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Gobierno busca extender plazo para pago de IVA y renta de micro y pequeñas empresas

Los efectos de la pandemia aún se sienten en la actividad empresarial de las micro y pequeñas empresas, admite el gobierno, según el borrador del decreto que pronto será dado a conocer.

03 de marzo de 2021 - 01:07 a. m.
Las micro y pequeñas empresas van a tener más plazos para el pago de IVA y renta.
Las micro y pequeñas empresas van a tener más plazos para el pago de IVA y renta.
Foto: Archivo

El gobierno afina un decreto que permite ampliar el plazo para el cumplimiento de las obligaciones tributarias de 2020 de las micro y pequeñas empresas.

El proyecto que está para comentarios contempla modificar el plazo para el pago de las cuotas de las declaraciones del impuesto sobre la renta y complementarios de las personas jurídicas clasificadas por ingresos como micro y pequeñas.

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El gobierno considera que aún persisten las consecuencias de la pandemia que sigue afectando el normal desarrollo de las actividades económicas de las empresas.

La propuesta señala que al comparar la información de los ingresos brutos de las declaraciones del impuesto sobre las ventas (IVA) presentadas en 2020, con las presentadas un año atrás por las microempresas se observan considerables caídas en sus ingresos de hasta -16,1% en servicios, -7,1% en comercio y -9,9% en industria.

Señala el borrador del proyecto que, igualmente en el grupo de las pequeñas empresas presentó caídas en sus ingresos de hasta -13,1% en el sector servicios, -4,9% en comercio y (-5,3%) en industria. Si bien se observa una leve recuperación en los últimos bimestres de 2020, aún se evidencian tasas de crecimiento negativas, admite el gobierno.

Ante este difícil panorama para el sector de las micro y pequeñas empresas, y con el fin de coadyuvar a la recuperación de este renglón de la economía colombiana se propone modificar el plazo para el pago de las cuotas de las declaraciones del impuesto sobre la renta y complementarios de las personas jurídicas clasificadas por ingresos como micro y pequeñas empresas del comercio, industria y turismo.

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Para la cancelación de las obligaciones tributarias de la declaración del impuesto sobre la renta y complementarios del año gravable 2020 se hará en virtud del último dígito del Número de Identificación Tributaria (NIT), sin tener en cuenta el dígito de verificación.

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Carlos(58915)03 de marzo de 2021 - 02:25 a. m.
Y además amenazan si no se hace antes de marzo 31. Alguien que ayude.
Carlos(58915)03 de marzo de 2021 - 02:24 a. m.
Y las cámaras de comercio de todo el país si son totalmente insensibles, cobran caro por todo y no prestan ningún servicio. Además sus tarifas son altas. Ya es tiempo de reglamentar esta situación.
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