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Las demoras judiciales por las que tuvieron que reducir la condena de “Jorge 40″ por masacre

La Corte Suprema de Justicia revisó las condenas de primera y segunda instancia en contra del exjefe paramilitar por la masacre de Media Luna, en Cesar, en la que murieron siete personas y cuatro fueron desaparecidas. Uno de los delitos prescribió y la pena de 60 años se redujo casi a la mitad.

Jhordan C. Rodríguez

15 de abril de 2026 - 06:02 p. m.
La Corte Suprema de Justicia revisó las condenas de primera y segunda instancia en contra del exjefe paramilitar por la masacre de Media Luna, en Cesar, en la que murieron siete personas y cuatro fueron desaparecidas. Uno de los delitos prescribió y la pena de 60 se redujo casi a la mitad.
Foto: EFE/JEP - Isabel Valdés Arias
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Una demora judicial de más de 10 años para revisar un proceso en contra del exjefe paramilitar Rodrigo Tovar Pupo, conocido con el alias de “Jorge 40”, llevó a que la Corte Suprema de Justicia redujera drásticamente una condena de 60 años de prisión en su contra a casi la mitad del tiempo. Los hechos por lo que debía purgar la extensa pena ocurrieron en octubre de 1996, cuando comandó, junto a Salvatore Mancuso, a un grupo de cerca de 40 hombres del Bloque Norte de las Autodefensas Unidas de Colombia (AUC). Ellos, bajo su mando, asesinaron a siete personas y desaparecieron forzosamente a cuatro más en el corregimiento de Media Luna, en San Diego (Cesar).

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El exjefe paramilitar buscó ante la Sala Penal del alto tribunal que su condena de 60 años por la participación en la masacre fuera totalmente anulada. Sus argumentos apuntaron a presuntas violaciones de garantías en su proceso y malas valoraciones de las pruebas en su contra. Por eso, pedía que la Corte tumbara lo dictado por un juzgado penal de Valledupar (Cesar), que lo condenó en agosto de 2020, decisión que fue confirmada en junio del año pasado por el Tribunal Superior de la misma ciudad. Esos casi cinco años que pasaron entre la primera y segunda instancia fueron claves para que su pena, aunque no fuera anulada, sí se redujera drásticamente.

Según alegó “Jorge 40”, desde el inicio del expediente en su contra en 2012, cuando la Fiscalía comenzó a investigarlo y él estaba cumpliendo una extradición en Estados Unidos, se le asignó un abogado que no buscó realmente defender sus intereses y, según él, solo fue un “espectador privilegiado”. El exparamilitar le dijo a la Corte que por “esta falta de asistencia profesional idónea y activa impidió la obtención de un mejor resultado”. Sin embargo, cuando la Sala Penal revisó ese argumento, encontró que las autoridades sí intentaron obtener sus declaraciones.

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El alto tribunal evidenció que “Jorge 40” siempre evitó las notificaciones y se negó a hablar con la justicia en medio de la investigación en su contra. Por eso, en 2013 fue declarado persona ausente y continuó el proceso. Al revisar ese punto, el alto tribunal determinó que “la Fiscalía en su momento actuó conforme a derecho, pretendió la vinculación del aquí procesado”, pero que, por el contrario, el exparamilitar “se negó a recibir dicha notificación, apartándose intencionalmente del proceso”. Asimismo, que “el derecho de defensa estuvo formal y materialmente garantizado”. Por otra parte, el alto tribunal revisó las menciones que hicieron testigos sobre la presencia del paramilitar en la masacre.

“Jorge 40” sostuvo ante el alto tribunal que la condena en su contra se basó solo en indicios y que los testimonios de algunos paramilitares que estuvieron bajo su mando, como alias “Pájaro”, “Rocoso” y “Gaviria” fueron malinterpretados o fraccionados, lo cual llevó a su condena. Dijo que las dos instancias anteriores usaron testimonios sobre otros hechos y sobre otras personas, como Salvatore Mancuso, para ubicarlo a él como uno de los ordenadores de la masacre de Media Luna. Pero, al valorar las pruebas y su petición, la Corte Suprema determinó que el exjefe paramilitar no lograba demostrar un error judicial real, pero “la deficiente sustentación del cargo de casación no logra demostrar ninguna de estas aseveraciones”.

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Lo que sí evidenció la Corte y jugó a favor de “Jorge 40” fue un aspecto técnico: el Estado perdió su potestad para juzgar a Rodrigo Tovar Pupo por los asesinatos de la masacre debido al paso del tiempo sin una sentencia en firme. Lo que encontró la Sala Penal fue que desde 2015 el exjefe paramilitar fue acusado por las desapariciones y los asesinatos en Media Luna en 1996 y la justicia tenía un plazo máximo de 10 años para que hubiera una decisión final en su caso o el delito prescribiría. Esa última palabra debía tenerla la Corte Suprema de Justicia a más tardar en septiembre de 2025, pero el caso llegó a la Sala un mes después, en octubre del año pasado.

Al revisar el trámite del expediente, la Corte encontró una “demora injustificada en la remisión del proceso penal del Juzgado Penal del Circuito Especializado de Valledupar al Tribunal Superior, lo que generó como consecuencia que se produjese la prescripción de la acción penal por el delito de Homicidio Agravado”. La pena que sí podía mantener era la relacionada con la desaparición forzada, pues aunque había pasado más de una década sin una decisión en firme, ese delito prescribe a los 15 años, por lo cual todavía estaban a tiempo para revisar en una última instancia el caso. Al recalcular, la Sala Penal determinó que el nuevo monto de la condena contra “Jorge 40” debía ser de 35 años de prisión (420 meses).

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El alto tribunal dijo que la razón por la que se tuvo que disminuir la condena en contra del exjefe paramilitar fue por una “demora injustificada” por la cual debían tomarse acciones. “Se compulsan copias para que se investigue penal y disciplinariamente las razones por las cuales se produjo una demora injustificada en la remisión del proceso penal del Juzgado Penal del Circuito Especializado de Valledupar al Tribunal Superior del respectivo distrito Judicial”, se lee en la sentencia de la Sala Penal. A “Jorge 40” le resta afrontar más de 1.400 procesos pendientes en Colombia, los cuales ha ido atendiendo desde su regreso al país en 2020, según la Fiscalía.

Para conocer más sobre justicia, seguridad y derechos humanos, visite la sección Judicial de El Espectador.

Por Jhordan C. Rodríguez

Periodista y creador de contenido con más de cuatro años de experiencia cubriendo fuentes de poder político y judicial.@JhordanR11jrodriguez@elespectador.com
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