La Fundación para la Libertad de Prensa (FLIP) rechazó la decisión del Juzgado Único Administrativo de Leticia que ordenó a la periodista Camila Zuluaga y a Caracol Televisión rectificar información relacionada con un proceso judicial en el que está vinculada la candidata al Congreso Mónica Karina Bocanegra Pantoja, en vísperas de las elecciones legislativas del próximo 8 de marzo.
De acuerdo con la FLIP, la noticia que motivó la acción de tutela informaba sobre la existencia de un proceso de pérdida de investidura contra la candidata, un asunto que aún está pendiente de una decisión en el Consejo de Estado. Para la organización, se trata de un hecho verificable y de claro interés público, más aún en medio de una contienda electoral, cuando la ciudadanía debe contar con la mayor cantidad de elementos posibles para decidir su voto.
La Fundación explicó que, durante el trámite de la tutela, el juez ordenó como medida provisional que el medio hiciera una aclaración sobre el estado actual del proceso judicial. Esa orden, según la FLIP, fue cumplida dentro de los tiempos establecidos. Sin embargo, posteriormente, el despacho concluyó que debía hacerse una rectificación adicional, al considerar que la información difundida tenía un carácter subjetivo.
Ese punto es, precisamente, el que cuestiona la FLIP. A su juicio, informar sobre la existencia de un proceso judicial en curso no puede equipararse a difundir información falsa ni inventada. Además, que un medio reporte que una candidata enfrenta un proceso pendiente de decisión hace parte del ejercicio legítimo del periodismo y de la función de vigilancia que cumplen los medios sobre quienes aspiran a cargos de elección popular.
La organización sostuvo que la existencia del expediente judicial es un hecho comprobable y que su difusión contribuye al debate público en democracia. También señaló que la ciudadanía tiene derecho a conocer la trayectoria pública y los antecedentes judiciales de quienes buscan llegar al Congreso, de manera que pueda valorar libremente esa información al momento de votar.
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Para la FLIP, el problema de fondo es el mensaje que una decisión de este tipo puede enviar al periodismo, sobre todo en tiempos electorales. Según advirtió, “si informar sobre procesos judiciales de candidatos termina en órdenes de rectificación o sanciones, los medios pueden verse presionados a evitar la cobertura de temas que son relevantes para el debate público”.
A través de un comunicado de prensa, la Fundación agregó: “En una democracia, la transparencia sobre la trayectoria pública y los procesos judiciales de quienes aspiran a cargos de elección popular es un elemento fundamental del debate público. Limitar la circulación de esta información afecta el derecho de la sociedad a estar informada y debilita las condiciones para un voto libre e informado”.
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En ese sentido, la Fundación alertó sobre el efecto que pueden tener este tipo de fallos. En lugar de ampliar el debate público, dijo, pueden restringirlo y debilitar una de las condiciones básicas de la democracia: que el electorado tenga acceso a información suficiente, contrastada y oportuna sobre quienes compiten por el poder político.
La FLIP insistió en que la transparencia sobre la trayectoria pública y los procesos judiciales de los candidatos es un componente esencial de una campaña electoral libre. Limitar la circulación de esa información, añadió, no solo afecta el ejercicio periodístico, sino también el derecho de la sociedad a estar informada y a participar en elecciones con más elementos de juicio.
Por eso, la organización hizo un llamado a las autoridades judiciales para que, al estudiar casos relacionados con libertad de expresión —en especial en contextos electorales—, apliquen los estándares constitucionales e interamericanos que protegen de manera reforzada el debate público sobre asuntos de interés general.
Además, reiteró su llamado a la Escuela Judicial Rodrigo Lara Bonilla para que fortalezca la formación de jueces y otros servidores judiciales en materia de libertad de expresión. Según la FLIP, una mejor preparación en estos estándares podría evitar interpretaciones desproporcionadas que terminen restringiendo el periodismo y afectando el derecho ciudadano a recibir información sobre quienes aspiran a ocupar cargos de elección popular.
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