
Escucha este artículo
Audio generado con IA de Google
0:00
/
0:00
La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) le cerró la puerta al exministro del Interior, Sabas Pretelt, y al exdirector del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República (Dapre), Alberto Velásquez Echeverri, quienes habían pedido pista en la justicia transicional. Para la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas, los delitos por los que están condenados los exfuncionarios del gobierno de Álvaro Uribe Vélez no tienen relación con el conflicto armado.
Sobre Pretelt y Velásquez pesan condenas e inhabilidades impuestas por la justicia ordinaria, por haber ofrecido “prebendas burocráticas” a congresistas, con el objetivo de destrabar el proyecto de reelección presidencial inmediata en el año 2004, durante el gobierno de Álvaro Uribe Vélez. Este episodio fue conocido como el escándalo de la “yidispolítica”. En abril de 2015, la Sala de Casación de la Corte Suprema de Justicia revisó el proceso contra ambos exfuncionarios por el delito de cohecho por dar u ofrecer.
Lea también: Mindefensa confirma sanción a empresa que incumplió contrato de mantenimiento de hicópteros
En concepto de la JEP, la orden de la Corte Suprema de Justicia en ese momento fue clara en determinar que Pretelt y Velásquez “‘acudieron a prácticas corruptoras’ para interferir en el ejercicio de las funciones constitucionales que corresponden al Congreso de la República, valiéndose del poder que sus cargos de ese momento les conferían”.
En ese sentido, la JEP argumentó que las movidas del exministro del Interior y de Justicia y el exdirector del Dapre para destrabar la aprobación de la reelección del entonces presidente Uribe Vélez no tienen relación directa con el conflicto armado interno. Por esa razón, no es posible que sus expedientes sean revisados por la justicia transicional.
Le puede interesar: Esclavitud sexual: otro de los crímenes que están detrás del reclutamiento de menores
En el caso puntual del exministro Pretelt, la JEP también señaló que “no presentó un compromiso claro, concreto y programado, pese a que se le requirió en más de tres ocasiones. Por lo anterior, la sala rechazó de plano su intención de someterse ante esta jurisdicción y le negó acceso a cualquier beneficio transicional”.
Sobre el exdirector Velásquez Echeverri, la JEP dijo que, además de que sus delitos no tienen relación con el conflicto armado, “la justicia ordinaria decretó la extinción de la sanción penal impuesta, en consecuencia, su situación jurídica se encuentra resuelta de forma definitiva”. En ese sentido, no hay razón para que el exalto funcionario se someta a la JEP.
Más contenido: Fiscalía acusa a “Chipi”, señalado por asesinato de Miguel Uribe, por homicidio de un mexicano
En septiembre de 2024, la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia se pronunció de nuevo sobre este caso y confirmó las sentencias condenatorias contra tres alfiles del gobierno de Álvaro Uribe, implicados en el escándalo de la yidispolítica. El exmnistro Sabas Pretelt, Diego Palacio, exministro de Protección Social, y el exsecretario del Dapre, Alberto Velásquez Echeverri, fueron enviados a seis años de prisión.
Según la Corte Suprema, quedó demostrado que los exfuncionarios coordinaron los ofrecimientos realizados por el Ejecutivo para influir en el voto de los entonces congresistas Yidis Medina Padilla y Teodolindo Avendaño. Sin esos movimientos en el Congreso, el líder natural del Centro Democrático no hubiese podido lanzar una segunda candidatura y ser reelegido en la Presidencia de la República.
Para conocer más sobre justicia, seguridad y derechos humanos, visite la sección Judicial de El Espectador.