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Catalina busca el suicidio médicamente asistido, pero un vacío legal prolonga su sufrimiento

Tras más de diez años de tratamientos y hospitalizaciones para enfrentar el trastorno depresivo mayor y el trastorno límite de la personalidad, Catalina, psicóloga, intentó acceder al suicidio médicamente asistido, luego de que su EPS le negara la eutanasia. Sin embargo, primero debe resolverse una zona gris en las normas colombianas. Quienes la apoyan esperan que su caso sea seleccionado por la Corte Constitucional para su revisión.

Juan Diego Quiceno

15 de marzo de 2026 - 07:20 p. m.
Catalina, psicóloga de 30 años, padece trastorno depresivo mayor, trastorno límite de la personalidad y trastorno de ansiedad.
Foto: Archivo Particular
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Catalina es una psicóloga de 30 años que padece trastorno depresivo mayor, trastorno límite de la personalidad y trastorno de ansiedad, los cuales han hecho durante la última década de su vida una constante de sufrimiento y dolor. Ha intentado más de 40 esquemas farmacológicos, ha sido hospitalizada en nueve ocasiones. Incluso, ha pasado por terapias como las electroconvulsivas. Nada le ha funcionado. Ha intentado acabar con su vida, al menos, en tres oportunidades.

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Ella tomó una decisión. No quiere continuar teniendo pesadillas casi todas las noches, incluso cuando duerme sedada por los medicamentos. No quiere despertarse agotada, con una presión en el pecho que a veces la inmoviliza durante horas. Por eso, durante los últimos seis meses, ha buscado que su muerte no ocurra en una habitación a solas, lejos de su familia y de su mamá, que la ha cuidado durante estos años. Lo intentó con la eutanasia, que le fue negada, y ahora busca hacerlo a través del suicidio médicamente asistido.

Su decisión empezó a tomar forma hace poco más de medio año, cuando comenzó a hablar con franqueza de esa idea con sus terapeutas. Ellos, que conocen mejor que nadie su recorrido, le dijeron que era posible empezar un camino hacia la muerte digna.

Tras iniciar esa ruta, el 10 de septiembre de 2025, su caso fue sometido al Comité de Muerte Digna de la EPS Sanitas luego de una solicitud de eutanasia. “El psiquiatra que participa en el comité concluyó que ella no ha agotado todos los tratamientos disponibles”, resume Lucas Correa Montoya, director de investigaciones y líder de litigio estratégico y servicios del Laboratorio de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, que ahora lleva el caso de Catalina.

A Catalina la EPS le negó la eutanasia.
Foto: Archivo Particular

El Comité de Muerte Digna de Sanitas concluyó, además, que Catalina no presentaba “un sufrimiento físico o psíquico incompatible con la dignidad humana”, pese a que la idea de sufrimiento tiene una dimensión profundamente subjetiva, algo que la misma norma reconoce. Nadie sabe, con total certeza, cuánto sufre el otro y cómo lo hace.

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Eso sorprendió a su equipo médico, que durante años ha acompañado su proceso y considera que Catalina ha pasado por múltiples esquemas farmacológicos, hospitalizaciones y terapias especializadas sin lograr una mejoría sostenida en su salud mental.

“Ella y la familia también recibieron eso como un baldado de agua fría”, cuenta Correa.

La mamá de Catalina, primero, buscó que su hija siguiera intentándolo. Ahora cree que, así como su hija llegó al mundo a través de ella, también podría ayudarla a partir. “Vivo con esta angustia todo el tiempo”, les confía a las personas a su alrededor. En la casa de ambas, los cuchillos están guardados y muchas cosas de la vida cotidiana han tenido que reorganizarse alrededor del miedo y de la angustia de una muerte violenta.

Luego de la negación de la eutanasia, Catalina y su familia decidieron intentar otra vía: solicitar la Asistencia Médica al Suicidio (AMS). La diferencia entre ambas es que, mientras en la eutanasia el médico es quien administra directamente el medicamento que causa la muerte, en la AMS el médico presta la ayuda (prescribiendo o suministrando los medios), pero es el paciente quien se autoadministra el medicamento.

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El 17 de octubre de 2025 radicaron la petición. Menos de un mes después, el 12 de noviembre, Sanitas volvió a negarla. Esta vez, además de reiterar que el Comité ya evaluó el caso de Catalina, la EPS agregó algo más: la ausencia de una reglamentación.

La Asistencia Médica al Suicidio (AMS)

En Colombia, la Sentencia C-164 de 2022 de la Corte Constitucional despenalizó la Asistencia Médica al Suicidio (AMS) bajo ciertas condiciones, al reconocerla como un mecanismo legítimo para ejercer el derecho fundamental a morir dignamente.

En la decisión, con ponencia del magistrado Antonio José Lizarazo Ocampo, el alto tribunal estableció que ayudar a otra persona a suicidarse puede no constituir un delito, siempre que se cumplan varios requisitos: que quien preste la ayuda sea un médico, que el paciente exprese su voluntad de manera libre, consciente e informada, y que padezca un sufrimiento intenso —físico o psíquico— derivado de una lesión corporal o de una enfermedad grave e incurable. Esto, bajo esas condiciones específicas, genera una obligación para el Estado de no perseguir penalmente al médico que acceda a hacerlo.

