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El nombre de la presentadora y creadora de contenido Érika Nieto, más conocida como Kika Nieto, volvió a sonar dentro de un caso de supuesta discriminación contra personas trans duranta la emisión del episodio 65 del programa “Mujeres sin filtro” del canal RCN Televisión.
Hasta el Tribunal Administrativo del Tolima llegó una tutela interpuesta por el ciudadano José Francisco Montúfar, abogado y activista LGBTIQ+. Inicialmente el recurso fue presentado ante el Juzgado Sexto Administrativo del Circuito de Ibagué.
En segunda instancia, el Tribunal negó el recurso en el que el demandante solicitó la rectificación pública por la información que se difundió en dicho programa bajo la temática “Dilema hijos trans”.
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Dentro de sus peticiones también contempló la creación de protocolos internos en RCN para el tratamiento mediático de temas relacionados con género y diversidad sexual, así como la capacitación de los equipos de producción sobre enfoques diferenciales.
En el recurso, que también incluye a la presentadora Claudia Palacios, el accionante solicitó la protección de los derechos fundamentales a la dignidad humana, la igualdad y no discriminación, el libre desarrollo de la personalidad, la identidad de género, el derecho a recibir información veraz y no estigmatizante, así como los derechos de los niños, niñas y adolescentes trans.
La polémica por el episodio sobre hijos trans
A mediados de julio, RCN transmitió el episodio número 65 de su programa “Mujeres sin filtro” sobre la crianza de hijos trans. Según señaló Montúfar, en ese espacio se abordó el tema de la identidad de género desde una perspectiva “transfóbica, desinformada y estigmatizante”. Además señaló que hubo violencia simbólica.
Durante el programa, la presentadora Kika Nieto señaló que “abrazaría, aceptaría y amaría, pero no aprobaría a un hijo trans”, lo que para el accionante fue una exclusión estructural contra las personas trans en el ámbito familiar, educativo, laboral y social, agregando que no se consultaron voces expertas o de la comunidad LGBTIQ+.
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“Amplificó el impacto discriminatorio del contenido al presentar la identidad de género como una “decisión cuestionable” bajo un enfoque biologicista y conservador”, señaló el abogado quien también recordó que Kika Nieto fue objeto de críticas en 2018 por manifestaciones homofóbicas en un video de YouTube.
Frente a la acción de tutela, RCN, en nombre de ambas presentadoras del programa, señaló que en el episodio no se emitieron informaciones inexactas, injuriosas o falsas y que tampoco se refirieron al ciudadano en particular. Además, resaltó que no se hicieron comentarios discriminatorios contra la comunidad LGBTIQ+.
“No vulnera la dignidad humana”: la decisión del Tribunal
Después de estudiar el caso a fondo, el Tribunal determinó que las declaraciones realizadas por Kika Nieto no constituyen transgresión a los derechos fundamentales del accionante, puesto que se puso en consideración el contexto de la conversación durante la emisión
“Si bien la frase ‘lo amaría, lo aceptaría, pero no lo aprobaría’ podría suscitar interpretaciones diversas, el análisis integral del contexto y de las aclaraciones posteriores evidencian que se trató de una opinión de carácter personalísimo que no alcanzó el umbral de discriminación”, dice la decisión judicial.
Además, el Tribunal señaló que Kika Nieto complementó su discurso afirmando que a un hijo trans “lo respetaría, lo amaría, lo escucharía, lo acompañaría y lo apoyaría”, lo que configura un mensaje de afecto y apoyo que no puede ser interpretado como conducta discriminatoria.
Por lo tanto, la decisión del Tribunal fue negar el amparo que solicitó el abogado Montúfar a los derechos fundamentales puesto que la opinión de Kika Nieto en el programa se enmarca en el ejercicio de la libertad de opinión y no vulnera la dignidad humana.
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