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Tribunal anula sanción de destitución contra exdirectivo de la ANI por el caso Ruta del Sol

El Tribunal Administrativo de Cundinamarca anuló la destitución e inhabilidad de nueve años contra Camilo Mendoza Rozo, exdirectivo de la ANI investigado por el caso Ruta del Sol y Odebrecht.

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26 de agosto de 2026 - 10:27 p. m.
El Tribunal no se pronunció sobre si las modificaciones al contrato de la Ruta del Sol fueron legales, ni sobre si Mendoza Rozo realmente incurrió en alguna falta relacionada con el caso Odebrecht.
El Tribunal no se pronunció sobre si las modificaciones al contrato de la Ruta del Sol fueron legales, ni sobre si Mendoza Rozo realmente incurrió en alguna falta relacionada con el caso Odebrecht.
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El Tribunal Administrativo de Cundinamarca revocó la destitución e inhabilidad por nueve años que la Procuraduría había impuesto a Camilo Mendoza Rozo, exvicepresidente de Gestión Contractual de la Agencia Nacional de Infraestructura (ANI), al encontrar que la sanción se produjo cuando ya había vencido el plazo legal para imponerla.

La decisión le pone fin, por ahora, a un proceso disciplinario que había dejado por fuera del servicio público a Mendoza Rozo, señalado por su participación en la modificación del contrato de concesión de la Ruta del Sol, sector 2, un caso vinculado al escándalo de corrupción de Odebrecht.

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El caso se originó en la adición de obras al contrato de concesión, específicamente en los estudios y diseños del tramo Ocaña–Aguaclara–Gamarra–Puerto Capulco. Para la Procuraduría, esas obras no tenían relación directa con el proyecto original, por lo que, según el ente de control, no debieron incluirse mediante una simple modificación del contrato vigente, sino a través de un nuevo proceso de selección.

Con ese argumento, la Procuraduría encontró responsable a Mendoza Rozo en septiembre de 2022, en primera instancia, y ratificó la sanción en segunda instancia en agosto de 2024.

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El Tribunal no entró a analizar si las modificaciones contractuales fueron legales o si el exfuncionario actuó bien o mal. Su decisión se basó en un único punto: la Procuraduría se demoró más de lo que la ley permite para sancionar, es decir, operó la prescripción de la acción disciplinaria.

De acuerdo con las normas vigentes para la época de los hechos, la autoridad disciplinaria tenía un plazo máximo de cinco años, contados desde la apertura de la investigación, para notificar la decisión de primera instancia. Según el cálculo del Tribunal, ese plazo se cumplió el 25 de agosto de 2022. Sin embargo, la Procuraduría solo emitió y notificó su fallo el 27 de septiembre de ese año, es decir, un mes después de que su facultad para sancionar ya se había extinguido.

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Uno de los puntos centrales del fallo es que el Tribunal descartó el argumento de la Procuraduría según el cual los términos de prescripción se habrían suspendido durante la pandemia de covid-19, lo que, en teoría, le habría dado más tiempo para sancionar. Para la Corporación, esa suspensión no operaba en este caso, por lo que el plazo legal de cinco años debía contarse sin extensiones.

Para sustentar su decisión, el Tribunal se apoyó en una sentencia del Consejo de Estado de junio de 2025, que estableció que la prescripción disciplinaria, es decir, el vencimiento del tiempo para sancionar, es una garantía del debido proceso. Según esa línea, las suspensiones de términos decretadas durante la emergencia sanitaria no pueden usarse para ampliar el tiempo que tiene el Estado para sancionar a alguien.

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El Tribunal no se pronunció sobre si las modificaciones al contrato de la Ruta del Sol fueron legales, ni sobre si Mendoza Rozo realmente incurrió en alguna falta relacionada con el caso Odebrecht.

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