La Cámara de Representantes terminó de debatir y votar las proposiciones a los artículos que la Corte Constitucional devolvió para que se resolvieran problemas de trámite. Como no se aprobó ningún cambio frente al texto que salió del Senado, no se necesita conciliación. Al parecer, este es el final del camino atropellado que vivió la iniciativa en el Legislativo, aunque ya hay quienes buscan cambios en el nuevo sistema de pilares: este miércoles, el Centro Democrático radicó una “contrarreforma”.
Inicialmente, la reforma pensional, promovida por el gobierno de Gustavo Petro, iba a entrar en vigencia el 1° de julio de 2025, pero dos semanas antes de esa fecha la Corte Constitucional decidió suspenderla. Esa fue la primera vez que el alto tribunal devolvió el articulado a la plenaria de la Cámara de Representantes para que se subsanaran los vicios de trámite.
El 28 de junio de 2025, la Cámara le dio de nuevo el visto bueno al proyecto y después, durante casi 14 meses, el país estuvo a la espera de una decisión final de la Corte Constitucional. En agosto de este año, la Sala Plena avaló la mayor parte de la reforma, pero devolvió nueve componentes del articulado, argumentando que en la sesión del año pasado la Cámara no debatió algunas proposiciones.
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El plazo que dio el alto tribunal, 30 días hábiles desde la notificación de la sentencia, vencía el 30 de octubre. La Secretaría de la Cámara le pidió más tiempo a la Corte, pero no hubo una respuesta a la solicitud. En ese escenario, la corporación debatió entre martes y miércoles ajustes nueve artículos de temas sensibles, como las comisiones para los fondos privados de pensiones, detalles de la administración del fondo de ahorro a cargo del Banco de la República, las 50 semanas por hijo nacido para las mujeres que no cumplen los requisitos de pensión y el trato diferencial para pueblos indígenas, comunidades negras y campesinas. También estaba sobre la mesa un artículo nuevo, propuesto por Jennifer Pedraza, hoy senadora, para prohibir que los fondos privados de pensiones realicen operaciones en las que incurran en conflictos de interés, es decir, para que no puedan usar los recursos para invertir en negocios de su mismo grupo financiero.
La plenaria negó cinco ajustes, Víctor Manuel Salcedo (Partido de la U) decidió retirar cuatro de sus proposiciones y la senadora Pedraza (Dignidad y Compromiso) retiró el artículo nuevo. Aunque varios parlamentarios reconocieron que algunos de los cambios propuestos mejorarían la reforma, también defendieron que era mejor mantener el texto como estaba considerando el “momento político”: cualquier ajuste en la Cámara haría necesaria una conciliación, antes del viernes, con el Senado. Pedraza y otros congresistas prometieron radicar un proyecto para ajustar aquellos puntos que a su juicio necesitan mejoras.
Así las cosas, no hubo ningún cambio en la reforma pensional. Las reglas del sistema de pilares que se definieron el 14 de junio de 2024, cuando en cuarto debate, y a contrarreloj, la Cámara decidió acoger el texto que había salido del Senado, se mantienen.
¿Cómo queda la pensional?
La reforma incluye la creación del pilar solidario, que entregará una renta básica solidaria (cerca de COP 230.000) a las personas mayores sin pensión, y el semicontributivo, que ofrecerá una renta vitalicia para quienes cotizaron al sistema entre 300 y 1.000 semanas. En el pilar contributivo, todos cotizarán a Colpensiones hasta 2,3 salarios mínimos (COP 4.027.081 en 2026) y de ahí en adelante en alguna de las Administradoras del Componente Complementario de Ahorro Individual (ACCAI).
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Tras la decisión de este miércoles, se mantiene el beneficio de 50 semanas por hijo nacido, hasta tres hijos, para las mujeres que llegan a la edad de pensión y no cumplen el requisito. Como por orden de la Corte Constitucional las semanas exigidas para ellas están bajando gradualmente hasta llegar a 1.000 en 2036, en el futuro las mujeres que tengan tres hijos podrían recibir sus mesadas si alcanzan las 850 semanas. Este es uno de los puntos que generó mayor debate por sus implicaciones fiscales.
Otro de los temas más polémicos fueron las comisiones para los fondos privados. Pedraza proponía eliminar la nueva comisión del 0,7 % sobre los saldos que administran las AFP, teniendo en cuenta que en la reforma también se mantuvo la comisión sobre las cotizaciones que realizan los afiliados. Este punto revivió uno de los episodios más polémicos del trámite legislativo de la pensional: el supuesto “mico” que habría redactado Asofondos.
El gremio de los fondos de pensiones ha defendido que esa comisión es necesaria para que las administradoras sobrevivan y puedan cumplir su rol en el nuevo sistema pensional. En el debate, el representante Alfredo Mondragón (Pacto Histórico) explicó que en la reglamentación de la reforma se estableció que el 0,7 % era un tope al que se llegará en 2041 y que se pusieron varias reglas para que no se vea afectado el ahorro pensional de los colombianos.
