Victorias y derrotas de Iván Duque en la Corte Constitucional en 2020
Aunque la mayoría de los decretos expedidos en el marco del Estado de Emergencia decretado por la pandemia del COVID-19 fueron avalados por el alto tribunal, el Plan de Desarrollo -la hoja de ruta de su gobierno- sufrió un fuerte ajuste.
La llegada de la pandemia de COVID-19 a Colombia obligó al presidente Iván Duque a decretar el Estado de Emergencia Social y Económica con el Decreto 417 del 17 de marzo de 2020, que fue extendido en mayo ante la necesidad imperiosa de tomar medidas en todos los sectores en medio de una cuarentena estricta. 115 decretos expedidos con medidas relacionadas con hacienda, o en relación con el trabajo y la seguridad social debían pasar el control estricto de la Corte Constitucional que tiene como fin evitar excesos de las autoridades en los estados de excepción. 57 fueron avalados sin modificación alguna, 51 con algunos cambios y apenas siete se cayeron en el alto tribunal.
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La llegada de la pandemia de COVID-19 a Colombia obligó al presidente Iván Duque a decretar el Estado de Emergencia Social y Económica con el Decreto 417 del 17 de marzo de 2020, que fue extendido en mayo ante la necesidad imperiosa de tomar medidas en todos los sectores en medio de una cuarentena estricta. 115 decretos expedidos con medidas relacionadas con hacienda, o en relación con el trabajo y la seguridad social debían pasar el control estricto de la Corte Constitucional que tiene como fin evitar excesos de las autoridades en los estados de excepción. 57 fueron avalados sin modificación alguna, 51 con algunos cambios y apenas siete se cayeron en el alto tribunal.
La primera victoria de Iván Duque fue lograr el aval de los decretos que declararon como tal el Estado de Emergencia, así como la creación del Fondo de Mitigación de Emergencia, eje central para el manejo del dinero de la pandemia, fuertemente criticado por tomar recursos a modo de préstamo del Fondo de Pensiones de las Entidades Territoriales (Fonpet). 73 sentencias fueron expedidas en el marco de la primera emergencia y 42 de la segunda por una Corte Constitucional que sesionó sin parar, de forma virtual y expedita. Medidas para el turismo, los registros sanitarios de pequeñas empresas, en materia de minas y energía, para el transporte, para apoyar a Findeter, entre otras, pasaron el examen.
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Uno de los decretos claves que permitía excarcelaciones de presos fue avalado por el alto tribunal con un ajuste mínimo: que una vez pasara la emergencia, los reclusos que pasaron a prisión domiciliaria debían volver, siempre y cuando en la cárcel desde la que salieron no hubiera brote de COVID-19. La adición de $3 billones al presupuesto general incluida en el Decreto 522 de abril de 2020 también tuvo el aval jurídico, pero no así tres artículos que aclaraban la forma como debían liquidarse los recursos. Y no solo se cayó un artículo del Decreto 491 de 2020, que justificaba sesiones virtuales del Congreso, sino que les dijo a los congresistas que entre más importante fuera su labor, menos podía hacerse de manera virtual.
Aunque en estadística son pocos los temas que se le cayeron al gobierno Duque, como legislador extraordinario, los decretos que la Corte tumbó incluyeron temas transversales. El más sonado sin duda fue el 580 de abril de 2020, que permitía el subsidio de hasta un 80 % en servicios públicos, que no incluyó la firma de todos los ministros, un requisito indispensable. También se cayó el impuesto solidario (Decreto 568 de 2020), que quitaba un porcentaje de los ingresos de los trabajadores públicos que ganaran más de $10 millones con destino al FOME, pero no por reducir de manera importante los ingresos, sino porque la medida resultaba contraria al derecho a la igualdad al no incluir a todas las personas naturales.
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Una de las medidas más cuestionadas en la pandemia que tumbó la Corte fue un decreto que hacía cambios en las reglas de juego de las pensiones, disminuyendo por dos meses del 16 al 3 % la cotización a las empresas. Sumado a ello, el alto tribunal también tumbó un decreto que suspendió los términos del trámite de extradición durante el estado de emergencia, que dio funciones jurisdiccionales a los procuradores de familia para conocer procesos de adopción y uno más que sobre la terminación unilateral de contratos de arrendamiento de locales comerciales.
De otro lado, el presidente Iván Duque sufrió una derrota importante, pues el alto tribunal ajustó su Plan de Desarrollo 2018-2022,“Pacto por Colombia, Pacto por la Equidad”, Ley 1955 de 2019, que ha sido demandada 76 veces. En 20 fallos emitidos en 2020, la Corte, por ejemplo, tumbó con efectos diferidos -a partir del 1° de enero de 2023-las contribuciones especiales a cargo de las personas prestadoras de los servicios de gas, agua y saneamiento básico que buscaban financiar los gastos de funcionamiento e inversión de la Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG), de la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico (CRA) y de la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios (SSPD).
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El alto tribunal hizo un llamado de atención por incluir en esta vía asuntos que necesitaban “una mayor exigencia en términos de deliberación democrática”. Así, la carga tributaria era contraria a la Constitución. Lo mismo sucedió con la sobretasa por kilovatio hora de energía eléctrica consumida que se incluyó en el plan para fortalecer el Fondo Empresarial en el territorio nacional. La Corte, con ponencia del magistrado Alejandro Linares, señaló que este tema no corresponde a la noción de inversión social. Y, de otro lado, se cayó por inconstitucional un artículo que creaba una tasa (pagada en favor del Ministerio del Interior) para la realización de consultas previas en asuntos que interesan a comunidades.
Otra decisión de la Corte Constitucional que tuvo impacto porque el gobierno Duque tenía un especial interés fue la que dio lugar a la discusión sobre el nombramiento de una persona de su cercanía, en concreto al ministro de Hacienda, Alberto Carrasquilla, en la Junta Directiva del Banco de la República. El debate se centró en determinar si debía aplicarse la edad de retiro forzoso de 70 años al entonces gerente Juan José Echavarría. El alto tribunal señaló que la norma no aplicaba para el Banco porque de aceptarlo, claramente se afectaba la independencia constitucional del Banco frente a las ramas del poder público.
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El gobierno Duque cerró el año con una “victoria” no prevista: la posibilidad de ternar a una persona para que integrara una de las nueve plazas de la Sala Plena de la Corte Constitucional por la renuncia inesperada y por motivos personales del magistrado Carlos Bernal Pulido en agosto. Duque ternó a tres conocidos: Paola Andrea Meneses Mosquera, Fernando Antonio Grillo y José María del Castillo. La elegida por el Congreso fue la primera, compañera de pupitre del presidente en el colegio, exsuperintendente de Subsidio Familiar y exfuncionaria de otro gran amigo del presidente, el fiscal Francisco Barbosa, pues Meneses se desempeñaba como fiscal en la Unidad contra el Crimen Organizado.