Fiscal que investigó masacre de Chengue terminó exiliada y sin reparación
La masacre ocurrida en enero de 2001, que dejó 27 personas muertas, quedó en manos de la entonces fiscal delegada de Derechos Humanos, Mónica Amparo Gaitán, quien terminó exiliada en Estados Unidos con su núcleo familiar por presiones en el interior de la Fiscalía. El caso llegó al Consejo de Estado que tumbó la decisión de repararla por los daños ocasionados.
En febrero de 2001, la entonces fiscal de la Unidad Nacional de Derechos Humanos, Mónica Gaitán, fue designada para investigar la masacre ocurrida en el corregimiento de Chengue, en Montes de María, en Sucre. El escenario era indagar sobre 27 asesinatos perpetrados por las AUC en donde dejaron desde degollamientos, víctimas de cuchillo y machete, hasta golpes en la cabeza con un mortero. Su designación como fiscal del caso duró ocho meses en los que denunció que fue víctima de hostigamientos y presiones internas de la Fiscalía. Esa situación la obligó a salir del país con su familia y pedir exilio. Por esos hechos no fue reparada. La decisión es del Consejo de Estado.
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En febrero de 2001, la entonces fiscal de la Unidad Nacional de Derechos Humanos, Mónica Gaitán, fue designada para investigar la masacre ocurrida en el corregimiento de Chengue, en Montes de María, en Sucre. El escenario era indagar sobre 27 asesinatos perpetrados por las AUC en donde dejaron desde degollamientos, víctimas de cuchillo y machete, hasta golpes en la cabeza con un mortero. Su designación como fiscal del caso duró ocho meses en los que denunció que fue víctima de hostigamientos y presiones internas de la Fiscalía. Esa situación la obligó a salir del país con su familia y pedir exilio. Por esos hechos no fue reparada. La decisión es del Consejo de Estado.
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Según las investigaciones, la masacre fue ordenada por el exjefe paramilitar Carlos Castaño y la materializó Rodrigo Mercado, alias Cadena, jefe del Bloque Héroes de los Montes de María de las AUC. Hasta ahí todo estaba en orden en la investigación de Gaitán hasta cuando adelantó indagaciones y ordenó vincular a miembros de la fuerza pública. La entonces delegada del búnker empezó a tener presiones por parte de sus superiores respecto de reasignar a los fiscales que dirigían la investigación. En ese entonces, le cayeron encima por el manejo que se le dio al proceso ya que se mencionaba que había manto de impunidad frente a los miembros de la fuerza pública.
La exfiscal denunció que varios de los funcionarios que participaron como su grupo de apoyo en la investigación fueron asesinados sistemáticamente, lo que generó un sentimiento de zozobra que no pudo detener por la desprotección y falta de apoyo de la Fiscalía. Con base en que no encontró garantías, Gaitán firmó su carta de renuncia que, meses más tarde terminó siendo aceptada y, con ello, notificándole el retiro de su esquema de seguridad. Para abril de 2002, un poco más de un año después de ocurrida la masacre, la exfuncionaria viajó a Estados Unidos con su esposo y sus dos hijos de 8 y 9 años pidiendo exilio. La calidad de asilados llegó hasta agosto de 2003.
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Gaitán vendió su casa y su carro para lograr mantener un estándar de vida digno mientras salía la calidad de asilados y mientras a la par presentaba la demanda de reparación directa en la que consignó todo lo que padeció mientras conoció detalles de la masacre. En su documento, la exfiscal dijo que hubo una falla del servicio por parte de la Fiscalía respecto del “favorecimiento institucional para no vincular a altos mandos militares en la investigación por la masacre”. En cuanto a los daños que le dejó su paso por la investigación, Gaitán dijo que la Fiscalía fomentó presiones con los cambios de fiscal y generó zozobra para ejercer su labor en el interior del búnker.
