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La historia de la exfiscal que torció extradición de un presunto narco y terminó condenada

La exfiscal María del Socorro Fernández Chávez pagará más de siete años de cárcel por haber imputado a un presunto narcotraficante en un caso que, según el Tribunal Superior de Popayán, “no tenía ni pies ni cabeza”. Todo con un solo objetivo: desviar el pedido de extradición de Estados Unidos en contra del imputado por narcotráfico. Estos son los detalles de la decisión.

Gustavo Montes Arias

12 de junio de 2026 - 09:24 p. m.
La funcionaria trabajó como fiscal delegada ante jueces de conocimiento El tambo (Cauca) y luego fue trasladada a Popayán.
Foto: Mauricio Alvarado Lozada
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María del Socorro Fernández Chávez pasó de ser la fiscal delegada ante los jueces del circuito de Popayán (Cauca) a estar condenada a una pena de más de siete años de cárcel. ¿La razón? Los magistrados de la Sala Penal del Tribunal Superior de Popayán la declararon culpable de los delitos de prevaricato por acción y fraude procesal, por haber torcido la extradición de un colombiano buscado por la justicia de Estados Unidos. El Espectador accedió al fallo completo en contra de la exfuncionaria, en el que se detallan sus movidas para burlar a la justicia y beneficiar a un presunto narcotraficante.

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La decisión de 86 páginas detalla la forma en la que la exfiscal María del Socorro Fernández le abrió en 2016 un proceso penal por el delito de rebelión a un hombre identificado como Segundo Alberto Villota Segura con un solo objetivo: evitar que se hiciera efectiva su extradición al país norteamericano, que ya tenía luz verde por parte de Colombia. El 27 de agosto de 2012, la Fiscalía confirmó la existencia de una orden de captura en contra de este hombre, señalado por las autoridades estadounidenses de haber enviado toneladas de droga a ese país desde 2008.

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Segundo Alberto Villota, el presunto narco que pidió pista en la JEP

El 28 de septiembre de 2015 Segundo Alberto Villota fue capturado en Ecuador y trasladado a Colombia. Fue enviado al patio de extraditables de la cárcel La Picota, en Bogotá, mientras en la justicia se movía el proceso de su extradición. Las cortes del Distrito Sur de La Florida y del Distrito Este de Texas, en Estados Unidos, lo señalaban de estar vinculado a la antigua guerrilla de las Farc y a los carteles mexicanos de Los Zetas y Sinaloa. Según la justicia de los Estados Unidos, cada año enviaba hasta 100 toneladas de cocaína a ese país.

Cinco meses después de su detención, el 27 de abril de 2016, la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia le dio luz verde a su extradición. Lo propio hizo el Ministerio de Justicia, que el 17 de mayo de ese año le puso la firma al aval para que enviaran a Segundo Alberto Villota a Estados Unidos. Para ese momento, las negociaciones entre el gobierno del entonces presidente Juan Manuel Santos y la antigua guerrilla de las Farc estaban en uno de sus momentos más importantes, a solo meses de que se firmara el Acuerdo de Paz.

En ese contexto, Segundo Alberto Villota pidió que fuera considerado como integrante de la antigua guerrilla de las Farc y fuera tenido en cuenta para entrar a la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), creada tras la firma del Acuerdo de 2016. Pero el Gobierno no encontró razones suficientes para acreditar que hacía parte de esa guerrilla. El 21 de noviembre de 2016, el presidente Juan Manuel Santos le puso la última firma al expediente con el que se avaló su envío a Estados Unidos.

La orden del gobierno Santos no fue impedimento para que Segundo Alberto Villota buscara caminos que lo salvaran de la extradición a Estados Unidos donde, según su indictment (acusación), era investigado por el delito de “concierto para distribuir cinco kilogramos o más de cocaína, sabiendo que dicha cocaína sería importada ilícitamente a los Estados Unidos”. El presunto narcotraficante ya se estaba moviendo en Colombia para evadir su envío ante la justicia estadounidense, según el fallo del Tribunal, “corrompiendo” a funcionarios.

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Segundo Alberto Villota fue pedido en extradición por Estados Unidos, por delitos relacionados con narcotráfico.
Foto: Policía Nacional

El rol de la exfiscal Fernández Chávez

El fallo en contra de la exfiscal María del Socorro Fernández señala que, ante la inevitable extradición de Segundo Alberto Villota a Estados Unidos, un grupo de internos de la cárcel de Jamundí (Valle del Cauca) y de funcionarios de la Policía “fraguó la creación de una investigación penal con miras a detener tal acto administrativo”. En palabras sencillas, presos y funcionarios públicos planearon un montaje judicial para ponerle freno al inminente envío del presunto narcotraficante hacia Estados Unidos.

Para lograrlo, denunciaron ante la Fiscalía en El Tambo (Cauca) que Segundo Alberto Villota, supuestamente, hacía parte de la guerrilla de las Farc y que era responsable del delito de rebelión. En julio de 2016, el ente investigador abrió una investigación en contra de este hombre relacionada con la denuncia enviada desde la cárcel de Jamundí. Dentro del proceso, dos fiscales llevaron la investigación. Primero, María del Socorro Fernández, titular de la investigación. Luego, Isabel Rengifo, quien hacía un reemplazo.

