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Aspersiones aéreas con glufosinato: INS aclara que no ha emitido su concepto

Para que el gobierno nacional pueda iniciar el piloto de aspersiones aéreas con glufosinato de amonio, el INS debe emitir un concepto previo. Hasta el momento, la entidad no lo ha emitido.

Un juzgado de Putumayo ordenó al gobierno de Abelardo de la Espriella que suspendiera inmediatamente cualquier actividad de aspersión aérea con glufosinato de amonio.
Foto: (EPA) EFE - EFE
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El Instituto Nacional de Salud (INS) confirmó que a la fecha no ha emitido el concepto previo que le corresponde para que el gobierno pueda avanzar en la realización de un plan piloto que contempla la aspersión aérea con glufosinato de amonio como estrategia para la erradicación de cultivos de uso ilícito.

Así lo señaló la entidad a través de un comunicado publicado en la noche de este viernes 2 de octubre: “El Instituto Nacional de Salud (INS) informa que, a la fecha, no ha emitido concepto previo en salud respecto de este plan piloto”.

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Aunque el piloto, que el gobierno quiere adelantar en Putumayo, se encuentra suspendido por orden de un juzgado en Puerto Asís (Putumayo), una de las condiciones previas que se tiene que cumplir para que este pueda iniciar es la emisión de un concepto del INS “sustentando la ausencia de necesidad de una evaluación previa o preliminar del riesgo en salud”, según quedó consignado en la resolución del Consejo Nacional de Estupefacientes.

“En desarrollo de sus competencias como autoridad científico-técnica en salud, corresponde al INS realizar una valoración sustentada de los posibles riesgos para la salud de la población”, señaló la entidad. Para poder realizarlo, continúa el INS, se debe contar precisamente con la información y elementos técnicos y científicos que permitan efectuar el análisis que exige la ley.

El concepto que debe emitir el INS “deberá identificar los efectos que la sustancia y su formulación podrían causar en la salud de las personas, de acuerdo con las condiciones previstas para su aplicación, y los posibles escenarios de exposición de la población”, explicó el instituto.

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De igual manera, el INS aseguró que continuará trabajando de manera coordinada con las entidades competentes para contar con la información requerida y emitir oportunamente un pronunciamiento “técnico, independiente y debidamente sustentado”, aunque recordó que la implementación del plan piloto corresponde exclusivamente al Consejo Nacional de Estupefacientes.

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Como contamos en esta nota hace algunas semanas, la Organización Mundial de la Salud (OMS) clasifica el glufosinato de amonio como Clase II, moderadamente peligroso, mientras que el glifosato está en Clase III, ligeramente peligroso. Esta clasificación se refiere principalmente a la toxicidad aguda de las sustancias activas y no significa, por sí sola, que una exposición concreta vaya a producir un determinado daño.

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En la Unión Europea, el glufosinato de amonio está clasificado como tóxico para la reproducción, categoría 1B, una categoría que contempla posibles efectos adversos sobre la fertilidad y el desarrollo. De hecho, la autorización europea de esta sustancia expiró el 31 de julio de 2018.

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