Ya comenzó la cuenta regresiva para las elecciones legislativas y de consultas interpartidistas. Dentro del proceso electoral hay actores fundamentales en materia de veeduría y transparencia, entre ellos los testigos electorales. Estos son representantes de los partidos y las organizaciones políticas que se miden en las urnas y se encargan de supervisar el proceso de votación y de escrutinio.
Su labor es vigilar que los votantes ejerzan el derecho al voto de manera libre y sin interferencias de ningún tipo. Además, verifican la identidad de los jurados y la validez de las cédulas de ciudadanía de los sufragantes.
En caso de irregularidades dentro del proceso electoral, estas personas tienen la posibilidad de formular las reclamaciones formales por escrito. Además, pueden de ser designados en varias mesas de un mismo puesto si hacen falta testigos.
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¿Cuáles son los requisitos?
Según la Registraduría Nacional, todos los testigos deben ser ciudadanos “en pleno goce de derechos políticos, postulados por su organización ante la Registraduría Municipal o Local con datos como cédula, nombres, mesa y entidad representada”.
Estas personas reciben las credenciales E-15 para mesas de votación y E-16 para comisiones escrutadoras, expedidas tras verificación que pueden ser descargadas en formato PDF desde la página web oficial de la Registraduría Nacional del Estado Civil, llamada “InfoTestigos”. Por último, el día de las elecciones deben llegar al puesto asignado a las 7:00 a.m. con cédula y credencial generada por herramienta tecnológica de la Registraduría.
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