El Espectador usa cookies necesarias para el funcionamiento del sitio. Al hacer clic en "Aceptar" autoriza el uso de cookies no esenciales de medición y publicidad. Ver políticas de cookies y de datos.

JEP ordenó al Consejo Nacional Electoral habilitar a exfarc para ser candidato al Senado

El exintegrante de la otrora guerrilla, Andrés Felipe Ríos Giraldo, podrá mantenerse en la contienda al Congreso. Se había inscrito como candidato del Pacto Histórico, pero había sido inhabilitado por tener antecedentes que revisa la jurisdicción especial.

Redacción Judicial

18 de febrero de 2026 - 03:42 p. m.
Se trata de Andrés Felipe Ríos Giraldo, exintegrante de las antiguas Farc, inscrito como candidato al Senado por El Pacto Histórico.
Foto: Archivo
PUBLICIDAD

La Sala de Amnistía o Indulto (SAI) de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) ordenó al Consejo Nacional Electoral (CNE) suspender la inhabilidad que le había aplicado a Andrés Felipe Ríos Giraldo, excombatiente de las Farc, quien busca ser candidato al Senado por el Pacto Histórico en las elecciones legislativas del periodo 2026-2030.

Desde el pasado 4 de febrero Ríos Giraldo presentó ante la SAI una solicitud para que se le garantizara “el ejercicio de su derecho fundamental a la participación política en su calidad de firmante del Acuerdo de Paz y se decretaran medidas cautelares”.

Lea: Incautan arsenal de 190 granadas listas para ser lanzadas desde drones en El Castillo, Meta

En su petición, señaló que fue acreditado como exintegrante de las antiguas Farc y que recibió la amnistía de iure, es decir, el olvido legal de los delitos, mediante un decreto del 27 de junio de 2017. Además, aseguró que cumplió la totalidad de la pena privativa de la libertad antes de la suscripción del Acuerdo de Paz.

Pese a ello, el pasado 2 de febrero el CNE revocó su inscripción como candidato debido a la existencia de condenas registradas en el Sistema de Información de Registro de Sanciones e Inhabilidades (SIRI) de la Procuraduría General de la Nación. Según indicó la SAI, el compareciente consideró que esta medida vulneraba su derecho fundamental a ser elegido y el derecho colectivo de los electores a participar en condiciones de pluralismo político.

Le puede interesar: Niegan principio de oportunidad del empresario Carlos Mattos con la Fiscalía

La Sala resaltó que el cumplimiento de las obligaciones ante la JEP debe ser compatible con el proceso de reincorporación y la participación política de los firmantes, en los términos establecidos en el Acuerdo Final de Paz de 2016. Por eso, señaló que la suspensión de la inhabilidad estará vigente hasta que la Jurisdicción resuelva de fondo la situación jurídica de Ríos Giraldo.

Read more!

La SAI también ordenó a la Procuraduría General de la Nación dejar constancia de que las inhabilidades especiales de carácter permanente reportadas en el Sistema de Información de Registro de Sanciones e Inhabilidades (SIRI) se encuentran suspendidas. Asimismo, instó a la Policía Nacional a actualizar la base de datos de la Dirección de Investigación Criminal e Interpol.

Para conocer más sobre justicia, seguridad y derechos humanos, visite la sección Judicial de El Espectador.

Conoce más

Temas recomendados:

Ver todas las noticias
Read more!
Read more!
El Espectador usa cookies necesarias para el funcionamiento del sitio. Al hacer clic en "Aceptar" autoriza el uso de cookies no esenciales de medición y publicidad. Ver políticas de cookies y de datos.