¿Qué cambia en Colombia con las nuevas Entidades Territoriales Indígenas y qué sigue?

El presidente Gustavo Petro firmó los decretos que formalizan los primeros territorios indígenas de Colombia. Ahora entran a ser parte de la estructura político-administrativa del Estado.

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Catalina Sanabria Devia
18 de diciembre de 2025 - 11:40 a. m.
El territorio indígena Yaigojé Apaporis, entre Amazonas y Vaupés, es uno de los ocho que se acaban de formalizar.
El territorio indígena Yaigojé Apaporis, entre Amazonas y Vaupés, es uno de los ocho que se acaban de formalizar.
Foto: Juan Gabriel Soler/Gaia Amazonas
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Tomó 34 años para que las Entidades Territoriales Indígenas (ETI) se volvieran una realidad. En un hecho que marca un antes y un después en la configuración del Estado, el presidente Gustavo Petro firmó los decretos que formalizan las primeras ocho del país, ubicadas a lo largo de casi 9,5 millones de hectáreas en los departamentos de Amazonas y Vaupés.

De ese modo, el Instituto Geográfico Agustín Codazzi (IGAC) deberá actualizar la cartografía oficial de Colombia. En otras palabras, el mapa que aprenden los niños y niñas en el colegio incluirá los territorios indígenas de PANI, Bajo Río Caquetá, Río Tiquié, Mirití Paraná, Yaigojé Apaporis, Arica, Uitiboc - Asoiantam y Ríos Cotuhé y Putumayo-Cimtar.

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Estas ocho ETI gozarán, oficialmente, de autonomía política, administrativa y fiscal. Gobernarán con base en sus sistemas de conocimiento, en articulación y coordinación directa con los ministerios y otras entidades, tanto nacionales como departamentales. Además, tal como lo dicta el Decreto 488 de 2025, tendrán acceso directo a recursos públicos para ejercer sus competencias en torno al ordenamiento territorial, a salud, educación, agua potable y saneamiento básico.

Los Acuerdos Interculturales, instrumento formal para la existencia de las ETI, terminaron de ser firmados por los ministros del Interior, Salud, Ambiente, Igualdad y Educación hace un par de semanas. Todos los documentos pasaron al escritorio del presidente Petro, quien finalmente dio luz verde a los actos administrativos que formalizan dichos acuerdos.

Pero esta historia se remonta a décadas atrás, cuando la Constitución Política de 1991 determinó, en su artículo 286, que “son entidades territoriales los departamentos, los distritos, los municipios y los territorios indígenas”. Sin embargo, estos últimos eran los únicos que faltaban por materializarse. Se trataba de una deuda histórica del Estado con los pueblos indígenas, a ojos de Antonio Matapí Yucuna, líder de uno de los territorios que se acaban de decretar, el Mirití Paraná.

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“No obstante, con esa lucha incansable, de manera resistente, hemos posicionado el pensamiento de nuestros abuelos, de los niños, de muchas personas de la Amazonia colombiana”, dice Matapí a este diario, con voz alegre. “A partir de ahora, el sistema político-administrativo de Colombia cambia. Esta es una representación real de una forma diferente de gobernar a nuestro país”.

Juan David Varela, líder del Laboratorio socio-jurídico de la Fundación Gaia Amazonas, la cual ha acompañado durante años este proceso, afirma que la formalización de las ETI es un avance hacia la descentralización del poder público. En ello concuerda Kenny Yukuna, también lideresa del Mirití Paraná, quien cuenta que, debido a los intermediarios, los recursos públicos no han llegado como esperan los pueblos indígenas.

“El objetivo principal de las ETI es descentralizar temas como la salud y la educación del Sistema General de Regalías; es decir, que podamos acceder por nosotros mismos a los recursos para que se puedan implementar en el territorio”, explica la lideresa.

Un largo camino hasta ahora

La tarea de formalizar las ETI estaba en manos del Congreso de la República, que debía aprobar este asunto a través de una ley de ordenamiento territorial. Varela asegura que el Congreso, “en vez de establecer ese marco normativo para las ETI, ha favorecido y facilitado la creación de municipios, sobre todo en la Amazonia colombiana”.

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Mateo Estrada, asesor de la Organización Nacional de los Pueblos Indígenas de la Amazonia Colombiana (Opiac), también señala una “omisión reiterativa” para esa regulación por parte del Congreso. Pero, previendo la falta de representación de los pueblos indígenas en el Senado y la Cámara de Representantes, la Constitución dispuso de otro camino. A través del artículo 56 transitorio se facultó al Gobierno para expedir las normas relacionadas con el funcionamiento de las ETI. Un decreto clave fue el 632 de 2018, que salió adelante, de acuerdo con Estrada, gracias al liderazgo de la Mesa Permanente de Concertación (MPC), la Mesa Regional Amazónica (MRA) y la Opiac.

