En Colombia, cambiar de Entidad Promotora de Salud (EPS) es un derecho que tienen los afiliados. Según explica en su página web el Ministerio de Salud, este proceso se podrá realizar transcurrido doce meses de antigüedad en la misma EPS.
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¿Cuándo se puede pedir el traslado de una EPS?
De cuerdo con el Ministerio de Salud, en la actualidad, los trámites relacionados con el traslado o cambio de EPS pueden realizarse a través de un formulario físico y asistiendo a la entidad promotora de salud o por medio de este enlace.
Los afiliados en el Sistema General de Seguridad Social en Salud pueden hacer el cambio después de haber cumplido un año de permanencia en su EPS o sin cumplir el año de permanencia para hacer unificación familiar.
También pueden realizar este proceso cuando su EPS ya no preste el servicio en su lugar de residencia, o cuando se presenten casos de deficiente prestación o suspensión de por parte de la EPS o su red prestadora debidamente.
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¿Cuáles son los requisitos que debo tener en cuenta para hacer el traslado de EPS?
Además de los mencionados anteriormente, la persona no debe estar hospitalizada ni ningún integrante de su núcleo familiar. También deberá inscribir en la solicitud de traslado a todos los integrantes de su núcleo familiar y, en caso de que se trate de un trabajador independiente, debe estar a paz y salvo en el pago de las cotizaciones al Sistema General de Seguridad Social en Salud.
¿Cuánto tiempo se demora el traslado de una EPS?
De acuerdo con el portal Así vamos en salud, entra en vigencia el primer día del mes subsiguiente a la radicación del traslado. La EPS de la cual se retira el afiliado, tendrá a su cargo la prestación de los servicios hasta el día anterior al que se haga efectivo el traslado.
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Entonces, una vez se lleva a cabo el cambio, los afiliados tendrán la cobertura integral en salud. El traslado aplica de conformidad con las condiciones y efectos que estén determinados en la ley.
¿Qué pasa cuando hay un traslado de EPS y surge una urgencia?
La atención inicial de urgencias debe ser brindada en el hospital o clínica más cercana al sitio de ocurrencia de la emergencia. De hecho, cualquiera de las Instituciones Prestadoras de Salud (IPS) debe prestar el servicio de atención, independientemente de la condición de afiliación a la EPS.
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