Ahora, la Cámara de Representantes enviará informe a la Corte Constitucional para que revise si, efectivamente, se cumplió la orden. En agosto, el alto tribunal ordenó que la reforma pensional entre en vigencia el 1° de abril de 2027; sin embargo, como contó esta semana El Espectador, hay solicitudes que podrían dilatar la implementación.
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Colpensiones, pieza clave del sistema, pidió extender el plazo hasta abril de 2028 por cuestiones operativas. La entidad, que pasará de cerca de tres millones de afiliados a 10 millones, argumentó que no le alcanza el tiempo para prepararse porque desde la notificación del fallo hasta abril de 2027 quedan apenas seis meses hábiles. Además, hay puntos vitales de la reglamentación, que está a cargo del Gobierno, que no se han definido.
“Una incapacidad logística para procesar estas novedades a tiempo no solo se traducirá en represamientos administrativos y demoras injustificadas en el reconocimiento de mesadas, sino en la imposibilidad material de garantizar el flujo continuo de recursos para las prestaciones económicas. Esto impactaría directamente a los pensionados actuales y futuros, quienes verían amenazada la efectividad de sus derechos fundamentales por colapsos transitorios o prolongados en la gestión institucional”, dijo Colpensiones en el documento enviado a la Corte Constitucional.
El otro tema fundamental tiene que ver con la plata para implementar la reforma. El ministro de Hacienda, Miguel Gómez, le pidió al alto tribunal en septiembre abrir un incidente de impacto fiscal argumentando que, en agosto, cuando se conoció la decisión de la Corte Constitucional, el Presupuesto General de la Nación 2027 ya estaba estructurado y no se hicieron los cálculos para cumplir con la sentencia. Este mes la Sala Plena aceptó la solicitud y dio un plazo de 30 días hábiles a partir de la notificación para que se sustente. Si los argumentos del Gobierno convencen a la Corte, la fecha de entrada en vigencia podría cambiar.

La contrarreforma pensional
El mismo día que la Cámara terminó el debate que subsanaría los vicios de trámite de la pensional, de hecho, durante esa sesión, el Centro Democrático radicó en el Legislativo la “contrarreforma”, un proyecto que pretende modificar algunas de las bases de la iniciativa que promovió el gobierno de Gustavo Petro.
El partido defendió que su propuesta, liderada por Claudia Margarita Zuleta, Andrés Forero y Zandra Bernal, “restituye” la libertad de elección para los cotizantes y protege la propiedad del ahorro pensional sin desmontar la estructura de pilares.
La contrarreforma propone que los afiliados puedan elegir dónde cotizar hasta por 2,3 salarios mínimos (en la pensional aprobada es obligatorio que hasta ese umbral se cotice en Colpensiones). El texto establece que los colombianos podrían cambiarse entre fondos privados y Colpensiones cada cinco años, sin límite de edad y después de adelantar la doble asesoría. Si el cambio es entre fondos podría hacerse cada seis meses.
Para quienes no alcanzan a cumplir el requisito de pensión, la iniciativa del Centro Democrático propone que puedan decidir entre la devolución de saldos, incluyendo los rendimientos, o una mensualidad vitalicia que se calcule a partir del ahorro alcanzado. Antes de elegir entre estos dos caminos se descartarían otras opciones, como el reconocimiento de semanas por hijos, la pensión familiar, el sistema actuarial de equivalencias o la garantía de pensión mínima. El trámite de este proyecto apenas empieza.
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¿Me aplica la reforma pensional?
Como usuario, en este momento es clave que sepa si le aplica la nueva reforma pensional. El número de semanas cotizadas que tenga para la fecha de entrada en vigencia de la ley define si queda en el régimen de transición (es decir, bajo las reglas de la Ley 100 de 1993) o entra al nuevo sistema.
La recomendación de los expertos consultados por El Espectador es que revise su historia laboral, sea en Colpensiones o en los fondos privados. A los hombres que tengan 900 semanas cotizadas o más y a las mujeres con 750 semanas cotizadas o más en la fecha de entrada en vigencia (hasta ahora 1° de abril de 2027) les seguirá aplicando la Ley 100 de 1993. Los hombres y las mujeres que tengan menos de ese número de semanas quedan en el nuevo sistema.
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Francisco(28018)•Hace 15 horasEl Centro Democrático como siempre legislando para los grandes grupos económicos. En este caso para Asofondos. Pero, también para las EPS, los Bancos, la industria de ultraprocesados. Por eso le fue tan mal a Paloma Valencia; aunque hubiese sido un mal mucho menor que el abogado bufón.
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Gilberto(54899)•29 de octubre de 2026 – 07:28Afortunadamentte, NO todos jueces de la República le "COPEAN" al ESPURIO Abelardo.
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Dario(17472)•29 de octubre de 2026 – 07:14Qué raro, el Centro Demoníaco haciéndole el mandado a Sarmiento "Hambriento" Angulo para que le restituyan el chorro de plata a su paupérrimo fondo Porvenir. Qué maldición son para el país estos multimillonarios avaros, con plata hasta la coronilla y todavía quieren más.
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Álamo(88990)•28 de octubre de 2026 – 22:57Qué buena noticia. Por lo menos se salva algo muy importante que este gobierno debe respetar y hacer cumplir.