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Paralelo al evento de la sanción de la reforma laboral, otro similar estaba ocurriendo en Cartagena, liderado por el presidente del Congreso, el senador Efraín Cepeda (Partido Conservador). El conocido opositor del presidente Gustavo Petro le puso la firma al articulado que busca reformar el Fondo de Pensiones de las Entidades Territoriales (Fonpet) para convertirlo en ley.
Estuvo acompañado por los gobernadores Andrés Julián Rendón (Antioquia), Yamil Arana (Bolívar), Dilian Francisca Toro (Valle del Cauca), Jhon Gabriel Molina (Putumayo) y Juvenal Díaz (Santander). Desde allí, Cepeda aseguró que la ley “contribuirá a que los departamentos tengan mayor capacidad para ejecutar acciones que mejoren la calidad de vida de sus ciudadanos”.
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Junto a los gobernadores de Antioquia, Bolívar, Valle, Putumayo y Santander, estamos sancionando desde Cartagena la ley que reforma al Fonpet, que le permite a los departamentos poder administrar más recursos de forma autónoma y poder enfrentar uno de sus mayores pasivos que es… pic.twitter.com/PMsWYhcQgj
— Efrain Cepeda (@EfrainCepeda) June 25, 2025
Ya este martes, el senador había sancionado la ley con la que se formularán los lineamientos para una política pública a favor de los micronegocios barriales. Tanto esa como la del Fonpet tenían un detalle particular: las dos habían sido objetadas por el presidente Petro, por lo que no fueron materia de sanción presidencial.
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Cepeda, citando los artículos 166, 167 y 168 de la Constitución, aseguró que las objeciones no fueron hechas dentro de los plazos determinados por la ley. Eso, dijo, le daba margen de maniobra para ser él quien las sancionara.
“Ellos anotan aquí que, de acuerdo con el artículo 168 de la Constitución, el presidente de la República no sancionó y cuando se cumplen esos términos, es el presidente del Congreso el que debe sancionar la ley”, aseveró este martes.
Sancionamos en el Congreso la ley en beneficio de la economía popular y de los micronegocios, que no quiso firmar el presidente Petro.
— Efrain Cepeda (@EfrainCepeda) June 25, 2025
La ley faculta en este caso a que el presidente del Congreso pueda sancionarla.
Así ratificamos nuestro compromiso por la defensa de las… pic.twitter.com/z8jzYbjeM4
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En el artículo que cita el senador se lee que “si el presidente no cumpliere el deber de sancionar las leyes en los términos y según las condiciones que la Constitución establece, las sancionará y promulgará el presidente del Congreso”. En el artículo 166, se explica que “el Gobierno tiene seis días para devolver con objeciones cualquier proyecto cuando no conste de más de 20 artículos”, como es el caso de los dos mencionados.
Por el momento, el mandatario no se ha pronunciado al respecto. Las dos sanciones paralelas ocurren en medio de las tensiones crecientes entre ambos poderes y faltará ver cómo se dirimirán estos conflictos en la próxima legislatura, cuando Cepeda deje su cargo como presidente del Congreso en el cambio de mesas directivas.
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