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                                                                                                                              La pelea entre Natalia Bernal y los magistrados que negaron sus demandas contra el aborto

                                                                                                                              El debate sobre el aborto que planteó Natalia Bernal, a través de dos demandas que fueron negadas por el alto tribunal, terminó en una puja entre la abogada y los magistrados que no le dieron la razón en sus fallos.

                                                                                                                              La Comisión de Acusación aceptó estudiar una denuncia que interpuso Natalia Bernal contra tres magistrados de la Corte Constitucional que participaron de las decisiones que no la favorecieron. La abogada, que se opone completamente al aborto, asegura que los funcionarios la calumniaron. / Foto: archivo.
                                                                                                                              Foto: Mauricio Alvarado Lozada

                                                                                                                              La historia entre la abogada Natalia Bernal y la Corte Constitucional empezó en 2019, cuando la jurista interpuso dos demandas en contra de todas las excepciones en las que se permite abortar en el país. Ella cree firmemente en que la vida empieza desde la concepción y, en ese sentido, ha presentado recursos judiciales en busca de que las leyes en Colombia protejan a toda costa la vida de los no nacidos. Sin embargo, la alta corte tiene una postura distinta a la de la abogada y, tras no favorecer sus peticiones, las partes entraron en un conflicto que viene caminando. (Lea también: Habla la abogada que reabrió debate sobre el aborto en la Corte Constitucional)

                                                                                                                              Gracias por ser nuestro usuario. Apreciado lector, te invitamos a suscribirte a uno de nuestros planes para continuar disfrutando de este contenido exclusivo.El Espectador, el valor de la información.

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                                                                                                                              Foto: Mauricio Alvarado Lozada

                                                                                                                              La historia entre la abogada Natalia Bernal y la Corte Constitucional empezó en 2019, cuando la jurista interpuso dos demandas en contra de todas las excepciones en las que se permite abortar en el país. Ella cree firmemente en que la vida empieza desde la concepción y, en ese sentido, ha presentado recursos judiciales en busca de que las leyes en Colombia protejan a toda costa la vida de los no nacidos. Sin embargo, la alta corte tiene una postura distinta a la de la abogada y, tras no favorecer sus peticiones, las partes entraron en un conflicto que viene caminando. (Lea también: Habla la abogada que reabrió debate sobre el aborto en la Corte Constitucional)

                                                                                                                              Read more!

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                                                                                                                              El objetivo de Bernal era derogar los artículos del Código Civil que determinan que la vida comienza al nacer y los del Código Penal que tipifican el delito del aborto salvo las tres excepciones: cuando representa peligro para la vida o para la salud -física y/o mental- de la mujer; cuando hay una grave malformación del feto que haga inviable su vida; y cuando sea producto de una violación, incesto o inseminación no consentida. Sin embargo, en marzo de 2020, luego de un largo debate, con ponencia del magistrado Alejandro Linares, el alto tribunal determinó rechazar las pretensiones de la abogada y terminó dejando intactas dichas normas.

                                                                                                                              El caso es que Bernal no se rindió. Dos meses después de que se conocieran los fallos que no la favorecieron, presentó una nueva demanda contra el Código Civil en la que afirmaba que se debía reabrir el debate sobre la personalidad jurídica del que está por nacer. Incluso, en esa ocasión, señaló que “se deben mantener las penas para castigar el delito y debe haber mayor eficacia en la política criminal para erradicar el aborto inseguro”. El caso quedó en manos de la magistrada Diana Fajardo quien, luego de revisar la acción, determinó que la demanda parecía estar atacando la decisión de la Corte que avaló las tres causales del aborto legal y que ello ya era cosa juzgada.

                                                                                                                              Read more!

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                                                                                                                              Aseguraba la abogada que permitir la interrupción voluntaria del embarazo en tres causales pone en riesgo la vida, la dignidad, la salud, la integridad física y psicológica de la madre gestante y del que está por nacer. Entre sus argumentos está que el Estado no garantiza los derechos de “los niños” que están por nacer, que imponer dolor a un “ser viviente” es una forma de tortura y que el aborto inducido se practica discriminando a los “seres indefensos en gestación”. El turno de evaluar las peticiones de Bernal fue para el magistrado José Fernando Reyes quien rechazó la posibilidad de evaluar la demanda. (Le puede amenazar: Abortar en Colombia: entre los prejuicios y la pesadilla burocrática)

                                                                                                                              Al igual que Fajardo, el togado resolvió que la demanda no cumplía con los requisitos que estas acciones deben suplir para ser admitidas. Entre sus argumentos, dijo que la demanda era contradictoria porque, por un lado, la abogada decía que “no reprocha” que se pueda abortar en las tres causales, pero luego afirmaba que debía ser penalizado todo aquel que practique o colabore en estos procedimientos. En resumen, todas las acciones de Bernal ante la Corte Constitucional han tenido un desenlace poco alentador para la abogada que, en 2019, decidió intervenir en otro proceso judicial que pretendía objetivos completamente opuestos a los suyos.

