Este jueves el ministro de Salud, Fernando Ruiz y Ángel Custodio Cabrera, ministro de Trabajo, definieron nuevos lineamientos para contextos laborales en caso de que un trabajador se contagie de covid-19, en el marco de las nuevas medidas que se han determinado debido al alto riesgo de contagio que implica la variante ómicron.
Tanto en casos sintomáticos como asintomáticos, los empleadores deberán permitir el aislamiento obligatorio y de forma inmediata del trabajador. (Lea: Canastas covid-19: Minsalud inyectará 715 mil millones de recursos al sistema)
Si se trata de una persona sintomática, independiente de su cuadro de vacunación, deberá aislarse durante siete días desde el inicio de los síntomas; en estos casos no se requerirá de una prueba diagnóstica a menos de que la persona sea mayor de 60 años o con factores de riesgo. Para la expedición del certificado de aislamiento o de la incapacidad, se recomienda al médico identificar la actividad laboral del paciente y la posibilidad de realizar teletrabajo; en estos casos, el certificado es consecuencia de la evaluación que realice el especialista sobre el paciente y no requiere prueba diagnóstica. (Lea: A trabajadores de cines, bares y restaurantes se les exigirá carné de vacunación)
En el caso de una persona asintomática que tuvo contacto estrecho con un caso confirmado de covid-19, si cuenta con esquema incompleto de vacunación deberá aislarse siete días desde el primer día de exposición. Si la persona se realiza una prueba y da como resultado negativo, podrá suspender el aislamiento. En caso de que la persona asintomática cuente con esquema completo de vacunación, no será necesario el aislamiento ni la toma de prueba, aunque se recomienda evitar aglomeraciones o mantener contacto con personas mayores de 60 años, menores de 3 años o con algún factor de riesgo durante siete siete días desde el inicio de la exposición, así como el uso estricto del tapabocas. (Lea: Nuevas medidas para dosis de refuerzo Covid-19: cuándo, qué vacunas y otras dudas)
En los casos de aislamiento, luego de que los trabajadores cumplan los siete días, los empleadores no exigirán prueba de covid-19 negativa como requisito para regresar a sus actividades.