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Producto de esas indagaciones, la fiscal María del Socorro Fernández recibió información como documentos militares y declaraciones que usó para imputar a Segundo Alberto Villota. Según el fallo, los investigadores que seguían las órdenes de la fiscal le entregaron un informe de inteligencia falso. A pesar de que la funcionaria judicial sabía que la información era falsa, pidió audiencia de imputación de cargos en contra del presunto narcotraficante ante un juez de control de garantías de de Popayán.

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El 31 de agosto de 2016, ante el juez tercero penal con función de control de garantías de Popayán, la fiscal María del Socorro Fernández imputó a Segundo Alberto Villota, a partir de información falsa, por su presunta responsabilidad en el delito de rebelión. La grabación de esa diligencia, sin razón clara, se perdió. Y aunque el juzgado ordenó repetir la audiencia, la fiscal se negó, argumentando que ya había radicado el escrito de acusación en contra del presunto narcotraficante pedido en extradición y era imposible repetir la imputación.

Segundo Alberto Villota aceptó el delito imputado y el 26 de octubre de 2016, después de que la fiscal María del Socorro Fernández fuera trasladada a Popayán, la funcionaria que la reemplazó, Isabel Rengifo, radicó el escrito de acusación con allanamiento a cargos por parte del presunto narcotraficante. El caso le correspondió al juez sexto penal de Popayán, que declaró nula la acusación por las irregularidades en el proceso. El Tribunal Superior de la capital del Cauca confirmó esa decisión que echaba para atrás el proceso en contra de Segundo Alberto Villota.

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Al mismo tiempo, el hombre interpuso una acción de tutela en contra de la imputación adelantada por la fiscal María del Socorro Fernández, en la que alegaba su derecho a no ser doblemente incriminado, pues en Colombia por presunta rebelión, a pesar que en Estados Unidos se investiaban su presusntos nexos con las Farc y dos carteles mexicanos para mover la droga. El 16 de enero de 2017, la Sala Civil del Tribunal Superior de Bogotá falló a su favor y suspendió su extradición. Lo que sostuvo la Fiscalía en el juicio en contra de la exfuncionaria es que, al abrirle un proceso a Segundo Alberto Villota paralelo al de su extradición, actuó en contra de la ley.

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Tras su captuta en Ecuador, Segundo Alberto Villota fue enviado a Bogotá y recluido en la cárcel La Picota.
Foto: Policía

Los argumentos del Tribunal

Durante el proceso de la Fiscalía en contra de su exfuncionaria, el ente investigador argumentó que María del Socorro Fernández actuó con plena conciencia dada “su experiencia de aproximadamente 30 años en la rama judicial y su especialización en Derecho Procesal”, como reza en el fallo. La Fiscalía acreditó ante el Tribunal Superior de Popayán que la imputación de la exfiscal María del Socorro Fernández en contra de Segundo Alberto Villota estuvo plagada de errores que solo buscaban torcer la extradición del presunto narcotraficante, pedido por Estados Unidos.

“La imputación fue superficial y apresurada, sin valoración global de los elementos materiales probatorios, en un contexto donde todo resultaba sospechoso; la denuncia provenía de un presidiario señalando a otro interno como rebelde; era notorio que narcotraficantes buscaban camuflarse como miembros de las Farc para evadir extradiciones; existía orden de captura por narcotráfico; la Corte Suprema ya había emitido concepto favorable a la extradición; y no se había establecido que el narcotráfico sirviera para la causa revolucionaria”, dice el fallo.

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Agrega que la aceptación del delito de rebelión de Segundo Alberto Villota solo tuvo el objetivo de evadir sus cuentas pendientes en Estados Unidos. “El allanamiento a cargos no superó el examen de legalidad al carecer los medios probatorios de entidad suficiente para construir la inferencia razonable de autoría, siendo lo más probable una simulación para engañar a la justicia, por lo que solicitó sentencia condenatoria contra ambas procesadas por los delitos de prevaricato por acción agravado y fraude procesal, en los términos de la acusación”, señala la decisión.

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Para la Sala Penal del Tribunal Superior de Popayán, María del Socorro Fernández obvió hacer su trabajo, aunque sabía que algo irregular había en la denuncia en contra de Segundo Alberto Villota y en su fácil allanamiento a cargos. “La exfiscal debía entender que se enfrentaba a una componenda, en la que ella tenía la obligación constitucional y legal de no permitir que en esta actividad se desgastara el aparato judicial porque la información sobre el supuesto guerrillero no tenía ni pies ni cabeza”, señala el fallo.

Del expediente solo salió bien librada Isabel Rengifo, quien, según la decisión, como funcionaria judicial que reemplazaba ocasionalmente a la fiscal del caso, no tenía un rol clave dentro de este montaje judicial a favor del presunto narcotraficante. María del Socorro Fernández, por su parte, tendrá que pagar siete años y tres meses de prisión, una multa de más de COP 216 millones y estará inhabilitada durante ocho años y medio para ocupar cargos públicos. La decisión de segunda instancia estará en manos de la Corte Suprema de de Justicia, que tendrá que resolver una eventual apelación por parte de la exfuncionaria.

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Para conocer más sobre justicia, seguridad y derechos humanos, visite la sección Judicial de El Espectador.

Por Gustavo Montes Arias

Comunicador Social - Periodista, con interés en temas de política, conflicto, paz y memoria. Premio Nacional de Periodismo Escrito Universitario Orlando Sierra Hernández a mejor entrevista, 2022.@GustavoMontesAr
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