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Corte Suprema confirma condena contra Carlos Albornoz, exdirector de la DNE, por desfalco

El alto tribunal determinó que Albornoz Guerrero causó un detrimento económico a los intereses del Estado que ascendió a COP 1.601 millones. Por estos hechos, fue condenado a 19 años y 11 meses de prisión.

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18 de julio de 2026 - 02:17 p. m.
El caso se originó por la titularidad de la finca Jesús del Río, ubicada en Zambrano (Bolívar).
El caso se originó por la titularidad de la finca Jesús del Río, ubicada en Zambrano (Bolívar).
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La Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia confirmó la condena de 19 años y 11 meses de prisión contra el exdirector de la desaparecida Dirección Nacional de Estupefacientes (DNE), Carlos Salvador Albornoz Guerrero. El exfuncionario fue hallado responsable de los delitos de peculado por apropiación, fraude procesal, interés indebido en la celebración de contratos y obtención de documento público falso.

El caso se originó por la titularidad de la finca Jesús del Río, ubicada en Zambrano (Bolívar). El predio había pasado a manos del Estado tras un proceso de extinción de dominio y era administrado por el Fondo para la Rehabilitación, Inversión Social y Lucha contra el Crimen Organizado (Frisco), administrado por el DNE.

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Según detalló la Sala, el 10 de diciembre de 2007 la sociedad Capital & Business S. A. negoció un crédito con una entidad financiera y adquirió el predio por COP 1.200 millones. Sin embargo, a finales de 2008, Albornoz Guerrero, en su calidad de director de la DNE, ofreció al representante legal de la sociedad entregarle el inmueble para saldar esa obligación, pese a que su valor ascendía a más de COP 2.372 millones.

Por otra parte, según un informe elaborado por el Cuerpo Técnico de Investigación (CTI) de la Fiscalía General de la Nación, el predio tenía un valor real superior a COP 4.442 millones para la fecha de la negociación entre la DNE y Capital & Business S.A. Para el ente investigador, el detrimento económico a los intereses del Estado, ascendió a COP 1.601 millones.

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El caso llegó ante el Juzgado 33 Penal del Circuito de Bogotá que, el 6 de agosto de 2018, absolvió a Albornoz Guerrero. El despacho concluyó que no existían pruebas de que el exfuncionario hubiera participado en las irregularidades relacionadas con el avalúo comercial que sirvió de base para fijar el precio de venta del inmueble.

Sin embargo, el 30 de junio de 2021, al resolver el recurso de apelación, el Tribunal Superior de Bogotá revocó la absolución y condenó a Albornoz Guerrero por los delitos de peculado por apropiación, fraude procesal, interés indebido en la celebración de contratos y obtención de documento público falso. Le impuso una pena de 239 meses de prisión, una inhabilidad para el ejercicio de derechos y funciones públicas por el mismo término y una multa de COP 1.773 millones.

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El caso llegó a la Corte Suprema, la cual consideró que Albornoz Guerrero sí sabía de las irregularidades “porque tuvo dominio del hecho desde cuando asumió consignar información falsa respecto del valor del bien, hasta que se consolidaron los registros de la dación en pago y la subsiguiente tradición de este a una tercera sociedad, en perjuicio del erario y en provecho propio y de terceros”.

En ese sentido, la Corte Suprema de Justicia negó la solicitud de nulidad y exclusión, así como confirmar la sentencia del 30 de junio de 2021, en la que el exdirector del DNE fue condenado por los delitos de peculado por apropiación, fraude procesal, interés indebido en la celebración de contratos y obtención de documento público falso.

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Albornoz Guerrero, del Partido Conservador, es abogado y economista graduado de la Universidad Javeriana. Fue diputado de la Asamblea de Nariño entre 1978 y 1982, alcalde de Pasto entre 1980 y 1982, así como gobernador de Nariño entre 1982 y 1984.

También se desempeñó como representante a la Cámara entre 1982 y 1990, concejal de Pasto entre 1990 y 1992 y senador de la República entre 1990 y 2006. Del 13 de septiembre de 2006 hasta el 31 de mayo de 2009 se desempeñó como director de la DNE.

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