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¿Hasta dónde llega la justicia en la protección de los animales?

Un video en el que se ve la caída de un caballo mientras estaba en medio de un espectáculo en un restaurante a las afueras de Bogotá abrió el debate sobre el maltrato animal. Aunque los dueños del establecimiento explicaron que el impase no causó afectaciones en los asistentes al evento y tampoco al animal, el hecho generó todo tipo de críticas. Aquí le contamos en materia judicial cómo se protegen a los animales.

Redacción Judicial

15 de octubre de 2021 - 12:00 p. m.
Un video que circula en redes sociales muestra a un caballo negro que durante un accidente en el restaurante Mi Margarita cae sobre las mesas de los comensales. Este video, en realidad, es de agosto. El restaurante, en medio de críticas, explicó que no hubo heridos y aseguró que jamás han maltratado a sus animales.
Foto: Desconocido
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Una oleada de mensajes de rechazo generó un video que se hizo viral. En el material fílmico, se ve a un hombre sobre un caballo negro que, tras levantarse en sus patas traseras, pierde el equilibrio y cae al piso. El hecho ocurrió en el restaurante Mi Margarita, ubicado a las afueras de Bogotá. Aunque los dueños del establecimiento resaltaron que el evento ocurrió en agosto pasado y no dejó afectaciones a los asistentes ni tampoco al animal, las críticas sobre su “uso” abrieron un gran debate.

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Activistas ambientales y defensores de los animales coincidieron en el posible maltrato animal al que se vio enfrentado el caballo en medio del espectáculo, que no solo contó con la presencia del jinete sino también con un número considerable de visitantes que disfrutaban del evento. Este no es el único restaurante que usa caballos para entretener a los comensales, situación que es reprochable por parte de quienes protegen a los animales.

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Aunque la defensa de estos es poco conocida, desde 2017 hasta la fecha, el Instituto Distrital de Protección y Bienestar Animal de Bogotá (IDPYBA) ha atendido a 17.893 animales por presunto maltrato y han fomentado más de 11 mil visitas con el fin de identificar y evitar este tipo de situaciones. La labor la hacen a través del Escuadrón Anticrueldad, cuyo equipo tiene la misión de atender a los animales que sufren cualquiera de las seis formas de crueldad animal: abandono, negligencia, sobreexplotación, abuso sexual, maltrato físico y maltrato emocional.

Para concretar si existe algunos de estos episodios, el escuadrón realiza visitas de verificación de bienestar que buscan, entre otras cosas, evaluar parámetros de salud, nutrición, confort y comportamiento. Las inspecciones se llevan a cabo en acompañamiento de la Policía Ambiental y Ecológica y se articula con los Inspectores de Policía. De acuerdo con el concepto que se emita, (favorable, desfavorable o plan de mejoramiento), en los casos más complejos se procede a solicitar la aprehensión preventiva del animal a la autoridad policiva, que es la responsable de dicho procedimiento.

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Esta metodología está enmarcada en la Ley 1774 de 2016 que, junto a la Ley 84 de 1989, son las encargadas de dar trámite a actuaciones jurídicas que haya lugar en caso de encontrar un asunto de maltrato. Para el abogado Luis Gómez Maldonado, acérrimo defensor de los animales, si bien existe un amplio marco jurídico y una serie de normas administrativas para evitar actos de crueldad en los animales, cuando se va a reclamar por los derechos de estos no hay una materialización como tal.

El abogado, en diálogo con este diario, resaltó que en materia de derechos animales “hay un sistema jurídico que es anacrónico porque si se revisa las sentencias de la Corte Constitucional, encontramos que el alto tribunal dice que el hecho que no le sean amparados sus derechos no desconoce su existencia a tratarlos bien”. Para el defensor, que llevó ante los estrados judiciales la situación de cautiverio de padeció “Chucho”, un oso de anteojos que estuvo durante un poco más de 15 años en un zoológico, es claro que hay un “limbo” en materia de derechos animales.

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“No podemos hablar de justicia animal en Colombia. No hay autoridades completamente capacitadas para ello. Las entidades públicas que tienen a su cargo la protección de los animales trabajan con las uñas, y, además, quienes luchan por sus derechos son grupos de activistas particulares que asumen la carga de defensa”, dijo el abogado, quien añadió que hay un déficit de normas en esa materia.

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De acuerdo con Gómez, si bien existen actos administrativos para evitar sucesos de crueldad y normas para juzgar a quienes cometen estos actos, aún Colombia tiene una deuda con ellos. Sobre los procesos de juzgamiento, la Fiscalía a través del grupo especial para la lucha contra el maltrato animal (Gelma) tiene un reporte de 120 imputaciones y 62 condenas por el delito de maltrato animal.

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Adicionalmente se han solicitado 103 audiencias de formulación de imputación en centros de servicio que están pendientes por realizar. “Para la Fiscalía General es una prioridad garantizar la vida, integridad física y emocional de los animales sin importar la especie, ya que el maltrato hacia los animales puede escalar hacia cualquier miembro de la sociedad, en especial poblaciones de especial protección como mujeres, niños, niñas y adultos mayores”, dijo el ente acusador.

En el reporte de la Fiscalía existe un promedio diario de 3.7 denuncias por maltrato animal. Las cifras reveladas por el búnker hablan a todas luces de un ordenamiento jurídico importante para los animales. No obstante, para el abogado Gómez, los derechos de estos no se protegen debido a que lo que hacen las autoridades es juzgar a las personas una vez cometen actos contra los mismos. Respecto de la protección en su individualidad, el defensor explicó que si bien Colombia ampara colectivamente, hablando desde el punto de vista de especies silvestres, no lo hacen con los animales domésticos.

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“Cuando pensamos en animales domésticos, por más que se han querido proteger, los jueces han sido supremamente cautos en no proteger a los animales de manera individual. Es claro que las autoridades tienen que entrar a ver en qué condiciones se está dando el espectáculo con caballos en todo tipo de escenarios”, expuso el abogado.

Por último, el jurista llamó la atención sobre la Ley 84 de 1989 que, si bien sentó un precedente por ser la primera norma en proteger de actos crueles a los animales, dejó claro que el uso de estos se podía fomentar en corridas de toros y peleas de gallo por tratarse de situaciones culturales. En estos casos, la Corte Constitucional ha dicho que quien tiene la responsabilidad de regular ese tipo de situaciones es el Congreso de la República. Aunque el legislativo no ha avanzado en esa materia, en e Congreso sí está en tramite un proyecto de ley que busca que los perros y los caballos no sean usados por la fuerza pública para contener el orden público en las manifestaciones. Aunque son situaciones diferentes, el legislativo podría sentar un precedente sobre las prácticas culturales que usan animales.

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Para conocer más sobre justicia, seguridad y derechos humanos, visite la sección Judicial de El Espectador.

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