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Audiencias y tutelas de zonas afectadas por terremoto serán atendidas por juzgados de apoyo

Dentro de la nuevas medidas, la Judicatura ordenó suspender hasta el próximo 11 de septiembre los términos de los procesos judiciales en siete departamentos. Acá los detalles.

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13 de agosto de 2026 - 08:44 p. m.
Dentro de la nuevas medidas, la Judicatura ordenó suspender hasta el próximo 11 de septiembre los términos de los procesos judiciales en siete departamentos. Acá los detalles.
Dentro de la nuevas medidas, la Judicatura ordenó suspender hasta el próximo 11 de septiembre los términos de los procesos judiciales en siete departamentos. Acá los detalles.
Foto: EFE - Carlos Ortega
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En medio de la tragedia que vive el país por cuenta del terremoto de magnitud 7,4 ocurrido el pasado lunes 10 de agosto, la rama judicial tomó nuevas medidas para garantizar la prestación de sus servicios y atender acciones urgentes como tutelas y audiencias de personas privadas de la libertad. Además, en las zonas más afectadas se suspenderán los términos judiciales por un mes.

A través de un boletín, el Consejo Superior de la Judicatura determinó que va a prorrogar hasta el próximo 11 de septiembre “la suspensión de términos judiciales y administrativos en los despachos judiciales y dependencias administrativas, ubicados en los departamentos de Caldas, Cauca, Chocó, Quindio, Risaralda, Tolima y Valle del Cauca, así como en los municipios de Puerto Boyacá (Boyacá) y Puerto Salgar (Cundinamarca)”.

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Asimismo, ordena “suspender, entre el 12 de agosto hasta el 11 de septiembre de 2026 (ambas fechas inclusive) el reparto de acciones de tutela, solicitudes de hábeas corpus y solicitudes de audiencias de control de garantías con personas privadas de la libertad, a los despachos judiciales permanentes ubicados en los municipios afectados”.

Dentro de las medidas que ordenó este 13 de agosto el Consejo Superior de la Judicatura está que se van a transformar “temporalmente despachos judiciales de diferentes distritos del país en despachos de apoyo itinerante, con competencia territorial adicional para atender los asuntos provenientes de las zonas afectadas por la emergencia”.

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Según explicó la rama judicial, “estos despachos tendrán competencia temporal para conocer acciones de tutela, hábeas corpus, solicitudes de control de garantías con personas privadas de la libertad y actos urgentes”.

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Esas acciones, señalan, serán redistribuidas a “despachos de apoyo itinerante las acciones de tutela, hábeas corpus, solicitudes de audiencias de control de garantías con personas privadas de la libertad o de actos urgentes, recibidas entre el cinco (5) y el doce (12) de agosto de 2026 (ambas fechas inclusive) que no fueron atendidas por los despachos judiciales de los distritos afectados por el terremoto”.

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