Con la justicia encima, el hasta hoy magistrado del Tribunal Superior de Barranquilla, Jorge Eliécer Mola Capera, recibió la primera decisión judicial en su contra. La Comisión de Disciplina Judicial, que tiene un total de siete procesos bajo su nombre, decidió sancionarlo en uno de ellos e imponerle una inhabilidad para ejercer su profesión de abogado durante 10 años. Se trata del primer fallo de la justicia que confirma lo que han venido investigando las autoridades: que el magistrado benefició a un miembro de la familia Acosta Bendeck en su pelea por quién se queda con la Universidad Metropolitana y el Hospital Metropolitano de Barranquilla.
La decisión la tomó la Comisión, de manera unánime. En el fallo de 104 páginas, la entidad que se encarga de investigar a los abogados en el país explicó qué llevó a asegurar que Mola Capera actuó en contra de la ley y, aun sabiendo que actuaba mal, decidió mantener sus decisiones como magistrado de la Sala Penal del Tribunal Superior de Barranquilla. Lo que encontró la Comisión de Disciplina Judicial es que el togado seleccionó una tutela que beneficiaba a un miembro de la prestante familia barranquillera y, además, aprovechó el recurso judicial para entrometerse en otro proceso que también tenía que ver con los intereses de la familia Acosta Bendeck.
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El caso tiene que ver con la disputa que protagonizan los herederos del exsenador Gabriel Acosta Bendek, un reconocido miembro de la élite de Barranquilla, cuya fortuna incluye la Universidad Metropolitana y el Hospital Metropolitano de Barranquilla. En 2016, luego de su muerte, Alberto e Ivonne Acosta de Jaller (medio hermanos) iniciaron una disputa judicial para quedarse con la representación legal de la Fundación Acosta Bendek, que tiene bajo su dominio, precisamente, el hospital y el centro de educación universitaria.
Aunque Ivonne Acosta fue la única que explícitamente dejó Gabriel Acosta como su heredera, la Fiscalía ha encontrado pruebas de que, al parecer, Alberto Acosta habría realizado maniobras, no del todo legales, para que los demás miembros de la familia Acosta Bendeck, incluyendo a Ivonne, quedaran por fuera de cualquier relación con la herencia. Por esa razón, Alberto Acosta y los hermanos Eduardo, Jacobo y Alfonso Acosta suscribieron un acta, en 2016, ante la Cámara de Comercio regional, en la que buscaron crear una nueva junta directiva de la Fundación y, por derecha, sacar del camino a Ivonne.
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Esa acta, no obstante, fue suspendida en 2018 por un juzgado que estudió un recurso que pedía su anulación. Lo que encontró la Comisión de Disciplina Judicial es que el magistrado Mola Capera eligió la tutela que interpuso Gabriel Acosta en contra de la decisión del juzgado que se le había entrometido por el camino. Con el recurso en sus manos, el hoy destituido magistrado tumbó la decisión del juzgado y, en un hecho inexplicable para la Fiscalía, también le ordenó al Juzgado 1° de Garantías de Barranquilla frenar la audiencia de medida de aseguramiento contra Juan Acosta y, precisamente, Alberto Acosta.
Es decir, Mola Capera usó esa tutela para, indirectamente, manipular otro proceso que manejaba por su cuenta la Fiscalía y que nada tenía que ver con el lío de la Fundación. El único elemento en común es que en ambos procesos estaba vinculado Alberto Acosta. La Comisión de Disciplina Judicial no se ahorró adjetivos para reprochar la actuación del magistrado. Por ejemplo, expresó que la actuación de Mola Capera era una conducta gravísima y que, al no respetar los procedimientos que rigen el estudio de una tutela, o cualquier recurso judicial, había dejado “al garete los principios que rigen la administración de justicia”.
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A renglón seguido, el fallo señala que “lo anterior, al dejar de cumplirse los fines del Estado y demeritar la loable función a su cargo, afecta en grado sumo la confianza pública en el aparato estatal y sus servidores. (...) Lo que se cuestiona es el comportamiento del operador en desacato de derroteros y directrices delimitantes de su deber funcional, que siendo conocedor de las reglas a seguir, las omite para actuar en contrario, dejando de lado la búsqueda de los fines perseguidos en el Estado Social de Derecho”. Así, para la Comisión, no hay duda de que Mola Capera es culpable de una falta gravísima y, por eso, no podrá ejercer ninguna función relacionada al Derecho durante 10 años.
Pese a la gravedad de los hechos por los que fue destituido e inhabilitado, este es apenas uno de los casos que las autoridades tiene en contra del ahora exmagistrado. Por mencionar algunos, la Corte Suprema de Justicia lo llamó a juicio en 2021 por los delitos de enriquecimiento ilícito y prevaricato. En ese expediente se describen los mismos presuntos hechos y cómo, al parecer, el Acosta habría iniciado, desde 2017, una especie de “tutelatón” para que sus peticiones quedaran exclusivamente en manos de Mola Capera.
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El incidente más grave mencionado en la acusación contra Mola Capera tiene que ver con el delito de enriquecimiento ilícito. La Fiscalía habría encontrado que en sus cuentas había, a corte de 2021, $1.350 millones que no podía justificar con su sueldo como servidor público. Se encontraron detalles llamativos, como que su esposa tenía movimientos financieros por hasta $55 millones que tampoco tenían sentido, según sus estados financieros. Una de sus hijas, estudiante, tenía inversiones cercanas a los $37 millones. Y su hijo, que está por cumplir 25 años, habría adquirido un inmueble cuando no tenía ingresos fijos. Eso sí, durante las audiencias de juicio, el magistrado ha señalado que todo, incluida la investigación por la que ahora fue inhabilitado, ha sido un “montaje”.
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