
La Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia dejó en firme la condena de 72 meses de prisión contra el abogado Gian Carlo Paredes Rivera, quien ofreció dinero a una víctima de violación, entonces menor de edad, para que se retractara de su denuncia. La decisión resolvió uno de los asuntos que aún estaban pendientes en el proceso: la duración de la inhabilitación impuesta al abogado. El nombre de Paredes también figura en el expediente que sigue la justicia contra el alcalde de Sincelejo, Yahir Acuña, señalado de financiar al grupo armado Los Rastrojos. Según los testimonios recogidos en ese caso, el abogado habría servido de intermediario para entregar COP 1.500 millones a esa organización paramilitar.
La sentencia contra Paredes por el delito de soborno en la actuación penal, con ponencia del magistrado Gerardo Barbosa Castillo, reconstruyó los hechos ocurridos el 24 de febrero de 2016 en la Cárcel Nacional Modelo de Bogotá. Ese día se realizó una diligencia de reconocimiento en fila de personas en el marco de un proceso contra dos hombres por acceso carnal violento agravado y hurto calificado y agravado. La víctima, entonces menor de edad, asistió acompañada de su madre. Paredes Rivera estaba presente como defensor de uno de los acusados, precisamente aquel a quien la joven reconoció como su agresor.
Al terminar la diligencia, ya fuera del penal, el abogado abordó a la víctima y a su madre. De acuerdo con el fallo, le ofreció entre COP 1.000.000 y COP 1.500.000 para que, en la declaración que rendiría ante el Juzgado Treinta y Ocho Penal del Circuito con Función de Conocimiento de Bogotá, faltara a la verdad y se retractara del señalamiento o manifestara que no recordaba lo ocurrido. Por esa conducta fue procesado por el delito de soborno en la actuación penal.
Lea: Caso Miguel Uribe Turbay: la historia del disidente al que la JEP decidió no expulsar
El proceso tardó años en avanzar. La Fiscalía le imputó el delito el 25 de octubre de 2017 ante el Juzgado Veintidós Penal Municipal con Función de Control de Garantías de Bogotá, y Paredes no aceptó el cargo. La acusación se formuló un año después, el 25 de octubre de 2018, ante el Juzgado Undécimo Penal del Circuito con Función de Conocimiento. La audiencia preparatoria se realizó en mayo y julio de 2021, mientras que el juicio oral se desarrolló en cuatro sesiones entre enero y mayo de 2023.
El 16 de mayo de 2023, el juzgado condenó al abogado a 72 meses de prisión y a una multa de 50 salarios mínimos legales mensuales vigentes. También le impuso dos penas accesorias por el mismo término de la prisión: la inhabilitación para ejercer la abogacía y la inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas. Aunque le negó la suspensión condicional de la pena, le concedió la prisión domiciliaria. El Tribunal Superior de Bogotá confirmó la condena el 15 de agosto de 2023 y negó la solicitud de nulidad presentada por la defensa.
La defensa acudió entonces a la casación, pero la Corte inadmitió la demanda mediante un auto del 27 de mayo de 2026. En esa misma decisión, anunció que revisaría de oficio un único punto: la duración de la inhabilitación para ejercer la abogacía. La Sala debía determinar si esta sanción debía fijarse conforme al sistema de cuartos y no por el mismo tiempo de la prisión. El alto tribunal concluyó que “los hechos ocurrieron el 24 de febrero de 2016, cuando ya regía la Ley 1762 de 2015. Por ello, la inhabilitación para el ejercicio de la profesión debía imponerse por el mismo tiempo de la prisión. Al fijarla en 72 meses, por un término igual al de la prisión impuesto. (…) No existe, entonces, yerro alguno en su dosificación”.
Asimismo, la Corte explicó que el sistema de cuartos sigue vigente cuando la ley establece un mínimo y un máximo, como ocurría con la inhabilitación profesional por hechos anteriores a esa reforma. Sin embargo, como los hechos de este caso ocurrieron en 2016, cuando la Ley 1762 ya estaba en vigor, aplicar ese sistema habría significado recurrir a un régimen anterior. La Sala señaló que el juez debe verificar y motivar la concurrencia de alguno de tres supuestos para imponer la inhabilitación profesional: el abuso del ejercicio de la profesión, la relación de causalidad entre el delito y la profesión o la contravención de las obligaciones que de ella se derivan. Tampoco encontró irregularidades en la inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas, fijada en 72 meses, y resolvió no casar el fallo.
