Este 6 de febrero, la Sala Plena de la Corte Constitucional decidió suspender los efectos del tercer decreto expedido por el Gobierno nacional en el marco de la emergencia económica. La decisión se da luego de que, el pasado 29 de enero, el alto tribunal suspendiera de manera provisional el decreto madre, mediante el cual el presidente Gustavo Petro declaró el estado de emergencia económica en diciembre de 2025.
La medida adoptada por la Corte dejó sin efectos el Decreto Legislativo 044 del 21 de enero de 2026, que establecía un impuesto a los generadores de energía y un pago para contribuir a la sostenibilidad financiera de Air-e, empresa de energía intervenida por la Superintendencia de Servicios Públicos desde hace cerca de un año y medio.
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Este decreto era el tercero en el marco del estado de emergencia económica. Sin embargo, al haber sido suspendido el decreto madre, el 1390 de 2025, la Sala Plena determinó que esta norma tampoco podía seguir teniendo efectos mientras se adopta una decisión de fondo sobre su constitucionalidad.
En su pronunciamiento, la Corte señaló que “como consecuencia de lo decidido en Auto 082 del 29 de enero de 2026, no producirá efectos, a partir de la fecha, el Decreto Legislativo 0044 del 21 de enero de 2026, por el cual se adoptan medidas para propender por la prestación del servicio público domiciliario de energía eléctrica en el marco del estado de emergencia económica y social, hasta que la Sala Plena de esta Corte profiera una decisión definitiva respecto de la constitucionalidad del mencionado decreto”.
La decisión fue adoptada por mayoría de 6 votos contra 2. A favor de la suspensión votaron los magistrados Carlos Camargo, Lina Escobar, Paola Meneses, Miguel Polo, Natalia Ángel y Juan Carlos Cortés. Los magistrados Vladimir Fernández, ponente del decreto, y Héctor Carvajal, salvaron su voto.
Las disposiciones fiscales y operativas contempladas en el Decreto 044 del 21 de enero de 2026 quedan suspendidas mientras la Corte Constitucional emite un pronunciamiento de fondo sobre el decreto madre. La decisión del alto tribunal deja en pausa el esquema diseñado por el Gobierno nacional y abre un escenario de incertidumbre sobre la financiación y la operación de empresas del sector eléctrico, en particular de Air-e, una de las principales beneficiarias de las medidas.
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Entre las medidas que quedan sin aplicación se encuentra la creación de un tributo parafiscal del 2,5 % sobre las utilidades de las empresas generadoras de energía, el cual debía cobrarse en dos momentos. Un primer pago previsto para el 2 de febrero, con base en los estados financieros de 2024, y un segundo desembolso programado para el 15 de mayo, una vez se consolidaran los estados financieros de 2025 ante la Superintendencia de Servicios Públicos.
También quedó en suspenso el aporte que debían realizar los generadores hidráulicos durante la vigencia fiscal de 2026. Esta medida consistía en la entrega de energía eléctrica con destinación específica a garantizar la continuidad del servicio público domiciliario en empresas intervenidas por la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios.
Con la decisión de la Corte, empresas como Air-e, intervenida desde hace cerca de un año y medio, dejan de contar con los beneficios fiscales y operativos previstos en el decreto. La compañía figuraba como la principal destinataria del esquema suspendido, que buscaba mitigar su delicada situación financiera y asegurar la prestación continua del servicio eléctrico en la Costa Caribe.
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