Este portal es propiedad de Comunican S.A. y utiliza cookies. Si continúas navegando, consideramos que aceptas su uso, de acuerdo con esta política.

Apoyo de sostenimiento del SENA: de cuánto es y requisitos para acceder a este beneficio

El programa “Apoyo de Sostenimiento” lo ofrece la entidad para “garantizar su permanencia y bienestar durante la etapa lectiva y productiva”.

Redacción Educación

07 de noviembre de 2025 - 12:42 p. m.
Apoyo de sostenimiento del SENA: de cuánto es y requisitos para acceder a este beneficio
Foto: El Espectador - Gustavo Torrijos
PUBLICIDAD

Uno de los beneficios que ofrece el Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA) es el subsidio de sostenimiento, un apoyo económico que apoya a los aprendices durante su proceso de formación. De acuerdo con la entidad, el principal objetivo de este programa es “garantizar su permanencia y bienestar durante la etapa lectiva y productiva”.

(Lea: Pruebas Saber Pro y TyT: todo lo que debe saber del examen de este 9 de noviembre)

Este apoyo económico, detalla la entidad en su página web, es para cubrir gastos personales del estudiante, como transporte, alimentación, vestuario especializado, materiales o elementos de protección, en los casos de técnicos o tecnólogos industriales.

El programa “Apoyo de Sostenimiento”, como se conoce técnicamente este beneficio, se creó para ofrecer un apoyo a la población más vulnerable y que no puede acceder a estos elementos básicos. Para ello, deberá cumplir con una serie de requisitos.

📌 ¿De cuánto es el apoyo de sostenimiento del SENA?

De acuerdo con la entidad, este valor puede variar de la fase en la que se encuentre el aprendiz. Para este año, quedó estipulado que en la fase lectiva el apoyo sea del 50 % de un salario mínimo mensual legal vigente, que en este año es de COP 1.300.000. Es decir, el apoyo sería de COP 650.000.

En cuanto a la fase práctica, el apoyo está estipulado para que sea el 75 % de un salario mínimo mensual legal vigente, que sería COP 975.000.

(Puede ver: Así se puede inscribir a los cursos de inglés gratuitos que ofrece el SENA)

Cabe recordar que, en el inciso 5 de la Ley 789 de 2002 se establece que “el apoyo de sostenimiento durante la fase de práctica será diferente cuando la tasa de desempleo nacional sea menor al 10 %, caso en el cual será equivalente al 100 % de un salario mínimo mensual legal vigente”.

📌 ¿Cuáles son los requisitos para acceder al apoyo de sostenimiento del SENA?

📚 Cumplir con los perfiles del diseño curricular establecido por el SENA.

📚 Estar matriculados en programas de formación titulada en modalidad presencial.

No ad for you

📚Tener de 14 a 35 años.

📚 Ser colombiano.

Read more!

📚 Pertenecer a los estratos socioeconómicos 1 o 2, o estar en los niveles 1, 2 o 3 del Sisbén.

📚 No estar matriculado en un programa académico de educación superior.

📚 No ser beneficiario actual de otro programa para la financiación de subsidio bajo la modalidad de Apoyo en Sostenimiento para educación.

📚 Los jóvenes de las veredas y de las zonas rurales que se postulen deberán aportar una certificación de vecindad expedida por el ente competente que compruebe su condición de joven rural, residencia y/o domicilio.

📚 Tener una cuenta bancaria.

📚 Inscribirse dentro de los plazos y medios establecidos por el Sena.

(Le puede interesar: El Catatumbo estrena colegios, pero se vienen otros desafíos)

📌 ¿En qué casos se pierde el apoyo de sostenimiento del SENA?

📚 Se suspenderá el beneficio cuando:

Este apoyo se puede suspender por máximo tres meses, si existe resolución en firme, luego de adelantar el debido proceso, y que sustente al menos una de las siguientes causas:

  • Incumplir con los deberes establecidos
  • Cuando el aprendiz, pasado un mes calendario de haber terminado su etapa lectiva, no inicia la etapa productiva.
  • Cuando el proceso de formación del aprendiz se registre como “estado aplazado”, el apoyo quedará suspendido, sin superar la anualidad presupuestal.

(Lea también: Convocatoria del SENA 2025: vacantes por región y salarios)

No ad for you

📚 Se cancelará el beneficio cuando:

Este apoyo se puede dar por terminado de manera anticipada, en caso de que exista una resolución ejecutoriada luego de adelantar el debido proceso, y que sustente al menos una de las siguientes causas:

  • Cuando el aprendiz se retire del programa de formación profesional para el cual se matriculó.
  • Cuando solicite traslado de un Centro de Formación a otro. Esto por la disponibilidad de recursos y cupos en el centro que lo recibe, así como la lista de elegibles de dicho centro.
  • Cuando el aprendiz retire voluntariamente del programa de formación, sea sancionado con condicionamiento o cancelación de la matrícula y este conste en acto académico.
  • Cuando el aprendiz suscriba contrato de aprendizaje, de trabajo o de prestación de servicios, apoyo FIC, Renta Joven y/o la que lo modifique, 0 prácticas que le representen ingresos económicos.
  • Por comprobarse falsedad en la documentación entregada,
  • Cuando se superen los tres meses continuos de suspensión o aplazamiento sin haber superado las causales que llevaron a la suspensión de apoyo.
  • Si el centro evidencia que el aprendiz ha tenido un cambio de los requisitos de inscripción de la resolución de apoyos de sostenimiento regular vigente.
  • Cuando el aprendiz renuncie voluntariamente al apoyo.
  • Muerte del aprendiz.

👩‍🏫📄 ¿Quieres conocer las últimas noticias sobre educación? Te invitamos a verlas en El Espectador. ✏📚

Read more!
Conoce más

Temas recomendados:

Ver todas las noticias
Read more!
Read more!
Este portal es propiedad de Comunican S.A. y utiliza cookies. Si continúas navegando, consideramos que aceptas su uso, de acuerdo con esta  política.