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Tribunal niega tutela contra Abelardo de la Espriella por su doble nacionalidad

La acción buscaba tumbar la campaña por posibles irregularidades con la doble nacionalidad estadounidense del ahora presidente electo, Abelardo de la Espriella. Esto se sabe.

Redacción Judicial

01 de julio de 2026 - 08:01 a. m.
En su decisión, el Tribunal señaló que la doble nacionalidad no constituye una inhabilidad para un colombiano por nacimiento.
Foto: EFE - Carlos Ortega
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En la mañana de este miércoles 1 de julio se conoció la decisión del Tribunal Superior de Bogotá de negar la tutela en la que se sostenía que Abelardo de la Espriella no podría ejercer como presidente de la República debido a su doble nacionalidad estadounidense.

La acción de tutela fue presentada por el ciudadano Gary Ernesto Martínez Gordón contra el Consejo Nacional Electoral (CNE) y la Registraduría Nacional del Estado Civil. Aunque la demanda, admitida por el Tribunal el pasado 18 de junio, solicitaba la suspensión provisional de la campaña, esa corporación no accedió a la petición.

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En su decisión, el Tribunal señaló que la doble nacionalidad no constituye una inhabilidad para un colombiano por nacimiento. La tutela tuvo origen en la decisión del CNE del pasado 17 de junio, mediante la cual negó la pretensión de revocar la candidatura de De la Espriella por su nacionalidad estadounidense.

En la acción se solicitaba que el CNE determinara “si el juramento de fidelidad prestado ante un Estado extranjero resulta constitucionalmente compatible con el deber superior de defensa exclusiva de la soberanía, independencia e integridad de la República de Colombia que corresponde al presidente de la República”.

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El CNE, por su parte, señaló que “la adquisición de una ciudadanía extranjera no comporta, por sí sola, la pérdida de la nacionalidad colombiana ni la configuración automática de una inhabilidad para acceder al desempeño de funciones y cargos públicos, especialmente cuando se trata de personas que ostentan la condición de colombianos por nacimiento”.

Asimismo, señalaba que “no resulta jurídicamente admisible derivar restricciones al ejercicio de los derechos políticos a partir de consideraciones relacionadas con supuestos compromisos de fidelidad, potenciales conflictos de intereses o escenarios hipotéticos no contemplados en el texto constitucional, pues ello equivaldría a incorporar causales de inelegibilidad adicionales a las establecidas en los artículos 191, 197 y 179 de la Constitución Política”.

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Contexto: Exmagistrados cuestionan candidatura de De la Espriella por nacionalidad estadounidense

La controversia inició con un comunicado publicado el pasado 10 de junio por un grupo de 20 exmagistrados de la Corte Constitucional, la Corte Suprema de Justicia y el Consejo de Estado, entre otros reconocidos juristas, cuestionó la aspiración presidencial de De la Espriella debido a su nacionalidad estadounidense.

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Según el documento, al adquirir esa ciudadanía debe realizarse un juramento que implica “compromisos y deberes jurídicos con ese país”, los cuales, a juicio de los firmantes, son incompatibles con las obligaciones que debe asumir el presidente de Colombia.

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Los firmantes del documento aclaran que la doble nacionalidad no impide, por sí misma, que una persona ocupe la Presidencia. “Sin embargo, es posible que la adquisición de una nacionalidad específica genere una incompatibilidad con el cargo de presidente, no por la doble nacionalidad en sí, sino por los eventuales compromisos que pueda implicar esta nueva nacionalidad”, se lee en el documento, en referencia a los “conflictos de lealtad nacional”.

Para conocer más sobre justicia, seguridad y derechos humanos, visite la sección Judicial de El Espectador.

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