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Pero el pronunciamiento de la Corte dejó sin resolver algunos puntos. En la sentencia, el alto tribunal se negó a ordenarle al Ministerio de Salud que reglamentara el procedimiento y sostuvo que la regulación técnica y administrativa le correspondía al Congreso, mediante leyes, y al Ejecutivo, a través de políticas públicas. Esa decisión, señala Correa, de DescLAB, ha dejado este derecho en una gran zona gris.

El Ministerio de Salud sostiene que no tiene la obligación legal de reglamentar la Asistencia Médica al Suicidio (AMS).
Foto: Archivo Particular

Esa ambigüedad tiene efectos concretos. Basado en esa sentencia, el Ministerio de Salud sostiene que no tiene la obligación legal de reglamentar la Asistencia Médica al Suicidio (AMS). Así lo señaló en su respuesta a una acción de tutela que Catalina y sus abogados presentaron contra la EPS Sanitas, el Congreso, el propio Ministerio y la Superintendencia Nacional de Salud, tras la negativa al procedimiento.

En su respuesta, el Ministerio argumentó que la despenalización no equivale a la creación de un servicio de salud. Según la entidad, la decisión del alto tribunal genera una “obligación negativa” para el Estado, es decir, no perseguir penalmente al médico que ayude a un paciente en esas condiciones, pero no implica una “obligación prestacional” ni el deber de incluir la Asistencia Médica al Suicidio dentro del catálogo de servicios médicos financiados por el sistema de salud.

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A juicio del Ministerio de Salud, se ha actuado conforme a lo que estableció la Corte. En su respuesta señaló que no ha recibido órdenes judiciales directas que le exijan modificar las normas vigentes sobre la muerte digna en Colombia. Y sostuvo, además, que no existe omisión ni negligencia por parte del Estado, pues el sistema de salud ya ofrece otras vías para ejercer el derecho a morir dignamente que sí están reguladas; entre ellas, los cuidados paliativos, la adecuación del esfuerzo terapéutico y la eutanasia.

Pero para Correa y para Catalina no se trata de que existan otras formas de morir dignamente (más aún cuando, en su caso, la eutanasia también fue negada), sino de respetar la manera en que ella entiende y desea el final de su vida. Después de todo, recuerda el abogado, el derecho a morir dignamente, tal como lo ha desarrollado la propia Corte Constitucional a lo largo de años de sentencias, se apoya, precisamente, en la posibilidad de que las personas tomen decisiones libres sobre el final de su vida.

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¿Por qué el suicidio?

El caso de Catalina llegó nuevamente a la Corte Constitucional a mediados de febrero de 2026, que ahora deberá decidir si lo selecciona para revisión. En esta ocasión, Correa y su equipo piden, entre otras cosas, que se autorice el procedimiento, que pueda practicársele a Catalina y que se diseñe y establezca un protocolo claro para su aplicación.

Esto último requerirá, reconocen tres expertos sobre este tema a los que consultamos, más esfuerzo y nuevas discusiones. Por ejemplo: ¿cuál debe ser exactamente el papel del médico en un procedimiento en el que es el propio paciente quien toma la decisión final y realiza el acto? ¿Cómo debe prepararse y supervisarse el proceso para garantizar que sea seguro y que no genere sufrimientos adicionales? ¿Qué mecanismos deben existir para confirmar que la decisión sigue siendo libre y consciente hasta el último momento?

También están las preguntas inevitables por el control: ¿Quién debe estar presente? ¿Cómo se vigila que el procedimiento se realice de forma adecuada y en la persona que lo solicitó? ¿Qué responsabilidades asumen los médicos y las instituciones de salud antes, durante y después?

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“¿Cómo debe prepararse y supervisarse el proceso para garantizar que sea seguro y que no genere sufrimientos adicionales? ¿Qué mecanismos deben existir para confirmar que la decisión sigue siendo libre y consciente hasta el último momento?"

El listado de inquietudes es amplio. ¿Cuál debe ser la vía para garantizar que los medicamentos usados en el procedimiento sean administrados de forma segura y únicamente por quien tomó la decisión? ¿Qué protocolos deberían activarse si, por alguna razón, el proceso falla?

La asistencia médica al suicidio ya existe en algunos países, como Suiza y Canadá, aunque bajo modelos distintos. En Suiza, por ejemplo, el procedimiento suele ser acompañado por organizaciones especializadas y supervisado por personal sanitario (que, en ocasiones, pueden ser enfermeras), mientras que en Canadá forma parte del programa de asistencia médica para morir y se realiza bajo protocolos clínicos estrictos.

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En todo caso, reconoce Correa, ese debate ocurrirá en una especie de carrera contra el reloj: la espera, entre protocolos, decisiones judiciales y discusiones jurídicas, se cruza con el sufrimiento de una mujer que ya no quiere vivir. “Catalina dice algo clave”, cuenta. “Que el único importante no es solo quien muere, sino también quien se queda vivo. En procesos como la eutanasia, la familia suele tener tiempo para prepararse. En cambio, una de las cosas más traumáticas del suicidio es lo que ocurre con quienes quedan vivos”.

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