Esta normativa establece los procedimientos para formalizar los territorios indígenas de los departamentos de Amazonas, Guainía y Vaupés. Pero en medio de esos procesos hubo varias trabas institucionales. Las tutelas, aunque deberían ser un mecanismo extraordinario, terminaron volviéndose una herramienta común en estos casos. De acuerdo con Varela, las razones de estas omisiones tienen que ver “con los patrones históricos de discriminación que, aunque la Constitución se propuso superar, el país aún no lo ha hecho. Por eso hemos tenido que esperar tanto”.

“Ha sido largo el camino, no ha sido fácil”, dice, por su parte, Arley Cañas Jamijoy, líder de la ETI Uitiboc - Asoiantam. En su opinión, la centralización del poder en Colombia no ha permitido que los pueblos indígenas aporten, en su totalidad, a gobernar, “a construir el Estado social de derecho democrático de Colombia desde las distintas miradas que tiene cada territorio”.

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En todo caso, en varias ocasiones, la Corte Constitucional le dio la razón a los pueblos indígenas. A través de la sentencia T-072 de 2021, el alto tribunal determinó que el Ministerio del Interior, encargado de hacer el registro de los Consejos Indígenas (que son los que gobiernan las ETI, así como en los municipios están las alcaldías), estaba solicitando más requisitos de los que establecía la ley.

Luego, por medio de la sentencia T-180 de 2024, la Corte señaló demoras en los trámites, específicamente en la solicitud de puesta en funcionamiento, así como vulneraciones al debido proceso y un desconocimiento generalizado por parte del Mininterior. Ahora, en su más reciente decisión, la sentencia C-477 de 2025, el alto tribunal moduló un artículo del decreto 632 para que los territorios indígenas puedan acceder a los recursos sectoriales del Sistema General de Participaciones, corrigiendo “un trato diferenciado e injusto”.

Lo que queda por delante

Como explicó a este diario hace unos meses Estrada, las ETI no asumirán todas las competencias de manera inmediata. Será un proceso gradual que contará con el acompañamiento de varias entidades del Estado para la formación en las capacidades técnicas necesarias. Varela agrega que la idea es que los indígenas ejerzan esta autonomía sin necesidad de que se vuelvan abogados, administradores públicos o contadores.

Para avanzar en los asuntos de salud, medio ambiente, educación, entre otros, cada uno de los Acuerdos Interculturales definió un rumbo específico, por lo que no hay un cronograma definido. Juan Carlos Preciado, experto en derechos de los pueblos indígenas y quien acompañó durante años este proceso desde Gaia Amazonas, apunta que “cada territorio precisó, en coherencia con las normas especiales que existen, la ruta para eso”.

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Además de las ocho ETI que se acaban de formalizar, otros 17 territorios indígenas, aproximadamente, han mostrado interés o han avanzado en este mismo proceso, y también han estado acompañados por la Opiac y la Fundación Etnollano. Camilo Guio, director de Gaia Amazonas, explica que casi 17 millones de hectáreas de la Amazonia Oriental colombiana podrían, eventualmente, declararse ETI. Para ello, el Decreto 488 de 2025 es clave, pues establece la hoja de ruta para la formalización de los territorios indígenas a nivel nacional.

Matapí, el líder del Mirití Paraná, dice, con certeza: “Estamos convencidos de hacer un buen trabajo en el ejercicio de gobierno propio, orientado por nuestro sistema de conocimientos”.

*Este artículo es publicado gracias a una alianza entre El Espectador e InfoAmazonia, con el apoyo de Amazon Conservation Team.

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Catalina Sanabria Devia

Por Catalina Sanabria Devia

Periodista con interés en temas de género, medio ambiente y construcción de paz. Ha colaborado en medios como Rutas del Conflicto y Mongabay Latam. Ganadora del Premio Nacional de Periodismo Simón Bolívar (2022) y el Premio al Periodismo Social y Ambiental de Constructora Capital (2023).@catalina_sanabrlsanabria@elespectador.com
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MARIA CECILIA MCAUSLAND SANCHEZ(30795)Hace 1 hora
Estoy segura de que no es casual que esta importante y buena decisión se haya adoptado en este gobierno.
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