta “en investigador, fiscal y juez", vulnerando todo el debido proceso, la presunción de inocencia y, en conclusión, el Estado de Derecho. 

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Algunos líderes políticos y sociales como Alirio Uribe, Ángela María Robledo, Gustavo Gallón y Jomary Ortegón consideraban, como el abogado Albarracín, que la norma es muy general y se presta a arbitrariedades. Por eso, incluyeron el artículo en una  demanda que interpusieron contra todo el apartado sobre protesta social del Código de Policía, pues en la ley original se pretendía, por ejemplo, obligar a las organizaciones sociales a pedir permiso antes de protestar. Esas pretensiones llegaron a la Corte Constitucional, que terminó dándoles la razón en algunos puntos al declarar inexequible gran parte del articulado que había sido aprobado en el Congreso en la sentencia C-281 del 2017. 

Ese mismo fallo, sin embargo, dejó casi incólume el traslado por protección, pero precisó algunas cosas. Por ejemplo, “la Corte considera que la medida de traslado por protección sólo es proporcional si existen en el municipio lugares adecuados para que el traslado redunde efectivamente en la protección del individuo o de terceros. Donde estos lugares no existan, el personal de la Policía no podrá recurrir al medio de traslado por protección”. Fue así como se ordenó indirectamente la creación de los Centros de Traslado por Protección, ya que donde no existan no se podrá recurrir a la medida.   

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Son los alcaldes, como máximas autoridades de Policía de los municipios, quienes deben coordinar y destinar los presupuestos para crear sitios específicos para trasladar a las personas retenidas, esto como condición de legalidad de la medida. De tal forma que todos los traslados por protección, que se hayan realizado en el país, sin el cumplimiento de este requisito, son abiertamente inconstitucionales. “Y no solo es que deban destinar los sitios, sino que esos sitios deben tener unas condiciones materiales adecuadas para la menor afectación de derechos, si es que esto pudiera llegar a ser posible en situaciones de encierro”, advierte el abogado David Enrique Valencia, profesor de criminología de la Facultad de Derecho de la Universidad de Antioquia. 

Ya en ciudades como Manizales, Montería y Santa Marta se metieron la mano al bolsillo para crear estos espacios; en Bogotá y Medellín adecuaron las extintas Unidades Permanentes de Justicia (UPJ) como CTP —que no son más que bodegas espaciosas con calabozos—, y en Cali, apenas iban a iniciar la construcción de un Centro a fines del año pasado. En las otras ciudades en que no se han adecuado estos sitios, hubo detenidos durante el Paro Nacional, a pesar de la clara orden de la Corte Constitucional.

Tal como lo demuestran los datos suministrados por la propia Policía a la ONG Temblores, entre el 21 de noviembre y el 22 de diciembre, en todo el país se aplicó la medida de traslado por protección en 11.843 ocasiones. Es decir, 382 personas fueron detenidas diariamente en los días más álgidos de protesta. Aunque no todas fueron trasladadas con ocasión de las protestas, apenas en Bogotá, el día de 2019 en el que se presentó el mayor número de  traslados, según la Personería, fue el 22 de noviembre. El mismo momento en el que se decretó un toque de queda general en la ciudad por primera vez en 42 años.

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Luego de que se presentaran disturbios en diferentes lugares de la capital, el intento de robo de un bus del sistema integrado de transporte, agentes de Policía agredidos por la ciudadanía y hasta un almacén Ara saqueado, la ciudad estaba en estado de pánico, motivado, también, por una serie de denuncias falsas de robos en los conjuntos residenciales. El entonces alcalde Enrique Peñalosa decidió prohibir la circulación por la ciudad mientras todo se normalizaba. Pero el día cerró con 212 personas retenidas y llevadas al CTP, según la Personería. Ese día, como es la tendencia según los datos del Ministerio Público, más del 90% de los detenidos eran hombres y menos del 5% eran mujeres. 

