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Fiscalía debe seguir investigando abuso y tortura de indígenas en manos de militares

La decisión es de la Corte Constitucional que se declaró inhibida al conocer un conflicto de competencias entre la Fiscalía y la Jurisdicción Especial para la Paz. Finalmente, terminó remitiendo el expediente al ente acusador, mientras la justicia transicional asume el caso.

Redacción Judicial

13 de junio de 2022 - 06:00 a. m.
Aspectos del resguardo y cementerio indígena Las Delicias
Foto: El Espectador - José Vargas
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En enero de 2006 dos indígenas de la ranchería Wasimal, ubicada en el municipio de Albania, en La Guajira, fueron víctimas de presunto acto sexual violento y tortura por parte de miembros del Ejército. El teniente del Ejército, Juan Carlos Galvis, y dos miembros más de la institución castrense están vinculados en la investigación que asumió la Fiscalía. No obstante, el panorama cambió en enero de 2018, cuando el oficial pidió pista en la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), de ahí que se generara el conflicto de competencias entre el ente acusador y la justicia transicional.

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La puja en ese caso debía resolverla la Corte Constitucional. Sin embargo, se declaró inhibida, y dejó momentáneamente, el proceso en manos de la Fiscalía, mientras la JEP asume la investigación formal, pues aseguró que debía resolver la situación jurídica del teniente. En mayo del 2018, la justicia transicional le dijo que asumía el conocimiento del expediente y lo requirió para que revelara ante ese tribunal sus pretensiones.

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Mientras el proceso se movía en la JEP, la Fiscalía, por su parte, aunque ya había adelantado pruebas en el proceso que completa 16 años sin resolverse, decidió decretar el cierre de la investigación en abril de 2018. Es decir, un mes antes de que la justicia transicional aceptara el sometimiento de Galvis. Con ese panorama favorable, el teniente le dijo a la JEP que retiraría su intención de revelar información, y aseguró que no cometió ningún delito por los que estaba siendo investigado.

El teniente fue claro con la JEP y le dijo que no asumiría responsabilidad alguna. Además, pidió que no le fueran concedidos los beneficios que otorga el sistema transicional a los comparecientes. Con ese panorama, la Fiscalía en diciembre de 2019 le pidió a la JEP que informara si asumiría la investigación del caso. La respuesta llegó en enero del año siguiente declarando la competencia exclusiva en el proceso.

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Así las cosas, pese a que el teniente desistió de ser investigado por la JEP, el tribunal siguió adelante con el proceso y dijo que sería indagado por los delitos de acto sexual violento y tortura psicológica en persona protegida. En ese orden, rechazó las solicitudes de desistimiento que presentó el teniente, y contrario a la pretensión del oficial, fue llamado a presentar un compromiso de sometimiento.

En el expediente del teniente hubo todo tipo de recursos, desde apelaciones hasta reposiciones e intervenciones de la Procuraduría. Con ese panorama, la Fiscalía, en septiembre de 2020, volvió a requerir información a la JEP reconfirmando que ese tribunal asumiría la investigación, pues le persistía “una preocupación” que el proceso se mantuviera vigente tanto para las víctimas como para los investigados.

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En un revés, la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas de la JEP le respondió que la Fiscalía debía continuar con la investigación y conducirla hasta su culminación por dos motivos puntuales: garantizar que la etapa de instrucción lleve a un escrito de acusación, y además que asumiendo el proceso posibilita que, en caso de que, no se acepte el sometimiento o los investigados sean expulsados, el proceso continúe en la justicia ordinaria.

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Con esa respuesta, la Fiscalía propuso el conflicto de competencias que llegó a la Corte Constitucional. Desde el búnker dijeron que la competencia para investigar y esclarecer delitos asociados con el conflicto armado es netamente de la JEP, y que el tribunal al haber asumido la investigación y aceptado el sometimiento del teniente declaró “competencia exclusiva” para conocer del caso. En pocas palabras, la Fiscalía dijo que la investigación paralela no debía registrarse.

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La puja entonces quedó en manos del alto tribunal que aclaró que no había forma de resolver un conflicto de competencias, pues estaba claro que la JEP había asumido el rumbo de la investigación, por lo que la Fiscalía no tenía un margen de juego ahí. No obstante, la Corte devolvió el expediente a la Fiscalía para que mientras la justicia transicional asume su competencia “global” en el caso, los delegados del búnker deben seguir adelantando las indagaciones hasta que la Sala de Reconocimiento, Verdad y Reparación presente la resolución de conclusiones.

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Así las cosas, mientras desde el ente investigador continúa con la indagación y la JEP se alista para realizar un pronunciamiento sobre el caso, el teniente debe alistar su matriz de sometimiento al tribunal de paz. Deberá revelar lo que ocurrió ese enero de 2006 cuando, según las investigaciones, dos indígenas fueron abusados sexualmente y torturados.

Para conocer más sobre justicia, seguridad y derechos humanos, visite la sección Judicial de El Espectador.

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