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En un trabajo articulado entre servidores del Cuerpo Técnico de Investigación (CTI), la Sijín de la Policía Metropolitana de Neiva (Huila) y el Ejército Nacional, fueron capturados Hilver Franco Montero y la ciudadana ecuatoriana Alba Esperanza Benavidez Rocero, señalados de producir, de manera ilegal y sin cumplir con las medidas de salubridad, medicamentos y suplementos de acondicionamiento deportivo.
Las autoridades realizaron diligencias de registro y allanamiento en el inmueble que Franco Montero y Benavidez Rocero habrían acondicionado como fábrica clandestina para la producción ilegal de suplementos. En los procedimientos fueron incautadas 39 cajas con 3.978 frascos de diferentes gramajes y marcas, junto con sus rótulos y etiquetas de seguridad; además de 37 bultos de lactosa, 35 cajas con frascos de vidrio, tapones de caucho y tapas plásticas y metálicas.
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Asimismo, fueron halladas máquinas y equipos para la preparación de los suplementos. Según la Fiscalía, los implicados utilizaban medicamentos inyectables y de consumo oral vencidos, harinas e insumos “sobre los cuales no hay claridad ni análisis de sus efectos en la salud humana”, además de sustancias que no contaban con registro sanitario del Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos (Invima).
Las investigaciones establecieron que los productos eran embalados, rotulados y almacenados en “precarias condiciones”, para luego ser comercializados en plataformas digitales, droguerías y centros de rendimiento físico en ciudades como Neiva (Huila), Cartagena (Bolívar), Bucaramanga (Santander), Villavicencio (Meta), Popayán (Cauca), Cereté (Córdoba), Ibagué (Tolima) y también en distintas localidades de Ecuador.
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Una fiscal de la Seccional Huila imputó a Franco Montero y a Benavidez Rocero el delito de corrupción de alimentos, productos médicos o material profiláctico agravado. No obstante, los procesados no aceptaron los cargos.
Un juez de control de garantías les impuso medida de aseguramiento en centro carcelario y, a solicitud de la Fiscalía, ordenó la suspensión del poder dispositivo de dominio con fines de comiso sobre uno de los inmuebles empleados en la actividad ilegal.
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