El abogado Valencia explica que “la única forma que uno tiene de hacerle seguimiento a la constitucionalidad de la medida es el escrito que debe radicar el agente, en el que tiene que explicar por qué el traslado era la medida más idónea en esa circunstancia. Tiene que preguntarse, con cada uno de los medios de policía que trae el Código, por qué los otros medios no cumplían la finalidad que se buscaba con el TPP y a un menor costo de derechos”. En otras palabras, el agente debe argumentar por qué no fue suficiente una requisa, una multa, o, simplemente, pedirle a los ciudadanos que se retiraran del lugar. El último punto es importante, explican González y Valencia, porque si las personas que perturban la convivencia se van del sitio, la supuesta amenaza deja de existir y la Policía no debería trasladarlos. 

Algo muy distinto, sin embargo, le pasó a Laura* en el Aeropuerto El Dorado de Bogotá el 7 de diciembre del año pasado. La bulla de las cacerolas y la tensión entre manifestantes y Fuerza Pública habían sobrevivido más de dos semanas y el primer sábado de diciembre se convocó una protesta en el terminal aéreo más importante del país. Laura, periodista y fotógrafa, llegó a cubrir con una amiga. “Cuando llegamos, no había mucha cosa, pero todas las puertas del aeropuerto estaban llenas de Policía y estaba muy vigilado. A la entrada nos requisaron, revisaron nuestras maletas, y nos pidieron documentos”. 

Mientras estaban en el lugar, vieron por redes sociales que la Policía había detenido a dos profesoras de la Universidad del Rosario que sostenían carteles en las llegadas de vuelos internacionales, la economista Soledad Granada y la politóloga Emilia Frost. “Nos fuimos a la estación de Policía del aeropuerto al frente de la puerta 5 a ver qué había pasado. Allá nos encontramos con más reporteros que también estaban averiguando lo mismo. Les pregunté a los patrulleros qué estaba haciendo mal o cuál era el peligro de una persona que sostiene un cartel para que se las llevaran detenidas. Nunca nos respondieron”, cuenta Laura.

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Ella comenzó a grabar y en el video se ve que, a los reporteros que averiguaban por las profesoras, se fueron sumando ciudadanos indignados que exigían explicaciones. Laura narró que en un momento escuchó al comandante de Policía de El Dorado, teniente coronel Wilson Silva, ordenarle a sus subalternos: “Me sacan esta plaga de acá en 15 minutos o nos los llevamos a todos”. Dice que el comentario los dejó tan fríos que su amiga se fue de inmediato. Laura se quedó unos minutos más, pero cuando ya iba a salir, asegura que dos patrulleras la siguieron hasta la puerta y la tomaron de la muñeca con fuerza. “Suélteme que me estoy yendo”, reclamó. “Sí, yo la acompaño al bus”, recuerda que le respondió una policía.

La respuesta, desde luego, era de un oscuro sarcasmo: el bus al que las agentes llevaron a Laura contra su voluntad era el que había dispuesto la Policía para trasladar a los manifestantes que fueron detenidos en el transcurso del día. “Me dirigieron hacia el bus y forcejeamos porque me querían quitar el celular. Me subieron al bus jalándome del pelo y logré quedarme con el teléfono. Subieron a más personas y, aunque entre todos preguntamos a dónde nos llevaban, no nos decían nada”, cuenta la periodista. Su caso, como el de las profesoras de la Universidad del Rosario, fue uno de los más sonados porque diversas organizaciones sociales alertaron de lo ocurrido.

El comandante Silva luego aseguró que a las docentes las detuvieron porque estaban “obstaculizando” el tránsito de quienes llegaban por salidas internacionales y al resto de manifestantes porque llevaban objetos peligrosos. Laura señala, por otro lado, que fue la misma Policía la que las requisó a la entrada del Aeropuerto: “¿Cómo no vieron esos supuestos objetos peligrosos?”. Cuando llegaron a la estación de Policía que queda afuera del terminal aéreo, les ocurrió lo mismo que Soledad Granada denunció en El Espectador: una mujer vestida de civil, que se presentó como agente de inteligencia, le pidió sus cédulas y les dijo que las iba a interrogar. 

