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Porte de armas: esto dicen las Fuerzas Militares sobre el decreto de De la Espriella

Desde el Departamento de Control de Comercio de Armas, Municipios y Explosivos puntualizaron las condiciones con las que el decreto 1368 de 2026 da luz verde al porte. «Solamente se requiere el permiso vigente», dijeron.

09 de septiembre de 2026 – 11:24 a. m.
El presidente Abelardo de la Espriella encabezó el acto donde asumieron oficialmente los oficiales que estarán al frente del Ejército, la Armada, la Fuerza Aeroespacial y la Policía durante su Gobierno, realizada en la Escuela Militar de Cadetes General José María Córdova, en Bogotá.
Porte de armas: esto dicen las Fuerzas Militares sobre el decreto de De la Espriella.
Foto: Mauricio Alvarado Lozada

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Tras la expedición del decreto 1368 de 2026, con el cual el gobierno de Abelardo de la Espriella levantó las restricciones que había para el porte de armas en Colombia, quedaron varias dudas sobre si cualquier persona podrá llevar consigo un arma de ahora en adelante. Aunque el Ejecutivo ya había establecido las condiciones, las Fuerzas Militares, que serán las que expedirán los permisos y verificarán que los requisitos se cumplan, acaban de hacer precisiones sobre las medidas que se tomarán de ahora en adelante.

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El encargado de hacer las precisiones fue el coronel Héctor Alexánder Juzga León, jefe del Departamento Control Comercio de Armas, Municiones y Explosivos. Según dijo el uniformado, «todos los ciudadanos que tienen porte de arma vigente se podrán movilizar en el territorio portando su arma, siempre y cuando se encuentre vigente».

El militar agregó que son «las autoridades militares en todo el territorio nacional expiden la resolución pertinente de acuerdo a sus áreas de responsabilidad para que los ciudadanos puedan circular con su arma con su permiso vigente». Además, que «el trámite de permisos nacionales y regionales que eran de un carácter especial ya está abolido»; es decir, que ahora poder portar un arma de fuego en Colombia requerirá menos permisos. «Solamente se requiere para poder portar su arma en todo el territorio, movilizarse con el permiso de porte, siempre y cuando esté vigente», aclaró.

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El coronel Juzga dijo que desde las Fuerzas Militares «queremos hacer una invitación a todos los ciudadanos para que actualicen su permiso de porte para quienes lo tienen vencido, de tal manera que el único canal autorizado para desarrollar este trámite es la plataforma Siam 2.0. A través de esta plataforma los ciudadanos podrán iniciar estos trámites de revalidación».

Asimismo, el uniformado dijo que «para las personas que llevan con el permiso vencido por más de 30 días, inmediatamente inicien su trámite en plataforma, les va a generar una multa que corresponde a un salario mínimo legal vigente. Posterior a ese pago, podrá iniciar en plataforma los trámites y el Departamento Control Comercio de Armas con las 36 seccionales que tenemos desplegadas en territorio, podrá efectuar los estudios, validaciones y verificaciones con las autoridades competentes, de tal manera, hago referencia a verificaciones por parte de la Policía Nacional, Interpol, Fiscalía General de la Nación y el Departamento de Control Comercio de Armas para en cumplimiento del la Ley 2535 de 1993 poder expedir y actualizar los permisos de porte y tenencia de armas».

Según dijo el militar, para tramitar estos permisos, «no se requieren intermediarios o terceros». Por su parte, desde el gobierno, a través del vocero de la Casa de Nariño, Miller Soto, dijo que «levantar la suspensión general no es autorizar el porte libre de armas». El vocero señaló que «levantar esa suspensión y volver al régimen ordinario en el que quien tiene un permiso vigente expedido por autoridad militar competente puede ejercerlo sin tramitar una autorización especial adicional. Eso es lo que cambia».

Para conocer más sobre justicia, seguridad y derechos humanos, visite la sección Judicial de El Espectador.

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