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Corte Suprema bloquea aranceles de Trump y refuerza los contrapesos del poder en EE. UU.

El alto tribunal limitó los aranceles impuestos por el presidente, quien anunció sus alternativas. Hay buenos indicios para Colombia, pero temor en el comercio global.

Laura Henao Arévalo y Redacción Economía

21 de febrero de 2026 - 01:51 p. m.
La imagen del presidente Donald Trump se exhibe en la fachada del Departamento de Justicia.
Foto: AFP - DREW ANGERER
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Desde el inicio de su segundo mandato, Donald Trump ha sorprendido con decisiones audaces: desde ataques militares hasta políticas económicas agresivas. Durante meses, su agenda avanzó sin mayores obstáculos, respaldada por un Congreso cada vez más alineado con el poder Ejecutivo, lo que alimentó la percepción de un gobierno con escasos contrapesos.

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Sin embargo, este viernes 20 de febrero de 2026 la Corte Suprema de Estados Unidos emitió un fallo trascendental. Con una votación de 6 a 3, invalidó la mayor parte de los aranceles impuestos por el presidente. Determinó que excedió su autoridad al invocar la Ley de Poderes Económicos de Emergencia Internacional (IEEPA) de 1977 para remodelar unilateralmente el comercio global.

La decisión, escrita por el presidente del Tribunal Supremo, John G. Roberts Jr., resultó sorpresiva y contundente. Rechazó una de las medidas económicas más emblemáticas de Trump. The New York Times la calificó como “una declaración de independencia de la Corte Suprema”.

“El fallo confirma que los tribunales conservan la autoridad para invalidar acciones ejecutivas que exceden los límites estatutarios. El control judicial sigue operando. Formalmente, la separación de poderes permanece intacta”, afirmó Dorian Kantor, director de Kantor Consulting, una consultora política con sede en Berlín y Bogotá.

El juez Roberts describió como una “expansión transformadora” la postura del Gobierno, que sostiene que el presidente tiene autoridad para establecer aranceles ilimitados a su discreción. “Es significativo que, en los 50 años de vigencia de la IEEPA, ningún presidente haya utilizado esta ley para imponer aranceles, y menos aún de la magnitud y amplitud aquí en disputa”, agregó.

Durante una conferencia de prensa, Donald Trump cuestionó el fallo, pero aseguró que buscará alternativas para imponer aranceles y afirmó que estas fortalecerán la economía de Estados Unidos, aunque el proceso tomará más tiempo.

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Trump reaccionó anunciando aranceles globales del 10 % bajo la Sección 122 de la Ley de Comercio de 1974, que autoriza tasas de hasta el 15 % por un máximo de 150 días. Ese nivel se alcanzó este sábado, con el más reciente anuncio del mandatario a través de su red social. Estos gravámenes, sin embargo, requerirán aprobación del Congreso para extenderse más allá de ese plazo. Adicionalmente, activará la Sección 301 para iniciar investigaciones destinadas a “defender a Estados Unidos de prácticas comerciales desleales perpetradas por otros países y empresas”.

“Si un tribunal declara ilegales los aranceles, ello implica que la administración se basó en una interpretación expansiva de la autoridad delegada para eludir al Congreso. Ese es precisamente el patrón identificado en ‘Politics as Law’: acción ejecutiva unilateral justificada mediante una construcción jurídica maximalista, en lugar de una autorización legislativa explícita”, explicó Kantor.

El fallo generó una reacción inmediata en Wall Street, según reporta la NBC: el S&P 500 recuperó terreno y subió 0,5 %, mientras que el Nasdaq avanzó 0,6 % pocos minutos después del veredicto. Al mismo tiempo, el dólar se fortaleció frente al euro y al yen, reflejando una renovada confianza en la estabilidad legal de Estados Unidos.

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La sentencia bloquea aranceles globales de hasta el 50 % a más de 100 países, anula gravámenes del 25 % a China, Canadá y México, y deja sin efecto medidas contra el petróleo ruso. Abre la puerta a reembolsos por miles de millones de dólares a importadores afectados.

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Permanecen vigentes, sin embargo, los aranceles bajo la Sección 232 de la Ley de Expansión Comercial de 1962 (seguridad nacional), que cubren acero, aluminio, madera y automóviles, así como otros gravámenes sectoriales no invocados bajo la IEEPA.

“El fallo demuestra que los tribunales aún pueden imponer límites. Eso es significativo. Sin embargo, también evidencia cuánto espacio político puede ocupar el Ejecutivo antes de que se produzca la corrección judicial. La resistencia es real, pero reactiva”, concluyó Kantor.

Impacto para Colombia

Trump impuso a Colombia una tarifa arancelaria del 10 %, pero no todas las exportaciones hacia ese país, que es nuestro principal socio comercial, quedaron sujetas al gravamen: productos como el petróleo y el oro estuvieron exentos desde el inicio y, posteriormente, se eliminaron de la lista algunos como el café.

Tras la decisión de la Corte Suprema de los Estados Unidos, la ministra de Comercio, Diana Morales, aseguró que el fallo impacta positivamente a los empresarios nacionales. Según los datos de la cartera, cerca del 29 % de las exportaciones colombianas hacia ese mercado se veían afectadas por el arancel del 10 %.

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El Ministerio de Comercio está analizando el alcance jurídico y comercial de la decisión que se conoció el viernes, según Morales, para acompañar a los sectores beneficiados y asegurar que el país “capitalice plenamente esta coyuntura”.

De todas formas, el panorama no se ha aclarado del todo. La Cámara de Comercio Colombo-Americana (Amcham) hizo algunas salvedades importantes para los empresarios del país. María Claudia Lacouture, presidenta del gremio, dijo que aunque el efecto jurídico de la decisión es inmediato, la implementación operativa no necesariamente lo es. Además, el retiro efectivo del cobro en la frontera depende de la autoridad aduanera y el ajuste en los sistemas puede tardar desde algunos días hasta un par de semanas.

Amcham advirtió que entre las medidas arancelarias que siguen vigentes hay algunas que impactan a Colombia en productos como acero, aluminio, automóviles y autopartes. Por ahora, las recomendaciones que le hace el gremio a los empresarios colombianos con operaciones comerciales hacia o desde Estados Unidos es no asumir modificaciones automáticas en sus obligaciones arancelarias hasta que se publiquen las guías formales, revisar con sus asesores legales y agentes aduaneros el estado de sus operaciones y estar pendientes de las comunicaciones oficiales del Gobierno de Estados Unidos.

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Por Laura Henao Arévalo

Periodista de la Pontificia Universidad Javeriana. Actualmente integra la sección internacional, donde cubre y analiza conflictos globales con un enfoque en género y derechos humanos.@lauraaahenaolhenao@elespectador.com
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