Esclarecer qué ocurre en estos buses o en el lapso entre la detención y la llegada de las personas al CTP es muy complicado, pero todas las fuentes consultadas coincidieron en que es el momento en el que ocurren más arbitrariedades. Albarracín dice, por ejemplo, que los buses son “tenebrosos”: “Antes se llevaban a los detenidos en un camión con huecos que llamaban 'la terrera'. Luego los cambiaron por estos buses, que son peores. Son tenebrosos por dentro: no tienen cámaras, no tienen ventilación y hemos recibido denuncias de que a algunos manifestantes incluso les tiraron gases adentro. En uno de esos buses, en febrero, violaron a una mujer que detuvieron por entrar a Transmilenio sin pagar”.

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En el vehículo en el que iba Laura, ella y las demás mujeres se rehusaron al unísono a irse con la agente. “Hubo varios policías que entraron al bus a lo mismo, pero un rato después llegaron periodistas a ese lugar y con las cámaras grabando, ahí sí nos movieron y nos llevaron al CTP de Puente Aranda”, aseguró la comunicadora. Ella tuvo su teléfono consigo todo el tiempo y, tras recibir instrucciones de organizaciones de derechos humanos, logró avisarle a su hermano que fuera a recogerla al CTP. A pesar de que él llegó casi al tiempo que ella, el papeleo y un retraso que no termina de entender hicieron que la Policía la dejara salir cinco horas después. 

El caso de Laura y Los usos de este procedimiento en el Paro captaron, también, la atención del Alto Comisionado para los Derechos Humanos de la ONU, cargo que para Colombia ocupa el italiano Alberto Brunori. En el informe anual de derechos humanos que realiza esa instancia, quedó explícita su “preocupación” por el uso frecuente de los traslados por protección en las protestas. “Esta medida otorga facultades discrecionales a la policía para limitar el derecho a la libertad personal, tal y como fue observado por el ACNUDH, el 7 de diciembre, durante una protesta pacífica y silenciosa en el aeropuerto de Bogotá”, reza el informe.

Asimismo, el informe que el presidente Iván Duque llamó una “intromisión a la soberanía nacional”, documentó que, en las protestas, “algunos oficiales de la policía, presuntamente, perpetraron actos contra los manifestantes que podrían llegar a constituir malos tratos y/o tortura, tales como desnudez forzada, amenazas de muerte con matices racistas y repetidas golpizas”. La oficina de Brunori acompañó, por ejemplo, el caso de una joven que habría sido golpeada por agentes de la institución “mientras filmaba un documental sobre las protestas, resultando con lesiones graves en su cabeza”. La Acnudh reprochó que, “si bien se presentó una denuncia formal ante la Fiscalía, ésta calificó el trato sufrido por la víctima como abuso de autoridad”. 

Dos altas fuentes que trabajan de cerca con protestas desde instituciones del Estado contaron que tanto en Medellín como en Bogotá han recibido denuncias que, aunque difíciles de comprobar, no dejan de ser graves: al parecer, en algunos sectores de estas dos ciudades, los comandantes de Policía les exigen a sus subalternos detener un número mínimo de personas. Es decir, les estarían poniendo cuotas de ciudadanos a quienes deben trasladar al CTP. “Si llegase a existir esa orden, sería abiertamente inconstitucional, porque el funcionario no puede prever, antes del hecho, que el medio que va a aplicar es el traslado por protección”, explicó el abogado Valencia.

Una de las fuentes precisó que en Bogotá, la localidad de la que más han recibido denuncias de este tipo es Kennedy, al suroccidente de la capital. Casualmente, según datos de la Personería, este sector de la ciudad es en el que más se presentaron traslados por protección en todo el año pasado. González agregó que en la Campaña Defender la Libertad han notado que en esta zona es una constante que a todos los ciudadanos que detengan en protestas los conduzcan primero a la estación de Policía y, tras unas horas, sí los lleven al CTP, contrario a lo que dejó explícito la Corte Constitucional al delimitar el procedimiento. 

