Piden a Colombia investigar a pastor Francisco Jamocó por denuncias de violencia sexual

El pastor ha sido denunciado por lo menos 10 veces en los últimos 20 años sin que haya sido imputado. El Comité de Expertas del Mecanismo de Seguimiento de la Convención de Belém do Pará instó a Colombia a cumplir sus obligaciones internacionales.

Redacción Judicial
16 de abril de 2020 - 03:05 p. m.
Piden a Colombia investigar a pastor Francisco Jamocó por denuncias de violencia sexual

En los últimos 20 años, el pastor José Francisco Jamocó Ángel, fundador y pastor de la iglesia cristiana El Shaddai, ha sido denunciado por lo menos 10 veces ante la Fiscalía por violencia contra la mujer, tanto psicológica como sexual. Sin embargo, a la fecha, el líder religioso no ha sido siquiera imputado por estos cargos. Esto llevó a las mujeres víctimas a acudir a la Organización de Estados Americanos, que a través del Comité de Expertas le hace seguimiento a la implementación de la Convención de Belem do Para para erradicar la violencia de género, tratado internacional del que Colombia es firmante.

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Tras estudiar todo el expediente, las expertas emitieron una declaración expresando su “su preocupación por el respeto y la garantía de los derechos fundamentales de mujeres y niñas víctimas de violencia en Colombia en el caso El Shaddai, y de manera especial por el principio de debida diligencia (o debido proceso) que debe ser reforzado en estos casos”. Según se lee en la comunicación, luego “de pasar por varias instancias judiciales en las que se reportó la falta de debida diligencia en las investigaciones, actualmente el caso se encuentra pendiente de revisión ante la Corte Constitucional”.

Las mujeres víctimas temen ser revictimizadas por el Estado y por Jamocó, quien dirige una iglesia con más de 5.000 feligreses y 1.325 familias miembro según su sitio web. Por esto, acudieron al Comité de Expertas. Aunque no es una instancia que tenga poder jurisdiccional como lo tiene, por ejemplo, la Corte Interamericana de Derechos Humanos, el Comité sí puede hacer recomendaciones y, en esta ocasión, le recordó a Colombia sus obligaciones internacionales.

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“Vale la pena recordar que el artículo 2 de la Convención establece que se entenderá que violencia contra la mujer incluye la violencia física, sexual y psicológica que tenga lugar en la comunidad y sea perpetrada por cualquier persona. Asimismo, el artículo 4 de la Convención establece que toda mujer tiene el derecho a un recurso sencillo y rápido ante los tribunales competentes, que la ampare contra actos que violen sus derechos”, dijeron las expertas.

En el tratado, Colombia se comprometió a “prevenir, investigar y sancionar la violencia contra la mujer, establecer procedimientos legales justos y eficaces para la mujer que haya sido sometida a violencia, que incluyan, entre otros, medidas de protección, un juicio oportuno y el acceso efectivo a tales procedimientos”. Asimismo, “a establecer los mecanismos judiciales y administrativos necesarios para asegurar que la mujer objeto de violencia tenga acceso efectivo a resarcimiento, reparación del daño u otros medios de compensación justos y eficaces”.

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Sin embargo, a juicio de las expertas, estas garantías no se las han brindado a las víctimas de Jamocó y, si bien el Comité reconoce algunos esfuerzos de Colombia como el Protocolo de investigación de violencia sexual de la Fiscalía General, “las medidas implementadas no han sido suficientes” en este caso en concreto. Por todo esto, la expertas instaron a Colombia a tener en cuenta todos estos estándares en el proceso contra el fundador de El Shaddai, “para garantizar el acceso a la justicia, incluyendo una justa reparación a todas las víctimas”.

Por Redacción Judicial

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