                                                                                                                              Se trata de la demanda del movimiento de mujeres Causa Justa que, desde la otra orilla, piden que el aborto deje de ser un delito en el país. Este caso aterrizó en el despacho del magistrado Antonio Lizarazo (quien había participado en las decisiones que no la favorecieron), a quien Bernal recusó, sin éxito. La ponencia para negar esa recusación fue de la magistrada Gloria Ortiz quien, además de negar la petición de la abogada, compulsó copias a la Comisión de Disciplina Judicial para que investigue “las solicitudes irrespetuosas, amenazantes o infundadas” de la jurista hacia los magistrados.

                                                                                                                              Y es que, luego de que se le negaran las demandas, Bernal interpuso una lluvia de recusaciones, nulidades negadas y hasta denuncias contra los magistrados que intervinieron en sus procesos fallidos. El 29 de enero de 2020 la abogada presentó ante la Comisión de Acusación de la Cámara de Representantes una denuncia en contra de los magistrados Alejandro Linares, Antonio José Lizarazo y Gloria Stella Ortiz por injuria y calumnia “acusándome sin prueba alguna y con el agravante de haberlo hecho ante medios de comunicación, de haber consignado en mis documentos radicados en la Corte Constitucional amenazas, expresiones irrespetuosas contra los magistrados”.

                                                                                                                              No ad for you

                                                                                                                              El segundo argumento de la abogada es que los togados ordenaron una investigación disciplinaria en su contra sin pruebas por faltas que, asegura, nunca cometió. Además, “por haber adulterado los argumentos originales y auténticos de mi autoría, consignados en mi acción pública de inconstitucionalidad legítimamente interpuesta por mí misma (…) por haber ocultado material probatorio de carácter científico médico que aporté en mis actuaciones judiciales demostrando ante la entidad jurisdiccional, daños físicos y psicológicos provocados por abortos legales en población vulnerable y por haber utilizado indebidamente mis acciones públicas de inconstitucionalidad para debatir y evaluar pretensiones muy diferentes a las mías”.

                                                                                                                              No ad for you

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                                                                                                                              No ad for you

                                                                                                                              Otra de las quejas de la abogada es que, según documentos de la Corte, la sentencia de una de sus demandas fue anunciada como sentencia en firme el 2 de marzo de 2020, pero que la misma estuvo en espera de documentos y firmas hasta el 20 de octubre de ese año. “Cuando una sentencia está en firme por decisión judicial auténtica ya tomada, el proceso no puede seguir abierto recibiendo documentos y recolectando firmas por un tiempo excesivamente largo fuera del legalmente exigido. Los funcionarios deben explicar esto pues ellos mismos están violando sus propias normas y reglamentos con esta irregularidad”, señaló la abogada agregando que justificar esto con la pandemia no es de recibo toda vez que los términos judiciales se restablecieron en julio de 2020.

                                                                                                                              No ad for you

                                                                                                                              Por otro lado, Bernal argumentó que se desacreditaron intencionalmente pruebas científicas que ella presentó en los procesos sobre los daños provocados por abortos legales. En ese sentido, indicó que, no solo se le impidió de manera injustificada una audiencia pública que pidió en tres ocasiones para dar a conocer al país tales daños, sino que se encubrieron 704 referencias médicas sobre los perjuicios antijurídicos provocados por abortos legales. “Toda mi documentación enviada por mi parte a la Corte Constitucional ha sido rechazada, con excepción de mis dos primeras demandas de inconstitucionalidad, las cuales se rechazaron indebidamente por los magistrados para proponer y debatir pretensiones completamente diferentes a las mías”, aseguró.

                                                                                                                              No ad for you

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                                                                                                                              No ad for you

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                                                                                                                              No ad for you

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                                                                                                                              Ver todas las noticias
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