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Aida Merlano llegó a preacuerdo y pagará tres años y medio de prisión por fugarse de la cárcel

La condena está relacionada con los hechos ocurridos el 1 de octubre de 2019, cuando Aida Merlano se fugó de la cárcel mientras asistía a una cita odontológica. La defensa de la excongresista, que tiene vigente otras dos condenas por delitos relacionados con compra de votos en Atlántico y violación de topes de campaña, pidió prisión domiciliaria.

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05 de diciembre de 2025 - 02:41 p. m.
Aida Merlano Rebolledo tiene otra condena en su contra por delitos relacionados con compra votos en el departamento de Atlántico.
Aida Merlano Rebolledo tiene otra condena en su contra por delitos relacionados con compra votos en el departamento de Atlántico.
Foto: El Espectador - José Vargas
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En la mañana de este viernes 5 de diciembre, la jueza 18 penal de circuito de Bogotá avaló un preacuerdo al que llegaron la Fiscalía General de la Nación y la excongresista Aida Merlano Rebolledo, tras aceptar su responsabilidad en el delito de fuga de presos. La mujer pagará una condena de 42 meses y un día de prisión —tres años y medio—, por el sonado caso de su fuga de prisión durante visita a un consultorio odontológico, el 1 de octubre de 2019.

Desde el pasado 6 de noviembre se supo por parte de la defensa de la excongresista Merlano que la mujer había llegado a un preacuerdo con el ente investigador. Al mismo tiempo, se pidió la suspensión temporal de la ejecución de la pena y la posibilidad de pagar la nueva condena en prisión domiciliaria, en Barranquilla. Sin embargo, ambas solicitudes fueron negadas por parte de la jueza del caso.

La defensa de Aida Merlano señaló que había argumentos suficientes para acreditar su arraigo en el departamento de Atlántico e intentaron sustentarlo por medio de documentos que sustentarían el sitio en el que cumpliría la pena de prisión domiciliaria. Sin embargo, para la jueza 18 penal del circuito de Bogotá, la fuga de la excongresista en 2019 y su posterior traslado a Venezuela dan cuenta de la poca intención de la mujer de cumplir con la pena.

“Esta funcionaria judicial considera que establecer un arraigo no es solo establecer una dirección, sino la vocación de una persona de mantener en determinado lugar. Las actitudes que ha presentado la señora Aida Merlano Rebolledo son indicativas de que no le interesa estar en determinado lugar”, dijo la jueza. Agregó: “Los hechos hablan por sí solos en el sentido de que esta persona tiene la posibilidad de abandonar el país y que no le importa abandonar el arraigo familiar”.

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