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Por qué la imputación al general (r) Montoya por falsos positivos quedó suspendida

El Tribunal Superior de Bogotá anunciará el lunes si permite que la Fiscalía impute, por 104 casos de “falsos positivos”, al general en retiro Mario Montoya, quien a su vez se sometió a la JEP.

25 de agosto de 2021 - 10:31 p. m.
Víctimas de Falsos Positivos instalaron una vez más el mural  "¿Quién dio la orden?", el cual fue censurado y borrado por militares la primera vez.
Víctimas de Falsos Positivos instalaron una vez más el mural "¿Quién dio la orden?", el cual fue censurado y borrado por militares la primera vez.
Foto: Mauricio Alvarado Lozada

El general en retiro Mario Montoya podría convertirse en el militar de más alto rango en ser vinculado a un proceso penal por falsos positivos. El Tribunal de Bogotá decidirá el lunes 30 de agosto si concede la petición de la Fiscalía de imputarle cargos en un hecho sin precedentes, por el rango del oficial y porque se trata del primer compareciente ante la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) que sería imputado en la justicia ordinaria.

En contexto: Imputación al general (r) Mario Montoya: ¿choque de trenes o justicia eficiente?

El fiscal tercero delegado ante la Corte, quien lleva el caso, le explicó al Tribunal de Bogotá por qué considera que sí puede imputar al general (r) Mario Montoya. En primer lugar, aunque dijo saber que Montoya se sometió a la JEP y, en segundo lugar, que reconoce la competencia de esta jurisdicción: los hechos del conflicto armado, entre los que están los falsos positivos. Y agregó que la Corte Constitucional ha expresado que el juzgamiento de estos hechos en la justicia ordinaria debe suspenderse, porque la competencia de la JEP es prevalente.

Sin embargo, el fiscal dijo que la propia JEP ha pedido que la Fiscalía continúe con investigaciones de hechos del conflicto. En concreto, el fiscal se refirió a pronunciamientos de la Sección de Apelaciones y la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas, que le han hecho llamados a la justicia ordinaria para que continúen con las investigaciones. Y añadió que, de acuerdo con sentencias en firme, el ente investigador puede continuar con sus investigaciones hasta antes de entrar a juicio.

Montoya es compareciente ante la JEP desde 2019, jurisdicción que ordenó acogerlo para que aporte verdad plena sobre el conflicto armado, como comandante del Ejército entre 2006 y 2008. Se trata de un hombre clave en la investigación de la JEP sobre “falsos positivos”, pues en el periodo entre 2002 y 2008 se presentaron, al menos, 6.402 casos de ejecuciones. Mientras la JEP avanza con su proceso, hasta hace unos días exclusivo, la Fiscalía cree que Montoya es responsable por 104 muertes.

Los representantes de víctimas le pidieron al Tribunal de Bogotá que permita realizar la audiencia. “Aquí hay una investigación real y concreta, que abarca un universo múltiple de hechos que son considerados delitos bajo el sistema de justicia ordinaria y que el deber ser es que se aplique la ley de procedimiento penal. Es imposible y podría entenderse una afectación sustancial a los derechos de las víctimas que no se haga esta imputación. Esta imputación no solo la están esperando las 104 familias anunciadas por la Fiscalía, si no todo el país. Y más de 2.400 familias que la misma Fiscalía ha identificado”, dijo el abogado Germán Romero, uno de los representantes de familiares de falsos positivos.

Debate por la competencia sobre Montoya

La Fiscalía solicitó audiencia de imputación el pasado 12 de agosto, lo que significó toda una revolución ante el paso a paso que venía trabajando la JEP desde su creación. El ente investigador tendría como probar que Montoya es culpable por delitos relacionados con “falsos positivos” entre 2007 y 2008. Mientras se desempeñó como comandante, Montoya habría desconocido una directiva en la que se le ordenó a las unidades privilegiar las desmovilizaciones colectivas e individuales, así como las capturas, sobre las muertes en combate.

“Montoya Uribe, supuestamente, ejerció presión a todos los jefes de divisiones, brigadas y batallones para que cumplieran una estrategia diferente que, al parecer, premiaba y otorgaba condecoraciones a los comandantes y grupos que reportaban muertos”, agregó la Fiscalía. Según la investigación de la institución, Montoya tendría responsabilidad por el homicidio de 104 personas, cinco de ellas menores de edad que jamás pertenecieron a organizaciones criminales.

Antecedentes: Fiscalía imputará cargos por falsos positivos contra el general (r) Mario Montoya

El abogado Andrés Garzón, planteó en audiencia su controversia sobre la imputación. Aseguró que la misma institución “sabía que no se podía hacer” y que desde el principio del proceso en la JEP se le garantizó a Montoya que el caso sería competencia única de la justicia transicional de paz. El abogado Garzón citó jurisprudencia de la Corte Constitucional y de la Corte Suprema de Justicia, tras las cuales se avaló la exclusividad de la JEP sobre sus comparecientes y sobre los actos relacionados con el conflicto armado.

De hecho, el pasado 23 de agosto, Garzón le solicitó a la JEP plantearle un conflicto de competencias a la Fiscalía ¿Qué buscaba? Que esa solicitud fuera examinada por la Corte Constitucional, encargada de elegir el órgano juzgador, esperando que la investigación siga su curso en la JEP. En ese documento, en poder de El Espectador, se explicó que según la Corte Suprema, la Fiscalía estaría excluida de adelantar contra Montoya órdenes de captura, interrogatorios, imputaciones, imposición de medida de aseguramiento y, siguiendo la línea judicial, un eventual juicio.

Antecedentes: General (r) Mario Montoya pide que el caso en su contra se quede en la JEP

Además, agregó que la Corte Constitucional ha dado validez a la esencia de la JEP: el Acto Legislativo 01 de 2017: “La JEP estará sujeta a un régimen legal propio, con autonomía administrativa, presupuestal y técnica; administrará justicia de manera transitoria y autónoma y conocerá de manera preferente sobre todas las demás jurisdicciones y de forma exclusiva de las conductas cometidas con anterioridad al 1º de diciembre de 2016, por causa, con ocasión o en relación directa o indirecta con el conflicto armado, por quienes participaron en el mismo, en especial respecto a conductas consideradas graves infracciones al Derecho Internacional Humanitario”.

Para conocer más sobre justicia, seguridad y derechos humanos, visite la sección Judicial de El Espectador.

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jairo(18714)31 de agosto de 2021 - 01:18 p. m.
la llamada justicia ordinaria solo le imputara cargos y lo condenara a que en su mansion se quede un año bien cuidado para que nadie lo moleste en cambio si es la JEP lo condenaran a cinco años igualmente en su mansion . a estos genocidas en un pais serio sino fusilarlos , por lo menos la cadena perpetua mas cien años. apenas lo que se merece este tal por cual.
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