La relación con el caso de Yahir Acuña
Este no es el único expediente judicial en el que aparece el abogado Gian Carlo Paredes Rivera. Su nombre también figura en la investigación contra el alcalde de Sincelejo, Yahir Acuña, por la presunta financiación de Los Rastrojos. Juan Manuel y Brayan Borré Barreto, dos exparamilitares vinculados a la creación de Los Rastrojos-Costeños, aseguraron que el alcalde financió a esa organización con COP 1.500 millones. Según una reconstrucción publicada por Cambio, el principal testigo es Juan Manuel Borré, alias “Pistón” o “Javier”, excomandante de milicias urbanas de las autodefensas en Sincelejo. Se desmovilizó en 2005 con el Bloque Córdoba y posteriormente integró Los Comba, Los Urabeños y Los Rastrojos, hasta fundar su propia facción desde la cárcel.
Lea también: Caso Miguel Quintero: las dudas sobre la testigo clave y la denuncia contra Simón Molina
Por estos hechos, Borré está condenado a 34 años y nueve meses de prisión y fue expulsado de Justicia y Paz por fugarse. En agosto de 2014, ante la Fiscalía 48 Especializada contra el Crimen Organizado, afirmó que con Acuña “cuadramos para que él fuera la pluma de la política allá”, a cambio de contratos y aportes. También aseguró que el entonces político les “dio casi COP 1.500 millones”, entregados a través del abogado Gian Carlo Paredes.
Para los hermanos Borré, Paredes fue mucho más que su abogado en Justicia y Paz. Juan Manuel Borré sostiene que era el enlace entre la política y Los Rastrojos-Costeños, que pagaba la nómina y gestionaba la relación con Acuña. “En mi época la relación la tuvo el abogado Gian Carlos Paredes. Él nos contaba todo a nosotros, en ese entonces no se movía sin decirnos nada a nosotros”, declaró.
En 2023, desde la cárcel de Picaleña, Borré ratificó su versión: “Había un abogado, se llama Gian Carlo Paredes si ustedes lo buscan, me lo capturaron en su momento acá por una plata, preso por unos enredos que tuve con la Gata. Paredes era compadre con Nelson Stand. Ellos eran los que me tenían la relación con Yahir Acuña (…) pero usted dese cuenta la relación que él siempre ha tenido con el paramilitarismo”. Su hermano Brayan Eduardo también respaldó este relato.
Paredes es abogado de la Universidad Simón Bolívar. En 2007 aspiró sin éxito al Concejo de San Onofre por Cambio Radical y entre 2008 y 2011 fue jefe de control interno de Carsucre. El 5 de julio de 2013 fue capturado frente a Aposucre, la empresa de chance de Enilce López, alias “la Gata”, cuando recibía COP 400 millones que, según la justicia, correspondían al anticipo de una extorsión de COP 2.000 millones para evitar el asesinato de vendedoras de chance. Una de las detenidas, Silvia Patricia Hernández Charris, declaró posteriormente que el abogado Paredes la visitó en la cárcel para pedirle que asumiera “las culpas”.
Por su parte, Nelson Stand Berrío, exalcalde de Los Palmitos, exdiputado y abogado del Bloque Montes de María, fue condenado por parapolítica y asesinado el 26 de enero de 2020. Según Borré, también habría servido de enlace con políticos de la región. “Los negocios del departamento de Bolívar y Sucre los negocié con Nelson Stand, con Yair Acuña”, afirmó. Stand y Paredes eran amigos y, según el principal testigo, ambos gestionaban los acuerdos para evitar que Acuña entregara dinero directamente a Los Rastrojos.
Para conocer más sobre justicia, seguridad y derechos humanos, visite la sección Judicial de El Espectador.