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Consejo de Estado confirma suspensión de Juan Florián por incumplir ley de cuotas de género

Aunque el Minigualdad Juan Carlos Florián argumentó su identidad de “género fluido”, el alto tribunal sostuvo que la ley de cuotas protege la participación de las mujeres según su sexo biológico, confirmando su suspensión provisional.

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31 de octubre de 2025 - 08:06 p. m.
El 21 de septiembre, el Departamento Administrativo de la Presidencia de la República (Dapre) emitió el decreto 1012, mediante el cual volvió a nombrar a Juan Carlos Florián como titular del Ministerio de Igualdad.
El 21 de septiembre, el Departamento Administrativo de la Presidencia de la República (Dapre) emitió el decreto 1012, mediante el cual volvió a nombrar a Juan Carlos Florián como titular del Ministerio de Igualdad.
Foto: Minigualdad
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El Consejo de Estado ratificó la decisión del Tribunal Administrativo de Cundinamarca que suspendió provisionalmente al ministro de Igualdad y Equidad, Juan Carlos Florián Silva, tras determinar que su nombramiento vulneró la ley de cuotas. La norma obliga a que al menos el 50 % de los ministerios del país estén ocupados por mujeres, con el fin de garantizar la participación equitativa en los cargos de máximo nivel del Estado.

El fallo del alto tribunal se produjo luego de resolver un recurso de apelación interpuesto por la defensa del ministro y de la Presidencia de la República, quienes sostenían que la situación había sido superada tras la renuncia temporal de Florián y los ajustes ministeriales que permitieron cumplir con la cuota de género. Sin embargo, el Consejo de Estado consideró que estos argumentos no eliminaban la irregularidad original, por lo que confirmó la medida cautelar dictada por el Tribunal de Cundinamarca el pasado 15 de septiembre.

La demanda que dio origen a la decisión señalaba que “la permanencia en el cargo de una persona nombrada en abierta contravención a la cuota de género, priva a las mujeres de ocupar un espacio que por ley les corresponde y envía un mensaje institucional que normaliza la elusión de esta obligación, debilitando la eficacia de las acciones afirmativas y minando la confianza en el cumplimiento de los compromisos internacionales del Estado colombiano en materia de igualdad de género”.

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Para la fecha en que se presentó la demanda, 10 de los 19 ministerios estaban ocupados por hombres, incluyendo el Ministerio de Igualdad y Equidad, lo que reducía la participación femenina al 47,4 %. Sin embargo, el 15 de septiembre se produjo un cambio ministerial en el que Julián Molina salió del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TIC) y Gloria Patricia Perdomo fue designada en su lugar, ajustando la proporción de mujeres en el gabinete.

El ministro del Interior, Armando Benedetti, afirmó en su cuenta de X que “Con la designación de la nueva ministra de las TIC, Gloria Patricia Perdomo, la demanda (contra Florián Silva) pierde sustento. El Gobierno cumple con la ley de cuotas”. Seis días más tarde, el 21 de septiembre, el Departamento Administrativo de la Presidencia de la República (Dapre) emitió el decreto 1012, mediante el cual volvió a nombrar a Juan Carlos Florián como titular del Ministerio.

No obstante, la suspensión provisional del Tribunal evidenció que para la fecha de expedición del auto, había nueve mujeres ministras (47,36 %), por debajo del mínimo exigido por la ley. Los apoderados del ministro y de la Presidencia argumentaron en apelación que la renuncia de Florián y su posterior reingreso al cargo habían superado la medida, pero el Consejo de Estado concluyó que no se demostró que la medida cautelar hubiera perdido vigencia, manteniendo así la suspensión.

En cuanto a los argumentos de Florián sobre su identidad de “género fluido, no hegemónico”, el Consejo de Estado señaló que clasificarlo como mujer tampoco sería apropiado, dado que la ley de cuotas protege la participación de la mujer bajo conceptos de sexo y género relacionados con características biológicas y fisiológicas al momento del nacimiento y que permiten clasificar a las personas como hombres, mujeres o intersexuales.

El alto tribunal enfatizó que “al presidente de la república le corresponde respetar la participación adecuada de la mujer, como lo exige la Ley 581 de 2000, modificada por la Ley 2424 de 2024 y, en tal sentido, aplicar la regla consistente en que «mínimo el cincuenta por ciento (50%) de los cargos de máximo nivel decisorio serán desempeñados por mujeres»”.

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Finalmente, el Consejo de Estado concluyó que “los argumentos de los apoderados del demandado y de la Presidencia de la República no prosperaron, se confirmará el auto del 15 de septiembre de 2025, en cuanto decretó la suspensión provisional de los efectos del acto de nombramiento de Juan Carlos Florián Silva, como ministro de Igualdad y Equidad”.

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