La Fiscalía, al conocer la demanda, dijo que Gaitán debió haber acudido al Ministerio del Interior y de Justicia para reclamar la “calidad de persona amenazada” y con ello solicitar que se dictaran medidas de protección a su favor. No obstante, en medio de los alegatos para llegar a una decisión de primera instancia, Gaitán dijo que el contexto de impunidad en la investigación de la masacre, las presiones, el riesgo contra su vida y las muertes de sus compañeros de trabajo fue lo que la obligó a renunciar generando en ella y en su familia un desplazamiento forzado del que el ente investigador no tuvo intención de reparar ya que tuvo una actitud de “total despreocupación y desinterés”.
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El Tribunal Administrativo de Cundinamarca le dio la razón a Gaitán y condenó a la Fiscalía a reparar, no solo los daños sufridos por la exfuncionaria, sino también las afectaciones que quedaron para su núcleo familiar. En su decisión, la corporación consideró que las acciones de la Fiscalía fueron “ineficaces” en materia de investigación para esclarecer la masacre y para garantizar la independencia, autonomía, integridad y vida de Gaitán. Con la decisión en firme, llegaron las apelaciones y el expediente terminó en el Consejo de Estado. La Fiscalía pidió revocar la decisión ya que, a pesar del riesgo que padecía la exfiscal, la institución activó el protocolo de protección de víctimas.
El alto tribunal con ponencia del magistrado José Roberto Sáchica tumbó la decisión de primera instancia y consideró que la exfiscal sí tuvo protección una vez salió del país pidiendo asilo en Estados Unidos. En el expediente reposa que tuvo apoyo del Ministerio del Interior y de la ONG Human Rights Watch, que participó activamente pidiendo el asilo de la exfuncionaria. El alto tribunal explicó que, en Colombia el daño por desplazamiento forzado es continuado y que, según el caso, el tiempo estimado para pedir una reparación directa por esos hechos es de dos años y se empieza a contar desde que cesa el daño.
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Para el Consejo de Estado es claro que “el daño alegado cesó en el momento en que se les otorgó a los demandantes el asilo en los Estados Unidos sin que el hecho de que no hubieren retornado al país sino hasta 10 años después, implique que el núcleo familiar Olaya Gaitán hubiere permanecido en condición de desplazamiento forzado hasta la fecha de su regreso, pues las pruebas permiten deducir que se encontraban reasentados en otro territorio que les brindó la correspondiente protección internacional y desde el cual pudieron acceder a la administración de justicia a través de la acción de reparación directa mediante el otorgamiento de un poder a un abogado en el Estado colombiano”.
Además, el alto tribunal llamó la atención sobre el caso de la exfiscal porque estimó importante que tanto ella como su pareja pudieron acceder a trabajos, y sus hijos a educación una vez pisaron territorio extranjero, así que para cuando se les dio la calidad de asilados ya gozaban de buena solvencia económica y una vida digna. “La condición de desplazamiento de la familia Olaya Gaitán cesó al asentarse o reubicarse en un territorio en el que, en virtud del otorgamiento de asilo –un año después de su llegada a Estados Unidos-, se les garantizó el acceso a condiciones de vida dignas en cuanto a inclusión legal, económica y social, dentro de un entorno seguro”, dice el fallo.
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De otro lado, el Consejo de Estado consideró que la condición de desplazamiento forzado de la familia de la exfiscal no llegó al punto de que no pudieran acudir a embajadas de Colombia para solicitar protección. De hecho, consideró que el alto grado de profesionalismo de Gaitán le permitía emprender trámites relacionados con la protección del Estado colombiano en territorio extranjero, por lo que, a su juicio, la calidad de desplazamiento se superó, incluso, para cuando fueron reconocidos como asilados en Estados Unidos y el daño no persistió durante el tiempo que residieron en ese país. Por ese motivo, el Consejo de Estado consideró que la exfiscal no debía ser reparada.
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