Desde una de las casas, una mujer les hizo señas: “Todo fue muy rápido, entonces yo entendí que la señora nos estaba diciendo que nos ayudaba. Nosotros entramos a su casa, nos quitamos todo ―yo, por ejemplo, tenía una máscara de gas― y, después, la señora abrió la puerta porque los policías estaban golpeando. Entraron y comenzaron a decir que nos iban a judicializar por porte de armas, pero no teníamos nada sofisticado: solo vinagre y bicarbonato, los neutralizadores para cuidarnos de los gases”, cuenta Diego. Sin embargo, dice que lo metieron a un baño de la casa y lo comenzaron a golpear, y luego hicieron lo mismo con varios de sus compañeros. 

Dice que los sacaron de la casa, los esposaron y los subieron a las patrullas. Sin embargo, no los dirigieron al CTP, sino a la estación de Policía conocida como Bomberos, más o menos a las 3:00 p.m., según recuerda. “Cuando llegamos allá, nos hicieron como todo el proceso de humillación: nos preguntaban que por qué salimos, que por qué no los respetamos”. El bus que los iba a llevar al CTP, cuenta Diego,  tenía todas las ventanas rotas, “creo que también se demoraron en llevarnos porque no se atrevían a salir a las Américas”. Luego tomaron la decisión de llevarlos en una patrulla, pero él asegura que los cambiaron de patrulla en patrulla, sin salir de la estación. 

Finalmente, cuando llegaron al CTP finalizando la tarde, se encontraron con alguien del Ministerio Público que les explicó qué les estaba sucediendo: que estaban siendo trasladados por protección, que no iban a ser judicializados, que debían ser liberados en un lapso no mayor a 12 horas desde la detención, y demás particularidades del proceso. Para su suerte, ya había defensores de derechos humanos como González que tenían los nombres de Diego y sus compañeros, como registro de que fueron retenidos en la protesta. “Le fueron diciendo a la Policía y nos sacaron de uno en uno a todas las personas que hacíamos parte del paro”, recuerda. 

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Ese día aprendió que el traslado fue creado para proteger a personas en un alto grado de exaltación. Pero, asegura: “Nosotros en ese momento no nos encontrábamos agresivos. La Policía acude a esa excusa para llevarnos, pero esa figura no debería ser utilizada para capturar a gente que está ejerciendo su derecho a la protesta”. En el mismo sentido, Francisco, el estudiante que ya inició un proceso en la Procuraduría por su detención, dice: “A toda la gente que anda robando en tiendas y en el Transmilenio ni los investigan, pero a nosotros que somos estudiantes, que a duras penas completamos un mínimo y que estamos exigiendo derechos, sí nos cogen en la calle por asistir a una marcha”.

Para Dejusticia, la Campaña Defender la Libertad, la Comisión Colombiana de Juristas y otras organizaciones, en las recientes protestas ha existido un “uso indiscriminado del traslado por protección”. Por eso, fue uno de los puntos que incluyeron en la tutela que radicaron en diciembre pasado ante el Tribunal Superior de Bogotá. Según el documento, estos procedimientos se han utilizado “con el fin de intimidar y evitar la movilización”, y en su desarrollo “se han identificado prácticas que pueden dar lugar a desapariciones forzadas, tratos crueles e inhumanos, y violencias con impactos diferenciados de género sobre poblaciones sujetas a especial protección constitucional”. 

Para este reportaje nos contactamos con la Oficina de Comunicaciones Estratégicas de la dirección general de la Policía. Allí nos remitieron a la Dirección de Seguridad Ciudadana, que respondió no ser la competente para entregar esa información y nos volvió a remitir a la Dirección General. Al final, y a pesar de aclarar cuál sería la fecha de publicación, ninguna de las direcciones respondió nuestras preguntas. 

*Nombres cambiados por protección de los entrevistados

Este reportaje hace parte de #HablemosDeLaPolicía de @MutanteOrg, una conversación sobre las múltiples violencias policiales a las que se enfrentan colombianos y colombianas.

Para comprender mejor nuestra relación con la Policía Nacional, les invitamos a llenar este sondeo, y a estar atentos a sus resultados: http://bit.ly/EncuestaMutantePolicia.

Por MutanteOrg - Felipe Morales Sierra

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