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Estas son las prestaciones sociales a las que tiene derecho en 2024

Las prestaciones sociales son pagos adicionales al salario, que hacen las empresas a sus trabajadores. Aquí le explicamos cuáles son a las que tiene derechos y cómo calcularlas.

28 de marzo de 2024 - 06:23 p. m.
Las prestaciones, exceptuando la ARL y la dotación, se calculan con base en los ingresos mensuales del trabajador.
Las prestaciones, exceptuando la ARL y la dotación, se calculan con base en los ingresos mensuales del trabajador.
Foto: CRISTIAN GARAVITO / EL... - Cristian Garavito / El Espectador

En Colombia, el trabajo formal tiene muchos beneficios. Una parte importante de estos son las prestaciones sociales. Si aún no sabe cuáles son, para qué sirven y cómo se calculan, este artículo es para usted.

¿Qué y cuáles son las prestaciones sociales?

Según lo explicado por la firma Guerrero Abogados, las prestaciones sociales se pueden definir como los dineros o pagos adicionales al salario que recibe un trabajador.

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Para el Fondo Nacional del Ahorro (FNA), el beneficio de estas se traduce en la reducción del ausentismo laboral, así como la mejora en el bienestar de los trabajadores y el cumplimiento de las normas.

Las principales prestaciones son: la prima de servicios, las cesantías con sus intereses, las dotaciones, las vacaciones remuneradas y las cotizaciones a seguridad social (salud, pensión y ARL).

¿Cómo se liquidan las prestaciones sociales de un trabajador?

Según lo detallado por el portal Gerencie, las prestaciones se liquidan teniendo como base el salario que devenga el trabajador, así como otros conceptos que le signifiquen un ingreso, como las horas extra, los recargos por laboral en días de descanso, auxilios de transporte y comisiones.

Para la prima de servicios, que se paga semestralmente, se toma la base salarial mensual y se multiplica por los días trabajados en el semestre, y esto se divide por 360.

Es decir, si una persona devenga un salario de $2 millones al mes, esa cantidad se multiplica por los 180 días de ese semestre (si los laboró todos) y luego se divide por 360, lo que da como resultado $1 millón. Si el trabajador recibió bonificaciones o pagos adicionales, estos también deberán ser tenidos en cuenta y la base para hacer el cálculo se hará sumando los ingresos en esos seis meses y promediandolos dividiendo el resultado de la suma en 6.

Tenga en cuenta que la prima de servicios se paga dos veces al año: la primera en junio y la segunda en diciembre.

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Las cesantías, por su parte, se calculan tomando el salario mensual y multiplicándolo por los días trabajados. El resultado se divide por 360, y de ahí sale el valor de estas.  Para una persona que recibe ingresos constantes, es decir, que no varían por bonificaciones o recargos, las cesantías corresponden a un mes de salario por año.

A esto hay que sumarle los intereses que hayan generado esas cesantías. Según el FNA, estos se calculan multiplicando las cesantías, por 0,12 y por los días trabajados y el resultado dividirlo en 360.

Es decir, si una persona devenga un salario de $3 millones, el interés de las cesantías será de $360.000.

Tenga en cuenta que estas se pagan una vez al año (si es que el contrato de trabajo no termina antes) y las mismas se consignan a un fondo de cesantías. Su uso, por ley, solo se puede para el caso en que el trabajador quede cesante (por desempleo o cualquier otra condición que implique la no generación de ingresos), así como para inversión en vivienda y educación.

Para el caso de la dotación, esta está sugeta a las políticas de cada organización, por lo que no hay un valor predefinido. Por ley, esta solo es obligatoria para los trabajadores que devengan hasta dos salarios mínimos al mes, y se entrega cada cuatro meses.

Sobre los aportes mensuales a la seguridad social, el FNA informa que se toma como referencia el ingreso base del colaborador, y sobre el mismo se hacen los siguientes cálculos:

  • Salud 12,5%: el 8,5% debe ser cubierto por la empresa, mientras que el 4% restante, por el colaborador.
  • Pensión 16%: 12% por parte de la empresa y 4% por parte del colaborador.
  • El porcentaje de la ARL varía según el nivel de riesgo del colaborador, pero este valor debe ser cubierto por el empleador.

¿Qué es la liquidación de prestaciones sociales?

Cuando el contrato de trabajo finaliza, el empleador deberá liquidar las prestaciones sociales, es decir, además de pagar el salario correspondiente a los días laborados por el trabajador, deberá calcular el monto correspondiente por concepto de vacaciones, cesantías y demás mencionadas en este artículo.

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